COMISION ARBITRAL
(Convenio Multilateral del 18/8/77)
Resolución General 86/2002
Introdúcense adecuaciones operativas a la Resolución General N° 82/2002, en lo referente al Pago con Bonos u otros Títulos Valores con Compensación Bancaria en el caso de Contribuyentes del Sistema General.
Bs. As., 5/12/2002
VISTO:
La vigencia de la Resolución General (C.A.) N° 82/2002, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario introducir algunas adecuaciones operativas a la misma, en función de la experiencia recogida.
Que existen dificultades de carácter técnico-informáticas en ciertas jurisdicciones para efectuar la cancelación de obligaciones fiscales en materia del Impuesto sobre los Ingresos Brutos —Convenio Multilateral del 18.8.77—, con bonos u otros títulos valores con compensación bancaria.
Por ello,
LA COMISION ARBITRAL
(CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77)
RESUELVE:
Artículo 1° — Modificar el Anexo I, Título II. A, primer párrafo, de la Resolución General de Comisión Arbitral N° 82/2002, referido al Pago con Bonos u otros Títulos Valores con Compensación Bancaria en el caso de Contribuyentes del Sistema General, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"· Confeccionar en el aplicativo SD99 la Declaración Jurada Original (o el N° de Rectificativa que corresponda) de cada una de las Jurisdicciones receptoras de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales, ingresando en el campo "Otros" de "Otros Débitos" el valor a depositar con dichos títulos. En el resto de los campos colocar el valor 0 (cero). Depositar el total de los montos indicados en cada una de las Declaraciones Juradas en el Banco Oficial de su Jurisdicción Sede o en caso de dificultades materiales, en la entidad financiera correspondiente a la Jurisdicción receptora de los bonos u otros títulos valores con poder cancelatorio de obligaciones fiscales."
Art. 2° — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.