Presidencia de la Nación

REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEA


REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES

Resolución 86/2020

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2020

VISTO:

La Ley Nº 25.191 y su Decreto Reglamentario Nº 453/01 de fecha 24 de abril de 2001, la Resolución RENATRE N° 01/20, el Decreto DNU N° 260/20 de fecha 12 de marzo de 2020 y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº  25.191 dispuso la creación del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE— como ente autárquico de derecho público no estatal, integrado por miembros de organizaciones de todo el sector rural y cuya dirección está a cargo de representantes de las entidades empresarias y sindicales de la actividad.

Que mediante Resolución RENATRE N° 01/2020 se designó al Sr. Orlando Luis Marino (DNI N° 14.174.720) como Presidente del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE).

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado el brote del nuevo Coronavirus (COVID-19), como Pandemia.

Que su propagación sigue extendiéndose mundialmente, con un incremento exponencial del número de casos en todos los continentes.

Que en razón de ello, mediante Decreto DNU N° 260/2020 de fecha 12 de marzo de 2020 se estableció la Emergencia Sanitaria en la Argentina por el plazo de un (1) año.

Que consecuentemente, resulta menester fomentar el aislamiento social de modo de contribuir con las recomendaciones de Organismos Internaciones, Ministerio de Salud y el Presidente de la Nación.

Que a tal efecto, y con el objetivo de preservar la salud de todo el personal y morigerar los impactos de esta pandemia, el Cuerpo Directivo resuelve el cese de las actividades presenciales de Sede Central y las Delegaciones Provinciales del RENATRE, habilitando que las tareas se realicen mediante la modalidad de teletrabajo y estableciendo guardias mínimas para aquellas áreas en las que resulte indispensable.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 8° y 12° de la Ley N° 25.191.

Que la Gerencia del Seguro Social Rural, la Gerencia Administrativa, Técnica y Jurídica y la Secretaria de Recursos Humanos del Registro han tomado la intervención que les compete.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE)

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Declarar el cese de actividades presenciales de SEDE CENTRAL y DELEGACIONES PROVINCIALES del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES (RENATRE), desde el 17 de marzo de 2020 hasta el 20 de marzo de 2020.

ARTICULO 2°: En consecuencia, determinar que durante el plazo ut supra mencionado las diferentes áreas de Sede Central y Delegaciones Provinciales, funcionarán conforme se detalla en el Anexo, que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3°: Regístrese en el Registro de Resoluciones del RENATRE. Comuníquese. Publíquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Roberto P. Petrochi - Orlando L. Marino


(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO



IF-2020-17612326-APN-DNRO#SLYT
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