Secretaría de Trabajo
UNIDADES DE EMERGENCIAS LEGALES
Resolución 68/2003
Créase la Coordinación General de la Unidad de Emergencias Legales en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y desígnase a su titular.
Bs. As., 18/2/2003
VISTO el Decreto N° 204, de fecha 4 de febrero de 2003; la Resolución MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 84, de fecha 14 de febrero de 2003; la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO N° 67, de fecha 14 de febrero de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el VISTO se constituyeron en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y del MINISTERIO DE LA PRODUCCION sendas UNIDADES DE EMERGENCIAS LEGALES con el objetivo de procurar una conciliación entre deudores y acreedores hipotecarios a solicitud de los mismos en forma voluntaria y gratuita.
Que en lo que respecta a esta Cartera, el procedimiento de conciliación creado, está destinado a personas físicas con deudas con garantía hipotecaria, sobre su única vivienda, familiar y de ocupación permanente, que hayan tomado créditos en origen de hasta CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000.-) o CINCUENTA MIL DOLARES (U$S 50.000.-), habiéndose cancelado al menos un VEINTE POR CIENTO (20%) del mutuo Hipotecario.
Que por Resolución MTE y SS N° 84/03 se reglamentó el Decreto N° 204/03 determinándose por dicho cuerpo legal que en el ámbito de esta Jurisdicción, la UNIDAD DE EMERGENCIAS LEGALES funcionará bajo la órbita de la SECRETARIA DE TRABAJO, la cual se encuentra facultada para asignar a las personas que la integrarán.
Que por el artículo 1° de la Resolución S.T. N° 67/03 se estableció que la UNIDAD DE EMERGENCIAS LEGALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL estará compuesta, por la COORDINACION DE ACCIONES CONCILIATORIAS, la UNIDAD DE AUDITORIA y las UNIDADES DE CONCILIACION.
Que para unificar, supervisar y coordinar las acciones de las Unidades anteriormente mencionadas, es necesario crear la COORDINACION GENERAL de la UNIDAD DE EMERGENCIA LEGAL de esta Cartera de Estado, asignándose dicha función a una persona que reúna los requisitos de idoneidad para cumplirla.
Que el Dr. Guillermo Esteban Jesús ALONSO NAVONE (D.N.I. N° 10.126.173 — Nivel A — Grado 6) reúne las condiciones para cumplir la función encomendada.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 12° de la Resolución MTE y SS N° 84/03.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1° — Créase en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la COORDINACION GENERAL de la UNIDAD DE EMERGENCIAS LEGALES.
Art. 2° — Asígnese al Dr. Guillermo Esteban Jesús ALONSO NAVONE (D.N.I. N° 10.126.173 — Nivel A — Grado 6) la función de COORDINADOR GENERAL de la UNIDAD DE EMERGENCIAS LEGALES del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 3° — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Noemí Rial.