INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 68/2023
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2023
VISTO el Expediente N° 70/2023/INAMU, la Ley 26.801, las Resoluciones 95/17/INAMU y 123/19/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que el artículo 10° de la Ley 26.801 establece la conformación y funcionamiento de la Asamblea Federal.
Que acorde al artículo 9° inciso c) del mismo ordenamiento es función del Directorio “(...) convocar y presidir las sesiones de la Asamblea Federal”.
Que mediante la Resolución 123/19/INAMU se aprobó el Estatuto del Instituto Nacional de la Música, el cual fue ratificado por la Asamblea Federal.
Que conforme al artículo 4º del Estatuto “la Asamblea Federal será convocada por el Directorio al menos una vez al año”.
Que por Resolución 95/17/INAMU se aprobó el Reglamento de funcionamiento de la Asamblea Federal, el cual fue ratificado por unanimidad en la Asamblea Federal realizada el día 3 de mayo de 2017.
Que por los artículos 4° y 5° de dicho Reglamento se establece que “la Asamblea Federal se reunirá al menos una vez al año en la sede que se fije para cada ocasión”, y que “la Asamblea ordinaria se llevará a cabo durante el primer cuatrimestre de cada año”.
Que el artículo 9 de la Resolución precitada, establece que la Asamblea Federal no puede tratar asuntos no previstos en el orden del día para la que fue citada, la cual será confeccionada por el Directorio del INAMU.
Que dentro de dicho marco normativo y conforme la obligación que surge del Reglamento, se aprueba por medio de la presente Resolución la orden del día, estableciendo la temática a ser tratada en la reunión de la Asamblea Federal.
Que los integrantes del Directorio del INAMU fueron designados por Decreto N° 250/2022 de fecha 6 de mayo de 2022, publicado en Boletín Oficial el día 9 de mayo de 2022, por el plazo de 4 años en su cargo.
Que resulta primordial convocar a los integrantes de la Asamblea Federal, cuya función hace a la gestión, buen funcionamiento, transparencia y federalismo del INAMU.
Que dicha Asamblea Federal tendrá lugar el próximo 18 de abril a las 15.00 horas, en la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Resolución Nº 95/17/INAMU.
Que el Área de Asuntos Técnico y Legales y el Área de Administración han tomado la intervención que le compete.
Que se debe dictar resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar por medio fehaciente a los representantes gubernamentales del ámbito de la cultura provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que conformen la Asamblea Federal, la cual tendrá lugar el próximo 18 de abril de 2023 a las 15.00 horas, en la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Resolución Nº 95/17/INAMU.
ARTÍCULO 2.- Comunicar el Orden del Día, a saber: 1) Informe del Directorio; 2) Lectura y consideración de la Memoria, Estados Contables, Patrimonial, Estado de Resultados, Cuadros anexos y notas a los Estados finalizados al 30/12/2022, 3) Presupuesto y Plan de Acción año 2023, 4) Estatuto del Personal del INAMU, 5) Modificación del Estatuto y Reglamento Interno del INAMU, 6) Modificación de la normativa orgánica del INAMU, 7) Modificación del Instructivo de Rendición de Cuentas de Beneficios del INAMU, 8) Instructivos de Presupuesto y Cuenta de Inversión del INAMU, modificación del Instructivo de Procesos Internos del Área de Prensa y Comunicación, modificación del Instructivo de Procesos Internos del Área de Asuntos Técnicos y Legales, modificación del Instructivo de Procesos Internos de Auditoría Interna, modificación del Instructivo de Procedimientos Internos de Tesorería, Instructivo de Procedimientos Internos de Rendiciones, Instructivo de Procedimientos Internos de Sistemas, Instructivo de Funcionamiento Interno de las Coordinaciones Regionales, 9) Puesta en funcionamiento de la Agregadora Digital en la órbita del INAMU, 10) Designación de los representantes de las regiones para el Comité Representativo que se encuentren vacantes, 11) Aprobación de gestión del Directorio.
ARTÍCULO 3.- Autorícese a realizar la contratación de un escribano público, quien deberá concurrir el día 18 de abril de 2023 a la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de participar y tomar la intervención debida en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO 4.- Autorícese al Área de Administración a arbitrar los medios necesarios para solventar los gastos que conlleve la realización de la Asamblea Federal.
ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Bernabé Cantlon - Dora Elena Bogarin
Resolución 68/2023
Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2023
VISTO el Expediente N° 70/2023/INAMU, la Ley 26.801, las Resoluciones 95/17/INAMU y 123/19/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 26.801 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA.
Que el artículo 10° de la Ley 26.801 establece la conformación y funcionamiento de la Asamblea Federal.
Que acorde al artículo 9° inciso c) del mismo ordenamiento es función del Directorio “(...) convocar y presidir las sesiones de la Asamblea Federal”.
Que mediante la Resolución 123/19/INAMU se aprobó el Estatuto del Instituto Nacional de la Música, el cual fue ratificado por la Asamblea Federal.
Que conforme al artículo 4º del Estatuto “la Asamblea Federal será convocada por el Directorio al menos una vez al año”.
Que por Resolución 95/17/INAMU se aprobó el Reglamento de funcionamiento de la Asamblea Federal, el cual fue ratificado por unanimidad en la Asamblea Federal realizada el día 3 de mayo de 2017.
Que por los artículos 4° y 5° de dicho Reglamento se establece que “la Asamblea Federal se reunirá al menos una vez al año en la sede que se fije para cada ocasión”, y que “la Asamblea ordinaria se llevará a cabo durante el primer cuatrimestre de cada año”.
Que el artículo 9 de la Resolución precitada, establece que la Asamblea Federal no puede tratar asuntos no previstos en el orden del día para la que fue citada, la cual será confeccionada por el Directorio del INAMU.
Que dentro de dicho marco normativo y conforme la obligación que surge del Reglamento, se aprueba por medio de la presente Resolución la orden del día, estableciendo la temática a ser tratada en la reunión de la Asamblea Federal.
Que los integrantes del Directorio del INAMU fueron designados por Decreto N° 250/2022 de fecha 6 de mayo de 2022, publicado en Boletín Oficial el día 9 de mayo de 2022, por el plazo de 4 años en su cargo.
Que resulta primordial convocar a los integrantes de la Asamblea Federal, cuya función hace a la gestión, buen funcionamiento, transparencia y federalismo del INAMU.
Que dicha Asamblea Federal tendrá lugar el próximo 18 de abril a las 15.00 horas, en la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Resolución Nº 95/17/INAMU.
Que el Área de Asuntos Técnico y Legales y el Área de Administración han tomado la intervención que le compete.
Que se debe dictar resolución al respecto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Convocar por medio fehaciente a los representantes gubernamentales del ámbito de la cultura provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a que conformen la Asamblea Federal, la cual tendrá lugar el próximo 18 de abril de 2023 a las 15.00 horas, en la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Resolución Nº 95/17/INAMU.
ARTÍCULO 2.- Comunicar el Orden del Día, a saber: 1) Informe del Directorio; 2) Lectura y consideración de la Memoria, Estados Contables, Patrimonial, Estado de Resultados, Cuadros anexos y notas a los Estados finalizados al 30/12/2022, 3) Presupuesto y Plan de Acción año 2023, 4) Estatuto del Personal del INAMU, 5) Modificación del Estatuto y Reglamento Interno del INAMU, 6) Modificación de la normativa orgánica del INAMU, 7) Modificación del Instructivo de Rendición de Cuentas de Beneficios del INAMU, 8) Instructivos de Presupuesto y Cuenta de Inversión del INAMU, modificación del Instructivo de Procesos Internos del Área de Prensa y Comunicación, modificación del Instructivo de Procesos Internos del Área de Asuntos Técnicos y Legales, modificación del Instructivo de Procesos Internos de Auditoría Interna, modificación del Instructivo de Procedimientos Internos de Tesorería, Instructivo de Procedimientos Internos de Rendiciones, Instructivo de Procedimientos Internos de Sistemas, Instructivo de Funcionamiento Interno de las Coordinaciones Regionales, 9) Puesta en funcionamiento de la Agregadora Digital en la órbita del INAMU, 10) Designación de los representantes de las regiones para el Comité Representativo que se encuentren vacantes, 11) Aprobación de gestión del Directorio.
ARTÍCULO 3.- Autorícese a realizar la contratación de un escribano público, quien deberá concurrir el día 18 de abril de 2023 a la sede del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, sito en la calle Hipólito Yrigoyen 1628, Piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los efectos de participar y tomar la intervención debida en el marco de sus competencias.
ARTÍCULO 4.- Autorícese al Área de Administración a arbitrar los medios necesarios para solventar los gastos que conlleve la realización de la Asamblea Federal.
ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Bernabé Cantlon - Dora Elena Bogarin
e. 30/03/2023 N° 20730/23 v. 30/03/2023