MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución Nº 826/2013
Bs. As., 26/4/2013
VISTO el Expediente Nº 13593/2012, por el que tramita la ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.515 de fecha 2 de agosto de 2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto en fecha 1 de agosto de 2012.
Que por el citado Convenio, esta Dirección Nacional dispuso sobre los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI, la percepción de un “Recurso de Afectación Específica” de aplicación a todas las categorías de sus respectivos Cuadros Tarifarios, el cual es destinado al financiamiento de la obra denominada “AMPLIACION DE LA AVENIDA GENERAL PAZ”, así como al financiamiento de distintas obras que se encuentran enunciadas en el ANEXO II de dicho instrumento, a desarrollarse en las zonas de concesión con cada uno de los Entes Concesionarios.
Que en virtud de ello, mediante la Resolución citada precedentemente y su rectificativa Nº 1572 de fecha 6 de agosto de 2012, se aprobaron los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, resultantes de la implementación del “Recurso de afectación específica”.
Que el referido “Recurso de afectación específica” resulta un adecuado mecanismo de financiamiento y desarrollo de obras de infraestructura vial, de crucial importancia para el crecimiento del país y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Que en tal sentido y en aras del interés público comprometido, resulta conveniente ampliar el ámbito de aplicación de dicho instrumento de desarrollo a fin de incluir nuevas obras de infraestructura vial, todas ellas prioritarias para el cumplimiento de los objetivos trazados por el Gobierno Nacional.
Que consecuentemente, esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD suscribió en fecha 23 de abril del corriente año, junto al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES y los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, la “ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que por dicho instrumento, se dispuso la incorporación de nuevas obras a las enunciadas en el ANEXO II del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que en ese entendimiento, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha elaborado los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que permitirán contar con los recursos necesarios para el desarrollo de las nuevas obras incluidas.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen Nº 49.226.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto/Ley Nº 505/58, ratificado por Ley Nº 14.467, la Ley Nº 17.520, el Decreto Nº 1.167 de fecha 15 de julio de 1994 y el Decreto Nº 1.020 de fecha 30 de julio de 2009.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la “ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”, celebrada en fecha 23 de abril de 2013 entre esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES y los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 2º — Apruébanse los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución, cuya variación será de aplicación al “Recurso de afectación específica”.
ARTICULO 3° — Los Cuadros Tarifarios que se aprueban en el artículo precedente, deberán darse a conocer a los usuarios por los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS (2) días corridos, en por lo menos DOS (2) de los principales medios periodísticos de zona de influencia de la Concesión, de manera previa a su aplicación.
ARTICULO 4° — Autorízase al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a suscribir con los Entes Concesionarios de los ACCESOS NORTE, OESTE y RICCHIERI, nuevos Acuerdos de incorporación de obras a ejecutarse en la zona de concesión de cada uno de los Entes Concesionarios mencionados, con afectación al “Recurso de afectación específica”.
ARTICULO 5° — Notifíquese a los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA por alguno de los medios previstos en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1.759/72 (T.O. 1991).
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.
Entre la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS”, en adelante la “DNV” representada por su titular, Ingeniero D. Nelson PERIOTTI y el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en adelante el “OCCOVI” representado por su Director Ejecutivo, Ingeniero D. Gustavo GENTILI, por una parte y el Ente Concesionario AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, representado por el Ingeniero D. Marcelo BENAGLIA y el Ente Concesionario GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, representado por el Ingeniero D. Carlos STAINO, en adelante los “ENTES CONCESIONARIOS”, por la otra, conjuntamente denominadas “LAS PARTES”, suscriben la presente ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ, por los motivos que a continuación se enuncian y bajo los términos de las siguientes cláusulas.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.515 de fecha 2 de agosto de 2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto por “LAS PARTES” en fecha 1 de agosto de 2012.
Que por el citado Convenio, la “DNV” dispuso sobre los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI, la percepción de un “Recurso de afectación específica” de aplicación a todas las categorías, el cual es destinado al financiamiento de la obra denominada “AMPLIACION DE LA AVENIDA GENERAL PAZ”, así como al financiamiento de distintas obras que se encuentran enunciadas en el ANEXO II de dicho instrumento, a desarrollarse en las respectivas zonas de concesión con cada uno de los “ENTES CONCESIONARIOS”.
Que el “Recurso de afectación específica” resulta un adecuado mecanismo de financiamiento y desarrollo de obras de infraestructura vial, de crucial importancia para el crecimiento del país y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Que en tal sentido y en aras del interés público comprometido, resulta conveniente ampliar el ámbito de aplicación de dicho instrumento de desarrollo, a fin de incluir nuevas obras de infraestructura vial, todas ellas prioritarias para el cumplimiento de los objetivos trazados por el Gobierno Nacional.
POR ELLO, LAS PARTES ACUERDAN:
CLAUSULA PRIMERA: Incorpórase al ANEXO II del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto por “LAS PARTES” en fecha 1 de agosto de 2012, las obras que se enuncian en la planilla que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
CLAUSULA SEGUNDA: Las nuevas obras a incorporarse que se ejecuten en las zonas de concesión de cada uno de los “ENTES CONCESIONARIOS” o conexas a las mismas, se desarrollarán conforme lo establecido en las cláusulas Segunda, Octava y concordantes del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”, citado precedentemente.
A todo efecto se suscriben en conformidad, CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los 23 días del mes de ABRIL de 2013.
Obras a incluirse al Anexo II del “Convenio para la Ejecución de la Obra de Ampliación de la Av. General Paz” —Obras en zona de Concesión—.
ACCESO NORTE:
• Rotondas puente Olivos y colectora entre Avda. Constituyentes y Avda. Olivos (Km. 36 Ramal Pilar).
• Avda. Patricias Argentinas - Distribuidor, Ramas y Colectoras (Km. 39,95 Ramal Pilar).
• Desagües Avda. Constituyentes (Km. 36,5 - Ramal Pilar).
• Desagües R.N. Nº 197 (Km. 29,5 - Acceso Norte).
• Rotonda R.P. Nº 26 del Ramal Campana (Km. 44 - Ramal Campana).
• Distribuidor Las Magnolias (Km. 50,5 - Ramal Pilar).
• Nuevas ramas Distribuidor R.P. Nº 25 - del Ramal Pilar (Km. 53,6 - Ramal Pilar).
• Doble sentido de Circulación Calzada Descendente Ramal Pilar - Acceso Norte entre PK 33.900 a PL 32.100.
ACCESO OESTE:
• Nueva Rama de Egreso Camino del Buen Ayre ascendente.
• Ampliación Distribuidor Rotatorio R.P. Nº 23 - R.P. Nº 25.
• Ampliación y Modificación Distribuidor Quintana.
• Ampliación Distribuidor Brandsen.
SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución Nº 826/2013
Bs. As., 26/4/2013
VISTO el Expediente Nº 13593/2012, por el que tramita la ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.515 de fecha 2 de agosto de 2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto en fecha 1 de agosto de 2012.
Que por el citado Convenio, esta Dirección Nacional dispuso sobre los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI, la percepción de un “Recurso de Afectación Específica” de aplicación a todas las categorías de sus respectivos Cuadros Tarifarios, el cual es destinado al financiamiento de la obra denominada “AMPLIACION DE LA AVENIDA GENERAL PAZ”, así como al financiamiento de distintas obras que se encuentran enunciadas en el ANEXO II de dicho instrumento, a desarrollarse en las zonas de concesión con cada uno de los Entes Concesionarios.
Que en virtud de ello, mediante la Resolución citada precedentemente y su rectificativa Nº 1572 de fecha 6 de agosto de 2012, se aprobaron los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, resultantes de la implementación del “Recurso de afectación específica”.
Que el referido “Recurso de afectación específica” resulta un adecuado mecanismo de financiamiento y desarrollo de obras de infraestructura vial, de crucial importancia para el crecimiento del país y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Que en tal sentido y en aras del interés público comprometido, resulta conveniente ampliar el ámbito de aplicación de dicho instrumento de desarrollo a fin de incluir nuevas obras de infraestructura vial, todas ellas prioritarias para el cumplimiento de los objetivos trazados por el Gobierno Nacional.
Que consecuentemente, esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD suscribió en fecha 23 de abril del corriente año, junto al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES y los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, la “ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que por dicho instrumento, se dispuso la incorporación de nuevas obras a las enunciadas en el ANEXO II del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”.
Que en ese entendimiento, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES ha elaborado los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que permitirán contar con los recursos necesarios para el desarrollo de las nuevas obras incluidas.
Que la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ha tomado la intervención de su competencia mediante Dictamen Nº 49.226.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto/Ley Nº 505/58, ratificado por Ley Nº 14.467, la Ley Nº 17.520, el Decreto Nº 1.167 de fecha 15 de julio de 1994 y el Decreto Nº 1.020 de fecha 30 de julio de 2009.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1° — Apruébase la “ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”, celebrada en fecha 23 de abril de 2013 entre esta DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES y los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA.
ARTICULO 2º — Apruébanse los Cuadros Tarifarios a ser aplicados al Contrato de Concesión de los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, que como ANEXO forma parte integrante de la presente resolución, cuya variación será de aplicación al “Recurso de afectación específica”.
ARTICULO 3° — Los Cuadros Tarifarios que se aprueban en el artículo precedente, deberán darse a conocer a los usuarios por los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA, a través de su publicación durante DOS (2) días corridos, en por lo menos DOS (2) de los principales medios periodísticos de zona de influencia de la Concesión, de manera previa a su aplicación.
ARTICULO 4° — Autorízase al ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES a suscribir con los Entes Concesionarios de los ACCESOS NORTE, OESTE y RICCHIERI, nuevos Acuerdos de incorporación de obras a ejecutarse en la zona de concesión de cada uno de los Entes Concesionarios mencionados, con afectación al “Recurso de afectación específica”.
ARTICULO 5° — Notifíquese a los Entes Concesionarios AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA y AEC SOCIEDAD ANONIMA por alguno de los medios previstos en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos - Decreto Nº 1.759/72 (T.O. 1991).
ARTICULO 6° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ing. NELSON G. PERIOTTI, Administrador General, Dirección Nacional de Vialidad.
ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ
Entre la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS”, en adelante la “DNV” representada por su titular, Ingeniero D. Nelson PERIOTTI y el ORGANO DE CONTROL DE CONCESIONES VIALES, organismo desconcentrado dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, en adelante el “OCCOVI” representado por su Director Ejecutivo, Ingeniero D. Gustavo GENTILI, por una parte y el Ente Concesionario AUTOPISTAS DEL SOL SOCIEDAD ANONIMA, representado por el Ingeniero D. Marcelo BENAGLIA y el Ente Concesionario GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA, representado por el Ingeniero D. Carlos STAINO, en adelante los “ENTES CONCESIONARIOS”, por la otra, conjuntamente denominadas “LAS PARTES”, suscriben la presente ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ, por los motivos que a continuación se enuncian y bajo los términos de las siguientes cláusulas.
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 1.515 de fecha 2 de agosto de 2012 del Registro de la DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD, se aprobó el “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto por “LAS PARTES” en fecha 1 de agosto de 2012.
Que por el citado Convenio, la “DNV” dispuso sobre los Accesos NORTE, OESTE y RICCHIERI, la percepción de un “Recurso de afectación específica” de aplicación a todas las categorías, el cual es destinado al financiamiento de la obra denominada “AMPLIACION DE LA AVENIDA GENERAL PAZ”, así como al financiamiento de distintas obras que se encuentran enunciadas en el ANEXO II de dicho instrumento, a desarrollarse en las respectivas zonas de concesión con cada uno de los “ENTES CONCESIONARIOS”.
Que el “Recurso de afectación específica” resulta un adecuado mecanismo de financiamiento y desarrollo de obras de infraestructura vial, de crucial importancia para el crecimiento del país y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.
Que en tal sentido y en aras del interés público comprometido, resulta conveniente ampliar el ámbito de aplicación de dicho instrumento de desarrollo, a fin de incluir nuevas obras de infraestructura vial, todas ellas prioritarias para el cumplimiento de los objetivos trazados por el Gobierno Nacional.
POR ELLO, LAS PARTES ACUERDAN:
CLAUSULA PRIMERA: Incorpórase al ANEXO II del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ” suscripto por “LAS PARTES” en fecha 1 de agosto de 2012, las obras que se enuncian en la planilla que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
CLAUSULA SEGUNDA: Las nuevas obras a incorporarse que se ejecuten en las zonas de concesión de cada uno de los “ENTES CONCESIONARIOS” o conexas a las mismas, se desarrollarán conforme lo establecido en las cláusulas Segunda, Octava y concordantes del “CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ”, citado precedentemente.
A todo efecto se suscriben en conformidad, CUATRO (4) ejemplares de un mismo tenor, en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, a los 23 días del mes de ABRIL de 2013.
ANEXO
ADDENDA AL CONVENIO PARA LA EJECUCION DE LA OBRA DE AMPLIACION DE LA AV. GENERAL PAZ
Obras a incluirse al Anexo II del “Convenio para la Ejecución de la Obra de Ampliación de la Av. General Paz” —Obras en zona de Concesión—.
ACCESO NORTE:
• Rotondas puente Olivos y colectora entre Avda. Constituyentes y Avda. Olivos (Km. 36 Ramal Pilar).
• Avda. Patricias Argentinas - Distribuidor, Ramas y Colectoras (Km. 39,95 Ramal Pilar).
• Desagües Avda. Constituyentes (Km. 36,5 - Ramal Pilar).
• Desagües R.N. Nº 197 (Km. 29,5 - Acceso Norte).
• Rotonda R.P. Nº 26 del Ramal Campana (Km. 44 - Ramal Campana).
• Distribuidor Las Magnolias (Km. 50,5 - Ramal Pilar).
• Nuevas ramas Distribuidor R.P. Nº 25 - del Ramal Pilar (Km. 53,6 - Ramal Pilar).
• Doble sentido de Circulación Calzada Descendente Ramal Pilar - Acceso Norte entre PK 33.900 a PL 32.100.
ACCESO OESTE:
• Nueva Rama de Egreso Camino del Buen Ayre ascendente.
• Ampliación Distribuidor Rotatorio R.P. Nº 23 - R.P. Nº 25.
• Ampliación y Modificación Distribuidor Quintana.
• Ampliación Distribuidor Brandsen.
e. 29/04/2013 N° 29702/13 v. 29/04/2013