CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES
Resolución 67/2021
RESOL-2021-67-APN-CNCPS#PTE
Ciudad de Buenos Aires, 31/05/2021
VISTO el EX-2021-66539403-APN-DDYME#CNCPS, el Decreto N° 357 del 22 de febrero de 2002, el Decreto N° 880 de fecha 21 de julio de 2016, el Decreto Nº 598 de fecha 16 de julio de 2020, el Decreto 667 del 13 de agosto de 2020, el Decreto 299/2021 y;
CONSIDERANDO:
Que la UMET es una Institución Educativa de Nivel Superior, creada por la Fundación Octubre Trabajadores de Edificios, con el fin de desarrollar acciones educativas, culturales, de investigación, capacitación, y transferencia de conocimientos y tecnología, tendiente al desarrollo humano, profesional y social de los/as trabajadores/as y de su grupo familiar. En tal inteligencia, propone formar profesionales con idoneidad, sensibilidad, compromiso con su comunidad y conocimientos sólidos para generar respuestas adecuadas a las nuevas demandas de un mundo en constante transformación.
Que el funcionamiento de la UMET, ha sido autorizada mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional n° 1641, del 10 de setiembre de 2012, previa Resolución CONEAU n° 596/12, recomendando al Ministerio de Educación el reconocimiento de la misma y Resolución n° 87/2013 del Ministerio de Educación de la Nación, de fecha 1-2-2013.
Que, los fines de la UMET resultan congruentes con las funciones del CNCPS, en tanto su estatuto prevé objetivos de cooperación técnica, capacitación y fortalecimiento de las instituciones u organizaciones de la sociedad y el sector privado.
Que mediante el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con el objeto de constituir un ámbito de planificación y coordinación de la política social nacional para mejorar la gestión de gobierno, mediante la formulación de políticas y la definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de los recursos.
Que obra agregado a las actuaciones el CONVE-2021-44295069-APN-DNCYPNPS#CNCPS, que contiene el “Convenio Marco de Cooperación Técnica y Fortalecimiento entre la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales”, suscripto el 17 de mayo del corriente año entre este CNCPS y la UMET, tendiente a aunar medios y esfuerzos para el desarrollo de las actividades de cooperación, con la finalidad de alcanzar objetivos comunes a ambas instituciones.
Que el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, en el marco de sus competencias y atribuciones, -con previa intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación- firmo el referido convenio.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, ha tomado la intervención que por competencia corresponde.
Que, consecuentemente, corresponde aprobar dicho acto, en función de la importancia que reviste para las acciones de este Consejo Nacional.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos N° 357/2002 y sus modificatorias y la Resolución RESOL-2019-148-APN-CNCPS#PTE.
Por ello:
LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar, el “Convenio Marco de Cooperación Técnica y Fortalecimiento entre la Universidad Metropolitana para la Educación y el Trabajo y el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales”, suscripto el 17/5/2021 (CONVE-2021-44295069-APN-DNCYPNPS#CNCPS), que como Anexo I se adjunta a la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Victoria Tolosa Paz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/06/2021 N° 38067/21 v. 07/06/2021
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)