Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE SALUD


Ministerio de Salud

SALUD PUBLICA

Resolución 867/2012

Apruébase el Plan Nacional de Chagas 2011-2016.

Bs. As., 13/6/2012

VISTO el Expediente Nº 1-2002-16708/11-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el VISTO tramita la Aprobación del PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.

Que el 18 de diciembre de 1950 se crea, en órbita del entonces MINISTERIO DE SALUD PUBLICA DE LA NACION, el Comité Directivo de Investigaciones y Profilaxis de la Enfermedad de Chagas con el objetivo de canalizar los programas técnicos por intermedio de un organismo técnico-administrativo capacitado para la atención específica del problema de Chagas.

Que por Decreto 2177 de fecha 8 de julio de 1952 se crea el Servicio Nacional de Profilaxis y Lucha contra la Enfermedad de Chagas quien sería el encargado de la aplicación, cumplimiento y vigilancia de los Programas de Chagas.

Que en el año 1961, en la Provincia Catamarca, se evaluaron las actividades de control realizadas hasta la fecha y se entregaron fondos para los Programas de Lucha contra la Enfermedad de Chagas-Mazza a ONCE (11) provincias del centro y norte del país.

Que por Resolución de la ex SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD PUBLICA Nº 2008 el 25 de marzo de 1968 se dispuso la creación del Centro de Patología Regional en la Ciudad de Córdoba.

Que en noviembre de 1972 se conforma el Programa Nacional de Chagas incorporando DIECINUEVE (19) estados provinciales endémicos, con una estrategia vertical: la organización centralizada y las acciones ejecutadas verticalmente por personal de cada uno de los servicios de Chagas.

Que mediante la Ley Nº 26.281 de fecha 4 de setiembre de 2007 se declara de Interés Nacional y se asigna carácter prioritario a la prevención y control de todas las formas de transmisión de la enfermedad de Chagas hasta su definitiva eliminación como problema de Salud Pública en el marco de la política nacional del MINISTERIO DE SALUD, cuya reglamentación está en proceso de aprobación.

Que por Resolución Ministerial Nº 1687 del 26 de octubre de 2006 se establece nueva denominación como Programa Nacional Concertado de Prevención y Asistencia Integral a la Enfermedad de Chagas: “Argentina Justa” Argentina “sin Chagas” y posteriormente, mediante su modificatoria Resolución Ministerial Nº 1543 del 3 de diciembre de 2008 se sustituye la denominación por la de “Programa Nacional de Chagas”.

Que la Resolución Ministerial Nº 719 del 27 de noviembre de 2010 establece las acciones de la Dirección de Enfermedades Transmisibles por Vectores.

Que en el marco de la normativa vigente y en consecuencia, a los fines de implementar el cumplimiento de la misma en todo el país, se ha elaborado el PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016.

Que el mencionado Plan ha sido elaborado y consensuado con los referentes Técnicos Provinciales, Nacionales e Internacionales como así también con los representantes de las Sociedades Científicas afines al tema, previéndose instituir como asesoría Científico-Técnica al INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN” de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS.

Que el mismo es considerado una herramienta fundamental por el enfoque de gestión integral involucrando a todos los sectores sociales relacionados con el control de esta problemática, la que está relacionada con factores estructurales que hacen a la desigualdad social.

Que en ese sentido, el Plan posibilitará el abordaje de la temática con una visión totalizadora del control de la enfermedad de Chagas en todo el país, en un proceso dinámico y sostenido de las acciones, encuadrado en un espacio interinstitucional con alto grado de participación comunitaria.

Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS y la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS han prestado su conformidad al referido Plan Nacional.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios, T.O. 1992, modificada por su similar Nº 26.338.

Por ello,

El MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Artículo 1° — Apruébase el PLAN NACIONAL DE CHAGAS 2011-2016 el que como ANEXO I pasa a formar parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — La DIRECCION DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES POR VECTORES, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE RIESGOS de la SECRETARIA DE PROMOCION Y PROGRAMAS SANITARIOS, será el Area ejecutora y responsable de la instrumentación y conducción del Plan.

Art. 3° — La Asesoría Científico-Técnica del presente Plan estará a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA “DR. MARIO FATALA CHABEN” de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” dependiente de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS.

Art. 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la Partida Específica del Programa 37, Actividad 02 del Presupuesto de este Ministerio y eventualmente de Organismos Internacionales y de otras Instituciones que en el marco de la normativa vigente puedan hacerlo.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Juan L. Manzur.

ANEXO I

PLAN 2011-2016

PARA EL CONTROL DE LA ENFERMEDAD DE CHAGAS EN ARGENTINA

Programa Nacional de Chagas Ministerio de Salud de la Nación Diciembre de 2010

Presidencia de la Nación
Cristina Fernández de Kirchner

Ministerio de Salud de la Nación
Juan Luis Manzur

Secretaría de Promoción y Programas Sanitarios
Máximo Diosque

Subsecretaría de Prevención y Control de Riesgos
Marina Kosacoff

Dirección de Enfermedades Transmisibles por Vectores
Sergio Sosa Estani

Programa Nacional de Chagas
Cynthia Spillmann
Héctor Freilij
Silvia Monserrat

El Plan Nacional para el Control de la Enfermedad de Chagas se ha elaborado con el aporte técnico de los Programas Provinciales de Chagas y el asesoramiento de expertos nacionales e internacionales, sociedades científicas, organizaciones de la sociedad civil, universidades y la Organización Panamericana de la Salud.

1. INTRODUCCION

A 100 años de haber sido descripta por primera vez, la infección por Trypanosoma cruzi o enfermedad de Chagas continúa siendo un grave problema de salud pública en muchos países de América Latina. Por pérdida de calidad de vida por discapacidad (AVAD), esta enfermedad ocupaba el quinto lugar de importancia entre las enfermedades infecciosas en general en las Américas y el Caribe en 2001. La principal vía de transmisión del parásito es a través del vector Triatoma infestans (vinchuca). Sin embargo, la vía congénita ha ido aumentando su incidencia a medida que mejoraba el control de la transmisión vectorial y la transfusional.

El Programa Nacional de Chagas (PNCh) comenzó a funcionar en 1961, luego de más de una década de investigación y desarrollo de varios programas pilotos de control del vector. Entre 1961 y 1980, el PNCh llegó a contar con 2000 técnicos distribuidos en 19 provincias, con un presupuesto superior a los 100 millones de dólares americanos. La intervención contra las transmisiones vectorial y transfusional produjo un descenso de la prevalencia de infección por T. cruzi en los varones reclutados en el servicio militar obligatorio desde el 10% en 1969 al 6% en 1981 y al 2% en 1993. A pesar de estas mejoras, se han seguido registrando casos agudos vectoriales de enfermedad de Chagas por falta de un sistema sostenido de vigilancia entomológica y reinfestación de las viviendas tratadas.

En 1991 se implementó una estrategia horizontal para capacitar a 600 supervisores nacionales y provinciales del PNCh. Entre 1993-1998 se realizaron casi 5000 talleres para entrenar unos 15.500 agentes sanitarios o municipales y líderes, quienes junto a los técnicos del PNCh trataron con insecticidas unas 675.000 viviendas. Hacia 2000 se habían rociado cerca de un millón de viviendas e instalado la vigilancia en más de 800.000. La infestación domiciliaria por T. infestans disminuyó desde el 6,1% en 1992 al 1,2% en 1999. La notificación nacional de casos agudos clínicamente detectables de enfermedad de Chagas de origen vectorial fue de 22 casos en 1997, 19 en 1998, 2 en 1999 y 22 en 2000. La seroprevalencia de infección por T. cruzi en menores de 15 años residentes en áreas rurales disminuyó del 6,3% al 2% entre 1992 y 1999. En ese período, el número de controles de infección por T. cruzi en sangre donada aumentó de 200.000 en 1991 a cerca de 500.000 en 2000, alcanzando a todos los servicios públicos. Además, se normatizó el control de la mujer embarazada y el seguimiento del hijo de mujer infectada, como así también el control de los donantes de órganos.

A partir de 2000 se observó una tendencia creciente en el número de casos agudos vectoriales en el país debido a la disminución de las actividades de control del vector (la tasa anual de rociado de viviendas con insecticidas bajó de 140.000 viviendas en 1994 a menos de 65.000 entre 1998 y 2008) y a la baja cobertura de las acciones sostenidas de vigilancia (menos del 40% de las viviendas de área endémica), todo esto a consecuencia de reducciones de presupuesto y de la capacidad operativa del Programa por déficit de recursos humanos y materiales y una gestión inadecuada. Otros factores que contribuyeron al recrudecimiento de la endemia fueron la crisis socioeconómica de 2001, la insuficiente atención al problema y a la promoción y la prevención en los sistemas de salud y los cambios de gestión en los programas.

Para interrumpir la transmisión es necesario optimizar las actividades de control vectorial y no vectorial, con una vigilancia activa permanente y con el diagnóstico y tratamiento oportuno de las personas infectadas. La estrategia apropiada para lograr este objetivo es una descentralización operativa local que involucre a las diferentes instancias de gestión y servicios locales de salud, con la conducción, normatización y supervisión técnica del nivel central nacional; y el compromiso y la responsabilidad compartidos entre los niveles nacional, provincial y municipal.

2. DIAGNOSTICO DE SITUACION

Las últimas estimaciones de casos (OPS, 2006) indican que en Argentina habría 7.300.000 personas expuestas, 1.600.000 infectadas y más de 300.000 afectadas por cardiopatías de origen chagásico. La seroprevalencia de infección por T. cruzi en embarazadas en el país fue de 6,8 % en 2000 y de 4,2% en 2009. En base a estos datos, se estima que cada año nacen 1300 niños infectados por transmisión congénita. Cabe consignar que 9/10 niños tratados en fase aguda y 7/10 tratados en fase crónica se curan. La prevalencia media de infección por T. cruzi en niños menores de 14 años fue de 1,5% en 2009.

Si bien en 2009 y 2010 algunos indicadores relacionados con la vigilancia entomológica y el control del vector han mejorado, las metas consideradas aceptables no se han alcanzado aún. De la misma manera, los indicadores relacionados con el control de la transmisión no vectorial y la atención médica también han mejorado levemente. Actualmente, el escenario nacional de la enfermedad de Chagas es el siguiente (ver mapa):

• Situación de alto riesgo para la transmisión vectorial

Las provincias de Chaco, Formosa, Santiago del Estero, San Juan, Mendoza y Córdoba presentan una reemergencia de la transmisión vectorial de Chagas debido a un aumento de la infestación domiciliaria y a una alta seroprevalencia en grupos vulnerables.

• Situación de riesgo moderado para la transmisión vectorial

Las provincias de Catamarca, Corrientes, La Rioja, Misiones, Santa Fe, San Luis, Salta y Tucumán muestran una situación de riesgo intermedio con un índice de reinfestación mayor al 5% en algunos departamentos, e insuficiente cobertura de vigilancia en algunos casos.

• Situación de bajo riesgo para la transmisión vectorial

Las provincias de Jujuy, Entre Ríos, La Pampa, Neuquén y Río Negro lograron certificar la interrupción de la transmisión vectorial.

• Situación de riesgo universal

Las 24 jurisdicciones poseen riesgo de transmisión congénita derivado de las migraciones internas e internacionales de países vecinos con elevada endemicidad.



3. ESTRUCTURA DEL PLAN

Con el fin de disminuir la morbilidad y mortalidad de la enfermedad de Chagas en Argentina, los Programas Nacional y Provinciales de Chagas han elaborado un Plan de Intensificación de la Vigilancia y el Control de esta enfermedad. El éxito de este Plan dependerá en gran medida de la articulación vertical y transversal entre todos los niveles y ámbitos de gobierno junto con la comunidad. La estructura del Plan comprende las siguientes secciones:

(a) objetivos

(b) líneas estratégicas

(c) responsabilidades de los sectores involucrados

(d) matriz de metas, actividades e indicadores

(e) cronograma

(f) metas cuantificadas

4. OBJETIVOS

4.1. Objetivos generales

4.1.1. Interrumpir la transmisión del Trypanosoma cruzi.

4.1.2. Reducir la morbimortalidad por enfermedad de Chagas y su impacto socioeconómico.

4.2. Objetivos específicos

4.2.1. Alcanzar y sostener la interrupción de la transmisión vectorial del T. cruzi a través de la eliminación o reducción del vector en domicilio y peridomicilio.

4.2.2. Sostener la interrupción de la transmisión por transfusión y transplantes del T. cruzi.

4.2.3. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la infección congénita.

4.2.4. Optimizar el diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de la infección aguda y crónica.

4.2.5. Desarrollar y sostener estrategias generales y transversales a todo el programa.

5. LINEAS ESTRATEGICAS

5.1. Estrategias para la prevención y control de la transmisión vectorial (Objetivo I)

5.1.1. Vigilancia entomológica

La vigilancia entomológica permite la detección de infestación de viviendas con triatominos y su posterior rociado químico de manera oportuna según normas técnicas. Para la vigilancia se aplicarán dos modalidades simultáneas:

5.1.1.1. Vigilancia Institucional: activa, programada, por muestreo, a cargo de los Ministerios de Salud de Provincias y de Nación. Para su implementación se requiere de la designación de referentes municipales o departamentales y del fortalecimiento de los sistemas locales.

5.1.1.2. Vigilancia Comunitaria-Participativa: continua y exhaustiva del total de las viviendas. El poblador notifica la presencia de vectores al sistema formal (Estructura Municipal, de Salud o de Educación) y éste debe garantizar una respuesta inmediata de control. La vigilancia participativa debe ser incentivada y monitoreada por la vigilancia institucional.

5.1.2. Control vectorial mediante rociado químico

El objetivo es la reducción o eliminación de la infestación de viviendas con triatominos mediante la intensificación de las actividades de control químico (rociado con insecticida) de las viviendas en áreas endémicas de moderado y alto riesgo, con criterios de continuidad, contigüidad y cobertura, ya sea de manera programada o como respuesta a una denuncia de foco de infestación. Para esto se requiere de:

(a) la elaboración de un plan de rociado en forma de barrido, basado en la estratificación de riesgo de cada provincia con trasmisión vectorial, comenzando por los departamentos de alto y moderado riesgo. La frecuencia del rociado se define según el riesgo de reinfestación.

(b) Disponer de recursos humanos, materiales y financieros necesarios para formar equipos de control de vectores en función del número de las unidades domiciliarias a proteger.

(c) la ejecución del plan es responsabilidad de efectores municipales y provinciales en las áreas periurbanas y rurales agrupadas y de efectores provinciales y nacionales en las áreas rurales dispersas.

(d) para asegurar la calidad en la ejecución del plan se requiere el estricto monitoreo y supervisión de todas las actividades por los niveles correspondientes y la periódica evaluación de las actividades en terreno de los efectores municipales por el nivel provincial, y del nivel provincial por el nivel nacional.

5.1.3. Monitoreo de resistencia a insecticidas

Se elaborará y ejecutará un programa de monitoreo de resistencia a insecticidas de vectores de interés sanitario de acuerdo con protocolos internacionales [OMS Protocolo de evaluación de efecto insecticida sobre triatominos. Acta Toxicológica Argentina, 1994; 2(1,2):29-32)].

5.1.4. Mejora de viviendas y ambiente

La erradicación de las viviendas rancho y la mejora del peridomicilio permite reducir el riesgo de infestación/reinfestación y proporciona sustentabilidad a los resultados posibles del Plan.
Para esto se requiere:

(a) conformación de una Comisión Nacional que integre a los Ministerios involucrados: Salud, Planificación, Desarrollo Social, Educación, Ambiente, Interior, Ciencia y Tecnología;

(b) elaboración e implementación de un Plan Nacional de Vivienda Saludable para mejora o renovación de viviendas y peridomicilio de riesgo, coordinado con los programas nacionales y provinciales en curso.

5.2. Estrategias para la prevención y control de la transmisión no vectorial (Objetivo II)

5.2.1. Evaluación de donantes de sangre

El objetivo es prevenir la donación de sangre de individuos potencialmente infectados por T. cruzi, garantizando la calidad de los componentes de la sangre que se transfunden en centros oficiales o privados, todos dependientes del Plan Nacional de Sangre, mediante la normatización de procesos y procedimientos, y la supervisión de la selección, distribución y uso de insumos, incluyendo los reactivos para el tamizaje de laboratorio de esos donantes.

Las actividades a desarrollar en los bancos de sangre y los laboratorios que llevan a cabo el tamizaje serológico de las enfermedades transmisibles por transfusión son las siguientes:

(a) realización de encuesta de riesgo en el 100% de los candidatos a donar sangre por personal capacitado en forma continua y supervisado;

(b) realización del tamizaje serológico para T. cruzi al 100% de los donantes con reactivos de calidad probada. La validación de los reactivos diagnóstico disponibles comercialmente debe realizarla la autoridad competente;

(c) ejecución de un programa de garantía de calidad que incluya las operaciones, equipos, instrumentos, procedimientos, reactivos diagnósticos y otros insumos;

(d) participación en programas de evaluación externa del desempeño, tanto nacionales como internacionales;

(e) todo el personal, profesional, técnico y administrativo, debe recibir capacitación continua que debe estar registrada, tal como ocurre con toda actividad institucional.

5.2.2. Evaluación de donantes de órganos

El diagnóstico previo de infección por T. cruzi en el donante permite prevenir su transmisión al receptor y el diagnóstico en el receptor permite monitorear la reactivación de una infección crónica. Las actividades incluyen:

(a) incorporación en las guías de control peritransplante el diagnóstico de infección por T. cruzi en donantes y receptores;

(b) implementación y supervisión de un programa de control de calidad de los reactivos usados y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.

5.3. Estrategias para el control de la infección congénita (Objetivo III)

El objetivo es lograr el diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y notificación de al menos el 95% de los casos de infección congénita por T. cruzi en el recién nacido y el niño hasta el año de edad, para lo cual se requiere de:

(a) elaboración de estrategias articuladas con otros programas para la optimización del diagnóstico y tratamiento de los niños infectados, por ejemplo la Dirección de Maternidad e Infancia, Atención Primaria de la Salud, Plan de Reducción de la Mortalidad Infantil, Plan Nacer, Libreta Sanitaria y Seguro Universal por Hijo;

(b) incorporación de procedimientos de control en las guías de atención perinatal de rutina;

(c) designación de un referente provincial para gestión y monitoreo de las actividades de control de las infecciones congénitas.

(d) articulación entre los diferentes niveles de atención;

(e) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de la infección congénita;

(f) provisión sostenida y oportuna de insumos necesarios para el diagnóstico y tratamiento de la infección por T. cruzi.

5.4. Estrategias para el control de la infección aguda y crónica (Objetivo IV)

Estas estrategias deben basarse en la atención en el Primer Nivel de Atención, con sistema de referencia y contrarreferencia, y en coordinación con otros sistemas existentes que faciliten la instalación de la atención de rutina a personas infectadas ya sea en fase aguda o crónica. Para lo cual se requiere de:

(a) capacitación del personal de salud en diagnóstico y tratamiento de la infección aguda y crónica;

(b) confirmación del diagnóstico y tratamiento a través de efectores naturales, prestadores de servicio de salud en las comunidades de residencia, siguiendo las guías dictadas por el Ministerio de Salud.

5.4.1. Diagnóstico y tratamiento de niños (menores de 15 años) con infección crónica

El objetivo de esta estrategia es alcanzar la cobertura de al menos el 95 % del diagnóstico y tratamiento de los niños con infección crónica, con las siguientes actividades:

(a) articulación con el Programa de Salud Escolar (PROSANE), Direcciones o Programas de Maternidad e Infancia nacional y provinciales, sistemas de APS provinciales y laboratorios nacionales y provinciales;

(b) realización de tamizajes a todos los niños menores de 15 años, residentes en áreas rurales endémicas, a través de operativos en escuelas o domicilios;

(c) realización de tamizajes a los niños en edad escolar, aproximadamente a los 6 y 12 años, residentes en áreas urbanas y con antecedente de riesgo según evaluación previa, a través de operativos en escuelas.

Para el financiamiento del diagnóstico y tratamiento de la población infantil se considerarán: la cartilla de salud infantil a los 6 años, el PROSANE y el Seguro Universal por Hijo.

5.4.2. Diagnóstico y tratamiento de jóvenes y adultos con infección crónica

El diagnóstico y tratamiento, cuando se considere según normas vigentes, se realizará según antecedentes clínicos y epidemiológicos, a través de los prestadores de salud habituales en las comunidades de residencia.

5.4.3. Tratamiento de pacientes con enfermedad cardíaca, digestiva o nerviosa

El objetivo es garantizar cobertura médica y acceso a tratamiento de al menos el 90% de los pacientes con manifestaciones de Chagas crónico.

La atención se realizará en los diferentes subsistemas de atención (público, obras sociales, privado) y en el nivel de atención (primer nivel o servicios especializados) que correspondan. Todos los subsistemas de salud deberán garantizar la provisión de la medicación específica ambulatoria, marcapasos, cardiodesfibriladores e intervenciones quirúrgicas digestivas; y los exámenes complementarios correspondientes.

5.5. Estrategias generales y transversales a todo el programa (Objetivo V)

5.5.1 Fortalecimiento de la dimensión política

(a) creación de una Mesa de Gestión Integrada;

(b) validación y adopción del Plan en el Consejo Federal y los Consejos Regionales de Salud (COFESA-CORESA).

5.5.2. Fortalecimiento de los Programas de Chagas

(a) gestión de incremento presupuestario;

(b) incorporación de recursos humanos en la Coordinación Nacional de Control de Vectores y en los Programas Provinciales de Chagas;

(c) instalación u optimización de laboratorios de entomología;

(d) instalación u optimización de laboratorios de diagnóstico serológico y parasitológico;

(e) capacitación de biólogos, bioquímicos y técnicos en entomología sobre reconocimiento, evaluación y tratamiento químico de triatominos;

(f) capacitación de jefes de programas en gestión de control y manejo de plaguicidas;

(g) capacitación de jefes de programa en manejo de base de datos y georreferencia;

(h) reuniones nacionales del Programa de Chagas.

5.5.3. Comunicación social y participación comunitaria

El objetivo es lograr la movilización social y participación comunitaria para potenciar y lograr la sustentabilidad de las acciones del programa. Para ello es necesario:

(a) elaborar un plan de comunicación social y participación comunitaria a fin de socializar los conocimientos, fomentar la vigilancia comunitaria-participativa, promover la práctica de hábitos saludables en la población y facilitar el diagnóstico y tratamiento de la infección;

(b) capacitar a la comunidad en prevención y promoción de la salud;

(c) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por vectores en la currícula de los niveles primario, secundario, universitario y carreras de formación docente;

(d) implementar el Día Nacional por una Argentina sin Chagas, con participación de los Ministerios de Salud nacional y provinciales, Educación, Desarrollo Social y de ONGs. Con la realización de las siguientes actividades durante la semana previa al Día Nacional:

(1) promoción de la notificación de infestación y otras actividades de prevención en escuelas y comunidad;

(2) comunicación en medios masivos y sitios web oficiales con mensajes consensuados;

(3) movilización social;

(4) intensificación de estudios serológicos y clínicos, y de prescripción del tratamiento.

5.5.4.  Evaluación y Supervisión del Programa

(a) conformación de equipos interdisciplinarios para evaluación de acciones en terreno;

(b) capacitación de los jefes de programas en evaluación y supervisión de programas;

(c) implementación de un sistema de gestión y auditoría de la distribución y uso de insumos;

6. RESPONSABILIDADES Y TAREAS DE LOS SECTORES INVOLUCRADOS

6.1. Presidencia de la Nación

(a) convocar a toda la sociedad para la prevención y control de la enfermedad de Chagas;

(b) convocar a los gobiernos provinciales para liderar las acciones de prevención y control;

(c) convocar a la Mesa de Gestión Integrada;

(d) coordinar la campaña de comunicación en los medios.

6.2. Gobiernos provinciales

(a) convocar a la Mesa Provincial de Gestión Integrada en el mayor nivel de decisión.

6.3. Municipios

(a) coordinar y participar en la vigilancia entomológica y en el control vectorial local.

6.4. Ministerio de Desarrollo Social

(a) desarrollar y fortalecer las capacidades para acciones de prevención, educación y control de la enfermedad de Chagas a través de Centros de Integración Comunitaria (CICs), Mesas de Gestión, Plan AHÍ, promotores territoriales para el cambio social, voluntarios y personal territorial, y de la Secretaría de Deportes y sus programas;

(b) participar activamente en los Planes de mejoramiento del ambiente.

6.5. Ministerio de Educación

(a) asegurar que todas las escuelas cumplan con las normas de prevención;

(b) incorporar la temática de las enfermedades transmisibles por vectores en la currícula de los niveles primario, secundario, universitarios y carreras de formación docente;

(c) incorporar estudiantes universitarios en actividades de prevención y control;

(d) co-coordinar con el Ministerio de Salud las actividades del Día Nacional por una Argentina sin Chagas;

(e) promover que los conocimientos y actividades de prevención lleguen a los hogares;

(f) articular con educ.ar (web y canal Encuentro) la incorporación de contenidos educativos y de prevención sobre la enfermedad de Chagas.

6.6. Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios

(a) coordinar con la Secretaría de Ambiente el Plan Nacional de Vivienda Saludable.

6.7. Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable

(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el Plan de Mejoramiento de Ambiente.

6.8. Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

(a) coordinar con el Ministerio de Planificación el mejoramiento del peridomicilio.

6.9. Ministerio del Interior

(a) fortalecer la capacidad de gestión de los gobiernos locales;

(b) brindar apoyo financiero y material.

6.10. Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva

(a) incorporar líneas prioritarias de investigación en aspectos clínicos, epidemiológicos, diagnóstico, tratamiento, operativos y sociales para mejorar su prevención y el control;

(b) movilizar recursos de instituciones privadas, nacionales e internacionales para la financiación de investigaciones.

6.11. Fuerzas Armadas y de Seguridad

(a) brindar apoyo en seguridad, transporte y logística en acciones de control vectorial.

6.12. Dirección de Epidemiología

(a) incorporar al SNVS-SIVILA la nominalización de los casos de enfermedad de Chagas en niños menores de 15 años para su tratamiento etiológico y seguimiento.

6.13. Dirección Nacional de Maternidad e Infancia

(a) incorporar en las guías de perinatología las prácticas de diagnóstico precoz y tratamiento oportuno del RN y niños de hasta 1 año con infección congénita.

6.14. INCUCAI

(a) incorporar en las guías de control peritransplante el diagnóstico de infección por T. cruzi del donante y del receptor.

(b) implementar y supervisar un programa de control de calidad de los reactivos y de las pruebas de laboratorio de diagnóstico.

6.15. Plan Nacional de Sangre

(a) participar en la capacitación del personal de los bancos de sangre;

(b) participar en los programas de control de calidad de los reactivos y de las pruebas de laboratorio;

(c) implementar las acciones de supervisión y monitoreo de los bancos de sangre.

6.16. Organizaciones de la Sociedad Civil, Organizaciones científicas y académicas

(a) acompañar las actividades propuestas y contribuir con monitoreo, supervisión y control de las acciones en territorio;

(b) coordinar trabajos en conjunto según especialidad.

7. MATRIZ DE ACTIVIDADES E INDICADORES





8. CRONOGRAMA


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