Presidencia de la Nación

ORG. REG. DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS


Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos

AEROPUERTOS

Resolución 66/2008

Prorrógase la entrada en vigencia del "Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias", aprobado por la Resolución 22/2008.

Bs. As., 29/8/2008

VISTO el Expediente Nº 338/07 del Registro del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto Nº 375 de fecha 24 de abril de 1997, el Decreto Nº 500 de fecha 2 de junio de 1997, ambos ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27 de agosto de 1997, el Decreto Nº 163 de fecha 11 de febrero de 1998, el Decreto Nº 642 de fecha 19 de marzo de 2003, el Decreto Nº 1799 de fecha 4 de diciembre de 2007, la Resolución ORSNA Nº 22 de fecha 25 de marzo de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO tramitan las actuaciones referidas al "Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias" por parte de AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por Resolución ORSNA Nº 22/08, en cumplimiento a lo dispuesto por el Numeral 21 de la Parte Cuarta del Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Concesión, ratificada por Decreto Nº 1799/07.

Que la reglamentación en cuestión contempla la creación de una Base de Datos la cual está siendo desarrollada por el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), así como la implementación del Procedimiento de Funcionamiento y utilización de dicha Base.

Que por su parte el Artículo 2º de la mencionada medida establecía que el "Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias" entrará en vigencia a los CUARENTA (40) días hábiles de efectuada su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA.

Que por Resolución ORSNA Nº se prorrogó por SESENTA (60) días hábiles la entrada en vigencia del "Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias" aprobado por Resolución ORSNA Nº 22/08, ya que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se encontraba abocado a desarrollar la Base de Datos mencionada.

Que el DEPARTAMENTO DE INFORMATICA Y SISTEMAS del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se encuentra desarrollando la Base de Datos, razón por la cual surge la necesidad de contar con un mayor tiempo para implementar la misma, toda vez que en el mes de septiembre se realizará una prueba de un Servidor de Enlace a fin de evaluar el correcto funcionamiento del sistema, concluyendo que resulta conveniente prorrogar la entrada en vigencia del Reglamento referido por el plazo de SESENTA (60) días.

Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS es competente para el dictado de la presente medida conforme lo establece el Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y demás normativa citada precedentemente.

Que en Reunión de Directorio de fecha 27 de agosto de 2008 se ha considerado el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Prorrogar por SESENTA (60) días hábiles la entrada en vigencia del "Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias" aprobado por Resolución ORSNA Nº 22/08 por las razones expuestas en los Considerandos de la presente medida.

Art. 2º — Regístrese, notifíquese al Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA. Póngase en conocimiento de los integrantes del CONSEJO ASESOR del Organismo Regulador. Publíquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Horacio A. Orefice.

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