AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Resolución 834/2015
Bs. As., 14/09/2015
VISTO el Expediente Nro. 3404/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15, respectivamente, se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías B, C, D, E, F, I, J y K, a personas físicas y personas de existencia ideal con y sin fines de lucro, aprobando a tal efecto los pertinentes pliegos de bases y condiciones (Anexos I a VIII a la prenotada norma).
Que, por su parte, la Resolución N° 355-AFSCA/15 aprobó la Circular Aclaratoria N° 1 a los pliegos a los que se ha hecho referencia en el considerando precedente.
Que ciertas disposiciones de los pliegos en cuestión deben ser aclaradas, a los efectos de brindar certeza respecto de sus alcances y de los sujetos obligados al cumplimiento de algunas de sus cláusulas.
Que a través del artículo 15 de la Resolución N° 39-AFSCA/15 se ha delegado en el PRESIDENTE del DIRECTORIO el dictado de los actos administrativos por los cuales se aprueben las CIRCULARES ACLARATORIAS a los pliegos contenidos en los anexos que la integran.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12, inciso 7) de la Ley N° 26.522 y 15 de la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15, respectivamente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la CIRCULAR ACLARATORIA N° 2, que como Anexo I integra la presente, a los pliegos de bases y condiciones generales y particulares aprobados por la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15 y su Circular Aclaratoria N° 1 aprobada por Resolución N° 355-AFSCA/15.
ARTICULO 2° — A fin de tener por cumplidas las exigencias de las normas aclaradas por la presente, se tendrá como válida la documentación presentada en los concursos públicos convocados por Resolución N° 39-AFSCA/15.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
1.- ANEXO I (Sector con fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario)
1.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 15) se aclara que:
1.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
1.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, que también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
2.- ANEXO II (Sector con fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario)
2.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 16) se aclara que:
2.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
2.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, quienes también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
3.- ANEXO III (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario)
3.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 14) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente, suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
4.- ANEXO IV (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario)
4.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 15) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente, suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
5.- ANEXO V (Sector con fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario operador)
5.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 15) se aclara que:
5.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
5.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, que también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
6.- ANEXO VI (Sector con fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario operador)
6.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 16) se aclara que:
6.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
6.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, quienes también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información.
En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
7.- ANEXO VII (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario operador)
7.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 14) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
8.- ANEXO VIII (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario operador)
8.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 15) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
Resolución 834/2015
Bs. As., 14/09/2015
VISTO el Expediente Nro. 3404/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, y
CONSIDERANDO:
Que a través del dictado de la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15, respectivamente, se llamó a concurso público para la adjudicación de licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de servicios de televisión abierta digital en la norma ISDB-T, con categorías B, C, D, E, F, I, J y K, a personas físicas y personas de existencia ideal con y sin fines de lucro, aprobando a tal efecto los pertinentes pliegos de bases y condiciones (Anexos I a VIII a la prenotada norma).
Que, por su parte, la Resolución N° 355-AFSCA/15 aprobó la Circular Aclaratoria N° 1 a los pliegos a los que se ha hecho referencia en el considerando precedente.
Que ciertas disposiciones de los pliegos en cuestión deben ser aclaradas, a los efectos de brindar certeza respecto de sus alcances y de los sujetos obligados al cumplimiento de algunas de sus cláusulas.
Que a través del artículo 15 de la Resolución N° 39-AFSCA/15 se ha delegado en el PRESIDENTE del DIRECTORIO el dictado de los actos administrativos por los cuales se aprueben las CIRCULARES ACLARATORIAS a los pliegos contenidos en los anexos que la integran.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12, inciso 7) de la Ley N° 26.522 y 15 de la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15, respectivamente.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la CIRCULAR ACLARATORIA N° 2, que como Anexo I integra la presente, a los pliegos de bases y condiciones generales y particulares aprobados por la Resolución N° 39-AFSCA/15, prorrogada y modificada por sus similares Nros. 225 y 226-AFSCA/15 y su Circular Aclaratoria N° 1 aprobada por Resolución N° 355-AFSCA/15.
ARTICULO 2° — A fin de tener por cumplidas las exigencias de las normas aclaradas por la presente, se tendrá como válida la documentación presentada en los concursos públicos convocados por Resolución N° 39-AFSCA/15.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.
ANEXO I
CIRCULAR ACLARATORIA N° 2
RESOLUCION N° 39-AFSCA/15
CIRCULAR ACLARATORIA N° 2
RESOLUCION N° 39-AFSCA/15
1.- ANEXO I (Sector con fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario)
1.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 15) se aclara que:
1.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
1.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, que también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
2.- ANEXO II (Sector con fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario)
2.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 16) se aclara que:
2.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
2.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, quienes también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
3.- ANEXO III (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario)
3.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 14) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente, suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
4.- ANEXO IV (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario)
4.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 15) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente, suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
5.- ANEXO V (Sector con fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario operador)
5.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 15) se aclara que:
5.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
5.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, que también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información. En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
6.- ANEXO VI (Sector con fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario operador)
6.1.- Respecto de la Planilla N° 8 (artículo 16) se aclara que:
6.1.1.- Cuando el oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por personas físicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una por cada persona física socia.
6.1.2.- Cuando la oferente sea una persona jurídica con fines de lucro integrada por otras personas jurídicas, se debe presentar una planilla por la oferente y una planilla por cada persona jurídica socia de la oferente y sus socias, hasta el último nivel de integración societaria, o sea, hasta llegar a las personas físicas, quienes también deberán presentar dicha planilla.
Las referidas Planillas N° 8 podrán ser suscriptas por el representante legal de la oferente; o por el representante legal de la persona jurídica respecto de la cual se brinda información.
En el caso de brindar información relativa a una persona física, deberá ser suscripta por ésta.
7.- ANEXO VII (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías B, C, D, E y F - Licenciatario operador)
7.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 14) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
8.- ANEXO VIII (Sector sin fines de lucro - TDTA categorías I, J y K - Licenciatario operador)
8.1.- Con relación a la Planilla N° 5 (artículo 15) se aclara que se deberá presentar una planilla por la oferente suscripta por su representante legal; y una planilla por cada uno de los integrantes de los Órganos de Administración y Fiscalización, suscripta por la persona física que declara.
e. 15/09/2015 N° 146331/15 v. 15/09/2015