SANIDAD ANIMAL
RES. 360/2001 - EXCEPCION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
29-Mar-2001
Resumen:
EXCEPTUASE A LAS PROVINCIAS DEL CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR DE LA PROHIBICION ESTABLECIDA POR LA RESOLUCION NRO. 360/2001 PARA LOS MOVIMIENTOS DE ANIMALES SUSCEPTIBLES A LA FIEBRE AFTOSA.
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 2º DE LA RESOLUCION Nº 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34