Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE SALUD


MINISTERIO DE SALUD

Resolución N° 689/2009

Bs. As., 18/5/2009

VISTO el Expediente Nº 2002-18252/08-4 del registro de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 1230 de fecha 28 de octubre de 2008 se aprobó la creación del COMITE DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS DEL MINISTERIO DE SALUD.

Que de acuerdo con los términos del Artículo 4º de dicho acto administrativo, el citado Comité será presidido por el titular de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS y estará integrado por UN (1) representante titular y UNO (1) alterno a propuesta de la SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION y por UN (1) representante titular y UNO (1) alterno a propuesta de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.

Que asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 226 de fecha 6 de marzo de 2009 se amplió la integración de dicho Comité con la incorporación de UN (1) representante titular y DOS (2) alternos del Consejo Federal de Salud (COFESA) y UN (1) representante titular y DOS (2) alternos del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJyP).

Que el COMITE tiene por objeto mantener actualizado el Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público de Gestión Descentralizada en lo que respecta a los valores correspondientes a las prestaciones que integran el mencionado Régimen, así como la incorporación o substitución de módulos, conforme tecnologías novedosas o el más eficaz reagrupamiento de las prestaciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de lo normado por la Ley de Ministerios, T.O. por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992, modificada por la Ley Nº 26.338.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la integración del COMITE DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA que se conformará con los funcionarios que se consignan en el Anexo I de la presente y de acuerdo a las propuestas de las dependencias mencionadas en los considerandos de la presente.

ARTICULO 2º — Los integrantes del Comité se desempeñarán en forma honoraria y sin perjuicio de las tareas propias de sus respectivos cargos, no importando ello erogación fiscal alguna.

ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Lic. MARIA GRACIELA OCAÑA, Ministra de Salud.

ANEXO I

(Anexo sustituido por art. 1º de la Resolución Nº 2207/2010 del Ministerio de Salud B.O. 20/12/2010)

INTEGRACION DEL COMITE DEL REGIMEN DE HOSPITALES PUBLICOS DE GESTION DESCENTRALIZADA

PRESIDENCIA DEL COMITE

- SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS:

Presidente: Secretario de Políticas, Regulación e Institutos.

INTEGRANTES:

- SUBSECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION:

Representante titular: Director Nacional de Regulación Sanitaria y Calidad en Servicios de Salud.

Representante alterno: Director de Calidad en Servicios de Salud.

- SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD:

Representante titular: Gerente de Control Prestacional.

Representante alterno: Gerente de Control Económico Financiero.

- CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA):

Representante titular: Ministro de la provincia de Jujuy.

Representantes alternos: Ministros de las provincias de Mendoza y Neuquén.

- INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS:

Representante titular: Gerente Unidad de Análisis, Estadística y Planeamiento —UAEP—.

Representantes alternos: Jefe Departamento Proyecto Gestión del Conocimiento Investigación Estadística —UAEP—.

Subgerente de Proyecto Gestión del Conocimiento e Investigación Estadística —UAEP—.

e. 26/05/2009 Nº 43412/09 v. 26/05/2009

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