AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 854/2020
RESOL-2020-854-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2020
VISTO el EX-2020-70457671-APN-DRRHH#AND, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y N° 297 del 19 de marzo de 2020, y sus normas concordantes y ampliatorios; las Decisiones Administrativas N° 390 del 16 de marzo de 2020 y N° 427 del 20 de marzo de 2020, la Resolución N° 3 del 13 de marzo de 2020 de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y las Resoluciones de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 230 del 29 de agosto de 2018 y N° 480 del 6 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO
Que a través del Decreto Nº 260/20 se amplió la emergencia pública sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus -covid-19- por el plazo de un año desde la sanción de la medida.
Que, posteriormente, por el Decreto N°297/20 se estableció para todo el territorio nacional el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid-19, medida que fue sucesivamente prorrogada, y que mantiene su vigencia en algunas jurisdicciones de nuestro país.
Que la medida precedentemente mencionada de restricción de circulación exceptuó de dicho alcance, entre otras personas, a las autoridades superiores del Gobierno Nacional y a aquellos trabajadores y trabajadoras del sector público, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas jurisdicciones, con el objeto de asegurar el adecuado funcionamiento de la Administración Pública Nacional.
Que mediante la Resolución SGyEP N° 3/20 se instruyó a cada una de las entidades que integran el Sector Público Nacional, conforme el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera del Sector Público Nacional y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, a la aplicación de las recomendaciones elaboradas por los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE SALUD para la prevención del Covid-19.
Que, posteriormente, la Decisión Administrativa N° 427/20 consolidó un procedimiento para efectivizar, en términos formales, el otorgamiento de las excepciones de circulación a los agentes y funcionarios públicos que presten tareas críticas y esenciales.
Que, en consonancia con lo allí previsto, a través de la Resolución ANDIS N° 643/20 se determinó como crítico, esencial e indispensable para el funcionamiento de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD la tarea de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas, a llevarse a cabo de forma presencial, con un máximo de hasta DIEZ (10) agentes, debiendo darse cumplimiento con todas las medidas preventivas y de cuidado establecidas para el Covid-19 por la normativa vigente.
Que lo hasta aquí referido en términos normativos y operativos, conlleva a la necesidad de contar formalmente, en el ámbito de esta AGENCIA, con herramientas e instrumentos tendientes a la prevención del covid-19 en oportunidad del desarrollo de tareas de modo presencial por parte de agentes y/o funcionarios del Organismo.
Que por otra parte, mediante Resolución ANDIS N° 202/20, se aprobaron los “Lineamientos generales para el armado de los protocolos Covid-19 de ANDIS”, y su Anexo I “Medidas generales de prevención en el marco del covid-19”, de conformidad con las recomendaciones para el desarrollo de protocolos en el marco de la pandemia, expedidas por el MINISTERIO DE SALUD de la NACIÓN.
Que en virtud de haber sido declarada la tarea de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas de la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas como tarea esencial mediante la Resolución ANDIS N° 643/20, se elaboró desde la Dirección de Recursos Humanos, en conjunto con la mencionada Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas, el “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas”.
Que, asimismo, por Acta Nº 14 de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) de esta AGENCIA, identificada como IF-2020-70336120-APN-DRRHH#AND, se aprobó el “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas” perteneciente a la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que, consecuentemente, corresponde instruir a los titulares de todas las unidades de esta AGENCIA a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aludidos en el Considerando precedente.
Que la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 698/2017 y sus modificatorias, y los Decretos N° 249/2020 y N° 733/2020.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO A CARGO DE LA FIRMA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase el documento denominado “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas”, identificado como IF-2020-70465238-APN-DRRHH#AND, que como Anexo forma parte integrante de la presente, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- Instrúyase a los titulares de todas las unidades de esta AGENCIA a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aprobados en el Artículo 1° precedente.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a la Dirección de Recursos Humanos a dar amplia difusión al documento aprobado a través del presente acto resolutivo y a adoptar las acciones que estime corresponder para asegurar el cumplimiento del mismo.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Resolución 854/2020
RESOL-2020-854-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 21/10/2020
VISTO el EX-2020-70457671-APN-DRRHH#AND, los Decretos N° 260 del 12 de marzo de 2020 y N° 297 del 19 de marzo de 2020, y sus normas concordantes y ampliatorios; las Decisiones Administrativas N° 390 del 16 de marzo de 2020 y N° 427 del 20 de marzo de 2020, la Resolución N° 3 del 13 de marzo de 2020 de la SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y las Resoluciones de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 230 del 29 de agosto de 2018 y N° 480 del 6 de agosto de 2020, y
CONSIDERANDO
Que a través del Decreto Nº 260/20 se amplió la emergencia pública sanitaria establecida por Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus -covid-19- por el plazo de un año desde la sanción de la medida.
Que, posteriormente, por el Decreto N°297/20 se estableció para todo el territorio nacional el “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, y la prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la circulación y el contagio del virus Covid-19, medida que fue sucesivamente prorrogada, y que mantiene su vigencia en algunas jurisdicciones de nuestro país.
Que la medida precedentemente mencionada de restricción de circulación exceptuó de dicho alcance, entre otras personas, a las autoridades superiores del Gobierno Nacional y a aquellos trabajadores y trabajadoras del sector público, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas jurisdicciones, con el objeto de asegurar el adecuado funcionamiento de la Administración Pública Nacional.
Que mediante la Resolución SGyEP N° 3/20 se instruyó a cada una de las entidades que integran el Sector Público Nacional, conforme el Artículo 8° de la Ley de Administración Financiera del Sector Público Nacional y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, a la aplicación de las recomendaciones elaboradas por los organismos técnicos competentes del MINISTERIO DE SALUD para la prevención del Covid-19.
Que, posteriormente, la Decisión Administrativa N° 427/20 consolidó un procedimiento para efectivizar, en términos formales, el otorgamiento de las excepciones de circulación a los agentes y funcionarios públicos que presten tareas críticas y esenciales.
Que, en consonancia con lo allí previsto, a través de la Resolución ANDIS N° 643/20 se determinó como crítico, esencial e indispensable para el funcionamiento de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD la tarea de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas, a llevarse a cabo de forma presencial, con un máximo de hasta DIEZ (10) agentes, debiendo darse cumplimiento con todas las medidas preventivas y de cuidado establecidas para el Covid-19 por la normativa vigente.
Que lo hasta aquí referido en términos normativos y operativos, conlleva a la necesidad de contar formalmente, en el ámbito de esta AGENCIA, con herramientas e instrumentos tendientes a la prevención del covid-19 en oportunidad del desarrollo de tareas de modo presencial por parte de agentes y/o funcionarios del Organismo.
Que por otra parte, mediante Resolución ANDIS N° 202/20, se aprobaron los “Lineamientos generales para el armado de los protocolos Covid-19 de ANDIS”, y su Anexo I “Medidas generales de prevención en el marco del covid-19”, de conformidad con las recomendaciones para el desarrollo de protocolos en el marco de la pandemia, expedidas por el MINISTERIO DE SALUD de la NACIÓN.
Que en virtud de haber sido declarada la tarea de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas de la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas como tarea esencial mediante la Resolución ANDIS N° 643/20, se elaboró desde la Dirección de Recursos Humanos, en conjunto con la mencionada Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas, el “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas”.
Que, asimismo, por Acta Nº 14 de la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) de esta AGENCIA, identificada como IF-2020-70336120-APN-DRRHH#AND, se aprobó el “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas” perteneciente a la Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que, consecuentemente, corresponde instruir a los titulares de todas las unidades de esta AGENCIA a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aludidos en el Considerando precedente.
Que la Dirección de Recursos Humanos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 698/2017 y sus modificatorias, y los Decretos N° 249/2020 y N° 733/2020.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO A CARGO DE LA FIRMA DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase el documento denominado “Protocolo Específico de Búsqueda de expedientes en formato papel de Pensiones No Contributivas”, identificado como IF-2020-70465238-APN-DRRHH#AND, que como Anexo forma parte integrante de la presente, de acuerdo a lo expuesto en los Considerandos de la presente.
ARTICULO 2º.- Instrúyase a los titulares de todas las unidades de esta AGENCIA a velar por el cumplimiento de las pautas y lineamientos aprobados en el Artículo 1° precedente.
ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese a la Dirección de Recursos Humanos a dar amplia difusión al documento aprobado a través del presente acto resolutivo y a adoptar las acciones que estime corresponder para asegurar el cumplimiento del mismo.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/10/2020 N° 48988/20 v. 22/10/2020
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)