PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución 96/2024
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2024
En Buenos Aires, a los 6 días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación “Dr. Lino E. Palacio”, con la Presidencia del Dr. Horacio Rosatti, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y
VISTO:
El expediente AAD N° 269/2023, caratulado “Solicitud Adm. Gral. PJN s/Solicita Actualización Valor Modulo –Art. 18 Regl. Contrataciones-”; y,
CONSIDERANDO:
1º) Que, mediante la Res. CM n° 345/23 se dispuso modificar el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, fijando un nuevo valor del Módulo en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00.-) como unidad de referencia a los fines reglamentarios, previa intervención de la Comisión de Administración y Financiera, mediante Dictamen CAF n° 17/23.
2°) Que, en aquella oportunidad, se tomó como referencia para ajustar el monto anterior del módulo el valor del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), calculado para el periodo comprendido entre agosto de 2022 y junio de 2023 inclusive.
3°) Que, es de público y notorio conocimiento la situación de incremento de precios permanente que afecta a la economía de nuestro país por lo que resulta necesario reajustar el valor del módulo. En este sentido, se considera conveniente tomar como índice actualizado los publicados por el INDEC.
4°) Que, la necesidad de establecer un valor del módulo actualizado, se basa en establecer montos acordes que garanticen el respeto y protección de los principios de eficacia, celeridad y economía procesal que deben regir los procedimientos de contrataciones administrativas, adecuándolos a la situación presente en la que se encuentra el Poder Judicial de la Nación.
5°) Que, cabe poner de resalto que el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación –Resolución CM n° 254/15- establece que: “a los efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, el valor del módulo (M) será de PESOS UN MIL ($1.000). La modificación de ese valor es atribución del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión de Administración y Financiera, que podrá actualizarlo mediante decisión fundada”.
6°) Que, en orden a los antecedentes, es menester tener en cuenta que, en cuanto al valor del módulo, se han efectuado distintas actualizaciones; así, mediante Resolución CM n° 316/2017 –Dictamen CAF n° 44/17-, de fecha 31 de agosto del año 2017, se estableció un valor del MÓDULO en PESOS CUATRO MIL ($4.000,00.-). Posteriormente, mediante la Resolución CM n° 168/20 –Dictamen CAF n° 19/20-, del 16 de julio de 2020, se modificó su valor a la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800,00.-); luego, a través de la Resolución CM n° 28/21 –Dictamen CAF n° 08/21-, de fecha 25 de marzo de 2021, se dispuso un nuevo valor, cuya suma ascendía a PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($15.500,00.-); mediante Resolución CM n° 355/21 –Dictamen CAF n° 68/21-, del 27 de diciembre de 2021, se dispuso un nuevo valor por el monto de PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000); ulteriormente, mediante Resolución CM n° 119/23 –Dictamen CAF n° 28/22-, de fecha 26 de abril de 2023, se estableció el valor del mismo en PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($36.000,00.-); y, por último, mediante Resolución CM n° 345/23 –Dictamen CAF n° 17/23-, de fecha 4 de octubre de 2023, se estableció el valor del mismo en PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00.-).
7°) Que, mediante Oficio AG n° 193/23, la Administración General solicitó a la Comisión de Administración y Financiera que tenga a bien considerar la necesidad de actualizar el valor fijado para el módulo.
Indicó que la “[…] Administración General ha realizado una verificación de las variaciones porcentuales observadas en el índice [de Precios Internos al por Mayor (IPIM)], con la adición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional […]”.
Sentado ello, observo que “[…] aún con el resultado publicado únicamente hasta octubre, el mentado índice ha elevado su referencia en un 49%, con una marcada tendencia al alza si se toman los valores del IPC para noviembre”.
En efecto, sugirió “[…] actualizar nuevamente el valor fijado para el módulo, en un monto no inferior al 50% […]”.
8°) Que, con fecha 19 de febrero de 2024, la Subadministración General, mediante presentación dirigida a la Comisión de Administración y Financiera, manifestó que “[…] han realizado una nueva verificación de las variaciones porcentuales observadas desde junio del 2023 en el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) a niveles nacionales (de acuerdo a los periodos actualmente publicados), con la adición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional, que cuenta con un mes más de publicación –enero del 2024-[…]”.
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la variación de los índices ut supra referidos, señaló “[…]la necesidad de actualizar el valor fijado para el módulo […]”.
En atención a lo solicitado y teniendo en cuenta la publicación del INDEC de fecha 19 de febrero de 2024 de los nuevos valores del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), obrante a fojas 8/9, se procedió a actualizar el valor del módulo conforme los nuevos valores.
9°) Que debido a que debe aplicarse un coeficiente de actualización, se ha tomado el último mes publicado por el INDEC del Índice de Precios Internos al por Mayor (enero 2024) y de base el último mes ajustado por la Res. CM n° 345/23, que fue junio de 2023; de lo cual resultan los siguientes valores:
Por lo que, a los efectos de contar con un valor aproximado genérico, puede establecerse el nuevo valor en un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TRECE CON ONCE CENTAVOS ($198.813,11.-).
10°) Que en la sesión de la Comisión de Administración y Financiera, celebrada el día 21 de febrero del corriente año, se aprobó por unanimidad de los/as Consejeros/as presentes descartar las cifras intermedias en la expresión decimal y elevar, de ese modo, el valor actualizado por IPIM especificado en el considerando precedente a efectos de obtener un número con mayor exactitud; así, el nuevo valor del Módulo dispuesto es de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00.-).
Por ello, de conformidad con el Dictamen Nº 2/2024 de la Comisión de Administración y Financiera, se
RESUELVE:
1°) Modificar el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Res. CM n° 254/2015 y modificado por las Resoluciones CM nos 316/17, 168/20, 28/21, 355/21, 119/23 y 345/23, y fijar el valor del MÓDULO en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00.-), como unidad de referencia a los fines reglamentarios.
2°) Disponer que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese.
Firmado ante mí, que doy fe.
Agustina Díaz Cordero - Mariano Pérez Roller
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Resolución 96/2024
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2024
En Buenos Aires, a los 6 días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación “Dr. Lino E. Palacio”, con la Presidencia del Dr. Horacio Rosatti, los/las señores/as consejeros/as asistentes, y
VISTO:
El expediente AAD N° 269/2023, caratulado “Solicitud Adm. Gral. PJN s/Solicita Actualización Valor Modulo –Art. 18 Regl. Contrataciones-”; y,
CONSIDERANDO:
1º) Que, mediante la Res. CM n° 345/23 se dispuso modificar el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, fijando un nuevo valor del Módulo en la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00.-) como unidad de referencia a los fines reglamentarios, previa intervención de la Comisión de Administración y Financiera, mediante Dictamen CAF n° 17/23.
2°) Que, en aquella oportunidad, se tomó como referencia para ajustar el monto anterior del módulo el valor del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), calculado para el periodo comprendido entre agosto de 2022 y junio de 2023 inclusive.
3°) Que, es de público y notorio conocimiento la situación de incremento de precios permanente que afecta a la economía de nuestro país por lo que resulta necesario reajustar el valor del módulo. En este sentido, se considera conveniente tomar como índice actualizado los publicados por el INDEC.
4°) Que, la necesidad de establecer un valor del módulo actualizado, se basa en establecer montos acordes que garanticen el respeto y protección de los principios de eficacia, celeridad y economía procesal que deben regir los procedimientos de contrataciones administrativas, adecuándolos a la situación presente en la que se encuentra el Poder Judicial de la Nación.
5°) Que, cabe poner de resalto que el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación –Resolución CM n° 254/15- establece que: “a los efectos de lo dispuesto en el presente Reglamento, el valor del módulo (M) será de PESOS UN MIL ($1.000). La modificación de ese valor es atribución del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, previa intervención de la Comisión de Administración y Financiera, que podrá actualizarlo mediante decisión fundada”.
6°) Que, en orden a los antecedentes, es menester tener en cuenta que, en cuanto al valor del módulo, se han efectuado distintas actualizaciones; así, mediante Resolución CM n° 316/2017 –Dictamen CAF n° 44/17-, de fecha 31 de agosto del año 2017, se estableció un valor del MÓDULO en PESOS CUATRO MIL ($4.000,00.-). Posteriormente, mediante la Resolución CM n° 168/20 –Dictamen CAF n° 19/20-, del 16 de julio de 2020, se modificó su valor a la suma de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS ($11.800,00.-); luego, a través de la Resolución CM n° 28/21 –Dictamen CAF n° 08/21-, de fecha 25 de marzo de 2021, se dispuso un nuevo valor, cuya suma ascendía a PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($15.500,00.-); mediante Resolución CM n° 355/21 –Dictamen CAF n° 68/21-, del 27 de diciembre de 2021, se dispuso un nuevo valor por el monto de PESOS VEINTIDOS MIL ($22.000); ulteriormente, mediante Resolución CM n° 119/23 –Dictamen CAF n° 28/22-, de fecha 26 de abril de 2023, se estableció el valor del mismo en PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($36.000,00.-); y, por último, mediante Resolución CM n° 345/23 –Dictamen CAF n° 17/23-, de fecha 4 de octubre de 2023, se estableció el valor del mismo en PESOS SESENTA Y SEIS MIL ($66.000,00.-).
7°) Que, mediante Oficio AG n° 193/23, la Administración General solicitó a la Comisión de Administración y Financiera que tenga a bien considerar la necesidad de actualizar el valor fijado para el módulo.
Indicó que la “[…] Administración General ha realizado una verificación de las variaciones porcentuales observadas en el índice [de Precios Internos al por Mayor (IPIM)], con la adición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional […]”.
Sentado ello, observo que “[…] aún con el resultado publicado únicamente hasta octubre, el mentado índice ha elevado su referencia en un 49%, con una marcada tendencia al alza si se toman los valores del IPC para noviembre”.
En efecto, sugirió “[…] actualizar nuevamente el valor fijado para el módulo, en un monto no inferior al 50% […]”.
8°) Que, con fecha 19 de febrero de 2024, la Subadministración General, mediante presentación dirigida a la Comisión de Administración y Financiera, manifestó que “[…] han realizado una nueva verificación de las variaciones porcentuales observadas desde junio del 2023 en el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) a niveles nacionales (de acuerdo a los periodos actualmente publicados), con la adición del Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional, que cuenta con un mes más de publicación –enero del 2024-[…]”.
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la variación de los índices ut supra referidos, señaló “[…]la necesidad de actualizar el valor fijado para el módulo […]”.
En atención a lo solicitado y teniendo en cuenta la publicación del INDEC de fecha 19 de febrero de 2024 de los nuevos valores del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), obrante a fojas 8/9, se procedió a actualizar el valor del módulo conforme los nuevos valores.
9°) Que debido a que debe aplicarse un coeficiente de actualización, se ha tomado el último mes publicado por el INDEC del Índice de Precios Internos al por Mayor (enero 2024) y de base el último mes ajustado por la Res. CM n° 345/23, que fue junio de 2023; de lo cual resultan los siguientes valores:
Por lo que, a los efectos de contar con un valor aproximado genérico, puede establecerse el nuevo valor en un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TRECE CON ONCE CENTAVOS ($198.813,11.-).
10°) Que en la sesión de la Comisión de Administración y Financiera, celebrada el día 21 de febrero del corriente año, se aprobó por unanimidad de los/as Consejeros/as presentes descartar las cifras intermedias en la expresión decimal y elevar, de ese modo, el valor actualizado por IPIM especificado en el considerando precedente a efectos de obtener un número con mayor exactitud; así, el nuevo valor del Módulo dispuesto es de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00.-).
Por ello, de conformidad con el Dictamen Nº 2/2024 de la Comisión de Administración y Financiera, se
RESUELVE:
1°) Modificar el artículo 18° del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Res. CM n° 254/2015 y modificado por las Resoluciones CM nos 316/17, 168/20, 28/21, 355/21, 119/23 y 345/23, y fijar el valor del MÓDULO en la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00.-), como unidad de referencia a los fines reglamentarios.
2°) Disponer que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y archívese.
Firmado ante mí, que doy fe.
Agustina Díaz Cordero - Mariano Pérez Roller
e. 11/03/2024 N° 11983/24 v. 11/03/2024