CINEMATOGRAFIA
Res. 782/88-INC
Actualízanse los aranceles a regir en concepto de 'derecho de calificación' y de 'certificado' a partir del 1º de julio de 1988.
Bs. As., 29/6/88.
VISTO que por el artículo 13 del Decreto Nº 828/84, modificado por el Decreto Nº 3.899/84, se establecen los aranceles a regir en concepto de 'derecho de calificación' y de 'certificado', cuyos montos deben actualizarse trimestralmente, sobre la base de la variación del 'índice de precios por mayor nivel general' y
CONSIDERANDO:
Que por aplicación de la norma enunciada corresponde actualizar los aranceles vigentes para el período julio-setiembre de 1988.
Que la Dirección de Administración ha preparado el correspondiente proyecto de resolución.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE CINEMATOGRAFIA
RESUELVE:
Artículo 1º — Fijar a partir del 1 de julio de 1988, los derechos de calificación y de certificado establecido por el art. 13 del Decreto Nº 828/84, modificado por el Decreto Nº 3.899/84, en los importes que se detallan en el Anexo I que forma parte de la presente resolución.
Art. 2º — Previo conocimiento de la Dirección de Asuntos Jurídicos, pase a la Dirección de la Administración para que tome intervención la Representación del Tribunal de Cuentas de la Nación, cumplido solicítase su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial. — Beatriz K. de Ventura.
PLANILLA ANEXA A LA RESOLUCION Nº 782
DERECHO DE CALIFICACION
a) Películas nacionales: exentas | ||
b) Colas de películas nacionales: exentas | A | 438 |
c) Películas extranjeras | A | 45 |
d) Colas de películas extranjeras | A | 438 |
e) Publicidad comercial |
DERECHO DE CERTIFICADO
a) Aptas para todo público, recomendable para todo público infantil: exentas | ||
b) Aptas para todo público | A | 219 |
c) Sólo aptas para mayores de 13 años | A | 219 |
d) Sólo aptas para mayores de 16 años | A | 219 |
e) Sólo aptas para mayores de 18 años | A | 219 |
f) Sólo aptas para mayores de 18 años, exhibición condicionada | A | 1.094 |