INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
VINOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Feb-1983
Resumen:
ESTABLECESE EL LIMITE MAXIMO DE OXIDO DE CALCIO QUE DEBEN CONTENER LOS VINOS PARA LA LIBERACION AL CONSUMO.
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION N° 103/1992 DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA B.O 26/10/1992.