ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
VALOR DE LA MOVILIDAD - ESTABLECESE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Mar-2019
Resumen:
EL VALOR DE LA MOVILIDAD PREVISTA EN EL ARTICULO 1° DE LA LEY N° 27.160 Y SUS MODIFICATORIAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE MARZO DE 2019, ES DE 11,83% (ONCE CON OCHENTA Y TRES POR CIENTO), CONFORME LO PREVISTO EN EL ARTICULO 32 DE LA LEY N° 24.241.