Resolución 955 / 1990
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 5324 / 1978
ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS |
Fecha publicación 10-Ene-1979 |
Descripción
NORMAS PARA LA EXPORTACION DE VEHICULOS ANTIGUOSA LOS EFECTOS ADUANEROS SE CONSIDERAN "AUOMOVILES ANTIGUOS Y DE ESPECIAL INTERES" A LOS VEHICULOS TERRESTRES, DE ORIGEN EXTRANJERO Y FABRICADOS CON ANTERIORIDAD AL AÑO 1940, CUALQUIERA QUE FUERE SU ESTADO ACTUAL DE USO O FUNCIONAMIENTO, CON MOTOR DE CUALQQUIER CLASE, CUATRO (4) RUEDAS, DOS (2) O MÁS PUERTAS, UNO (1) O MAS ASIENTOES, QUE SE DESPLAZAN POR SI MISMOS, SIN NECESIDAD DE CARRILES, DESTINADOS AL TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCADERIAS.
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