MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
PERIODO DE DESCANSO
Resumen:
LOS TOMADORES DE TRABAJO A DOMICILIO DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO DE TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA GOZARAN DEL PEDIDO DE DESCANSO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 150 DEL REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO APROBADO POR LA LEY Nº 20.744 (T.O. 1976) Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2024 EN LAS FECHAS QUE SE INDICAN A CONTINUACION: DEL 6 DE ENERO DE 2025 AL 19 DE ENERO INCLUSIVE PARA LOS TRABAJADORES QUE GOCEN DE CATORCE (14) DIAS DE VACACIONES. DEL 6 DE ENERO DE 2025 AL 26 DE ENERO INCLUSIVE PARA LOS TRABAJADORES QUE GOCEN DE VEINTIUN (21) DIAS DE VACACIONES. DEL 6 DE ENERO DE 2025 AL 2 DE FEBRERO INCLUSIVE PARA LOS TRABAJADORES QUE GOCEN DE VEINTIOCHO (28) DIAS DE VACACIONES. DEL 6 DE ENERO DE 2025 AL 9 DE FEBRERO INCLUSIVE PARA LOS TRABAJADORES QUE GOCEN DE TREINTA Y CINCO (35) DIAS DE VACACIONES.