Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL


ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 691/2011

Bs. As., 13/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0203457/2011 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución Nº 223 de fecha 2 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), se aprobó la estructura organizativa de la Unidad de Planificación y Control de Gestión, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos la y II, forman parte integrante de la citada resolución.

Que en dichos Anexos se estableció la necesidad de elaborar las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que regulen las actividades internas a ser aplicadas en el ámbito de la ANAC.

Que la gestión administrativa por procesos estandarizados, garantiza la revisión continua de las actividades que son necesarias para cumplir con las misiones y funciones del Organismo.

Que por tales motivos resulta procedente establecer un proceso documentado para el registro y la tramitación administrativa de las facturas que por diferentes servicios recibe el Organismo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de las acciones asignadas a las diversas dependencias de la ANAC.

Que el Departamento de Normas y Procedimientos Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión, la Dirección Administración Financiera y Control, la Dirección de Compras y Administración de Bienes y la Dirección de Asuntos Jurídicos dependientes de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 2º del “Reglamento de procedimientos administrativos. Decreto Nº 1759/72 t.o. 1991” y del Decreto Nº 1770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACION CIVIL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el Proceso de “REGISTRO Y TRAMITACION DE FACTURAS” que como Anexo forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º — Asígnase a la Dirección de Administración Financiera y Control dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) la responsabilidad de revisión y actualización periódica del proceso aprobado en el artículo precedente.

ARTICULO 3º — Autorízase a la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ANAC a realizar los ajustes, adaptaciones y actualizaciones del proceso descripto en el Anexo a la presente, que resulten indispensables para su aplicación.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese a las áreas relacionadas con las actividades de registro, gestión y pago de facturas, publíquese en la Dirección Nacional de Registro Oficial, gírese al Departamento Normativa Aeronáutica de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ANAC para su inclusión en el Sitio “Web” Institucional de la ANAC y su inclusión en la Biblioteca de Normas y Reglamentos y oportunamente, archívese. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil, ANAC.

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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gov.ar.

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