MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
Resolución 634/2022
RESOL-2022-634-APN-MMGYD
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2022
VISTO el Expediente EX-2020-31604787- -APN-SSGA#MMGYD-, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), la Decisión Administrativa N° 279 del 3 de marzo de 2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros; la Resolución N° 23 del 21 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución MMGYD N° 23/2020 (RESOL-2020-23-APN-MMGYD) se creó el “Registro nacional de promotoras y promotores territoriales de género y diversidad a nivel comunitario” con el objetivo de “a) fortalecer la promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad en todo el país; b) promover la articulación de una red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad a nivel comunitario (…); c) brindar herramientas y recursos para la formación y capacitación continua de todas las personas inscriptas en el Registro (…); d) articular con las personas inscriptas en el Registro las distintas políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y las políticas de igualdad y diversidad que lleva adelante este Ministerio” (cfr. artículo 1).
Que la puesta en funcionamiento del Registro requirió una articulación y coordinación fluida entre distintas áreas del MINISTERIO, en particular, la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORAS Y ASESORES y la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
Que de la experiencia adquirida resulta necesario determinar las responsabilidades de cada una de las áreas intervinientes a fin de simplificar y agilizar el funcionamiento, así como también, establecer un procedimiento administrativo, explicitar los criterios que regirán la inscripción, el funcionamiento del Registro y el formulario de inscripción.
Que la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORAS Y ASESORES tiene entre sus funciones coordinar e instrumentar las herramientas de relevamiento y registro de la información estadística en materia de género, igualdad y diversidad; “[a]administrar las bases de datos y registros bajo la competencia del Ministerio, incluyendo la actualización, optimización y digitalización de los mismos” y “[p]programar metodologías de sistematización de información para las distintas áreas del Ministerio que lo requieran” (cfr. Anexo II, Decisión Administrativa N° 279/2020).
Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD de este MINISTERIO tiene entre sus competencias la articulación y transversalización de las políticas públicas de igualdad de géneros (cfr. Anexo II, Decisión Administrativa N° 279/2020).
Que, en este sentido, la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS tiene a cargo el diseño, desarrollo y administración del sistema de gestión de la información del Registro, conforme las responsabilidades detalladas en el Reglamento del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que se aprueba como Anexo I por la presente Resolución.
Que, por su parte, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD es responsable de la implementación y cumplimiento de los objetivos del Registro Nacional; de las acciones y articulaciones para brindar herramientas de formación y capacitación de quienes se inscriban en el Registro, así como también, de la verificación del cumplimiento de los requisitos para la inscripción en el Registro, conforme el artículo 2 de la Resolución MMGYD N° 23/2020 y en los términos establecidos en el Anexo I que se aprueba mediante esta Resolución.
Que, por su parte, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD han tomado las intervenciones de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 23 ter, incisos 7) y 8) del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992).
Por ello,
LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Apruébese el Reglamento del Registro nacional de promotoras y promotores territoriales de género y diversidad a nivel comunitario, que fuera creado por Resolución 23/2020 MMGYD que, como Anexo I registrado bajo el número de IF-2022-91048966-APN-SPIYD#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. - Apruébese el Formulario de inscripción al Registro de Promotoras y Promotores Territoriales y de Género y Diversidad a nivel comunitario que, como Anexo II registrado bajo el número IF-2022-91050872-APN-SPIYD#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°. - La DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS tendrá a cargo el diseño, desarrollo y administración del sistema de gestión de la información del Registro.
ARTÍCULO 4°. – La SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD tendrá a su cargo la implementación y cumplimiento de los objetivos del Registro Nacional; las acciones y articulaciones para brindar herramientas de formación y capacitación de quienes se inscriban en el Registro, la verificación del cumplimiento de los requisitos para la inscripción en el Registro, conforme el artículo 2 de la Resolución MMGYD N° 23/2020 y en los términos establecidos en el Anexo I que se aprueba mediante esta Resolución.
ARTÍCULO 5°. -La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna.
ARTÍCULO 6°. - La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Elizabeth Gómez Alcorta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
I. OBJETIVO Y PRESENTACIÓN.
El presente documento tiene por objeto reglamentar la administración y funcionamiento del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario, que fuera creado por la Resolución N° 23 de fecha 18 de mayo de 2020 del Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad.
El Registro es de carácter federal y voluntario y tiene por finalidad promover la construcción de una Red en la que estén presentes la solidaridad intergeneracional y la participación activa de las personas en materia de políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y de las políticas de igualdad y diversidad, como así también su divulgación y su uso efectivo en las comunidades.
En este sentido, las áreas intervinientes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad tendrán a su cargo el diseño y ejecución de actividades en el marco del Registro. Asimismo, serán responsables de promover el crecimiento y el desenvolvimiento de la red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad a nivel comunitario.
A tales efectos, se crea el sitio web del Registro Nacional de Promotoras/es Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que tiene como objetivo primordial ser un espacio de acceso a las políticas que lleva a cabo este Ministerio, a los contenidos de las capacitaciones ofrecidas y un ámbito de intercambio y de consulta mutua.
Asimismo, en este documento se definen los requisitos y el procedimiento para la inscripción en el Registro de todas las personas interesadas en formar parte.
Finalmente, se incluye el siguiente anexo que forma parte integrante de este Reglamento:
Anexo I: Formulario de inscripción al Registro.
II. RESPONSABILIDADES.
La SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD, tiene a su cargo:
La DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS, que depende de la Unidad de Gabinete de Asesores, tiene a su cargo:
La DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, que depende de la Subsecretaría de Gestión Administrativa, tiene a su cargo:
III. DE LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO.
Las personas interesadas en formar parte del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario deberán:
En caso que una persona que se haya inscripto para ser promotor/a requiera la actualización de su información, o de alguno de los datos, la realice a través de un pedido expreso a vía correo electrónico a [email protected] Este correo será reenviado por GDE desde la Secretaría de Políticas de Igualdad y Diversidad a la Dirección Técnica de Registros y Base de Datos para la pertinente actualización.
IV. DE LA CERTIFICACIÓN SOLICITADA EN EL ARTÍCULO 2° DE LA RESOLUCIÓN MMGYD N° 23/2020.
Al momento de solicitar la inscripción en el Registro, la persona interesada, deberá acompañar la documentación que certifique formación o capacitación en promoción comunitaria en materia de género y/o diversidad, expedido por algún organismo nacional, provincial o municipal con competencia en la materia o por alguna organización de la sociedad civil con reconocida trayectoria en la promoción de derechos como lo indica el artículo 2° de la Resolución MMGyD N° 23/2020.
Toda certificación presentada en el marco de la inscripción al Registro Nacional de Promotoras Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario, se presumirá válida hasta el momento en el que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD las revise y, en su caso, apruebe u observe falencias. Sólo en este último supuesto se pondrá en contacto con la persona interesada en inscribirse como promotor/a a la que se le solicitará que subsane la deficiencia de la documentación señalada precedentemente. Esta comunicación será efectuada por correo electrónico proporcionado. Asimismo, se le informará del catálogo de posibilidades de cursos de formación sobre la materia. Las personas que no cumplieran con la subsanación y/o no contaran con una certificación acorde a los requisitos establecidos en el artículo 2° de la Resolución MMGyD N° 23/2020, obtendrán una inscripción provisoria al Registro.
Esta inscripción provisoria será por el término de NOVENTA (90) DÍAS contados a partir del envío del correo electrónico mediante el que se informaron las observaciones a la documentación. En esa misma notificación se informará: un listado de capacitaciones o formaciones en la materia; el plazo para cumplimentar la formación y que, en caso de no hacerlo, se dará de baja la solicitud de inscripción.
V. DE LA PERMANENCIA.
La persona que deseare solicitar la baja del Registro tendrá a disposición la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. También podrán hacerlo de manera presencial presentando una nota firmada en la mesa de entradas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, quien deberá comunicar tal decisión a Dirección Técnica de Registros y Bases de Datos.
La nota deberá contener: el pedido de baja; indicando nombre, apellido y DNI; y un número de teléfono o correo electrónico.
Por su parte, cuando sea la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD la que detecte la necesidad de dar de baja del Registro a una persona, lo deberá requerir vía GDE a la Dirección Técnica de Registros y Bases de Datos.
VI. DE LA HERRAMIENTA MICROSITIO DEL REGISTRO NACIONAL DE PROMOTORAS TERRITORIALES DE GÉNERO A NIVEL COMUNITARIO.
A- FUNDAMENTO.
Como lo expresa la Resolución N° 23/2020 del Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad, el Registro busca coordinar y articular acciones participativas a nivel nacional con las personas que llevan adelante tareas de promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad.
A tal efecto, se desarrollará una herramienta denominada Micrositio, como así también materiales gráficos y audiovisuales y todo aquello atinente a lograr tal finalidad.
B - MICROSITIO.
El sitio web del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Géneros y Diversidad a Nivel Comunitario, tiene por objeto ser un espacio de participación multisectorial al que accedan todas las personas interesadas.
El Micrositio contará con material específico en materia de derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales) derechos específicos de las mujeres y LGBTIQ+ reconocidos a nivel (nacional, regional e internacional); contenidos gráficos y audiovisuales, la agenda de actividades, Encuentros, Programas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y todo aquello que se considere de utilidad para llevar adelante su objetivo.
Herramientas de Desarrollo:
El desarrollo del Sitio Web funcionará con HTML Y CSS para el frontend (con posibilidades de utilizar SasS) y con php y Laravel para el Backend. La información contenida en el propio del Sitio web.
Resolución 634/2022
RESOL-2022-634-APN-MMGYD
Ciudad de Buenos Aires, 15/09/2022
VISTO el Expediente EX-2020-31604787- -APN-SSGA#MMGYD-, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), la Decisión Administrativa N° 279 del 3 de marzo de 2020 de Jefatura de Gabinete de Ministros; la Resolución N° 23 del 21 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución MMGYD N° 23/2020 (RESOL-2020-23-APN-MMGYD) se creó el “Registro nacional de promotoras y promotores territoriales de género y diversidad a nivel comunitario” con el objetivo de “a) fortalecer la promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad en todo el país; b) promover la articulación de una red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad a nivel comunitario (…); c) brindar herramientas y recursos para la formación y capacitación continua de todas las personas inscriptas en el Registro (…); d) articular con las personas inscriptas en el Registro las distintas políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y las políticas de igualdad y diversidad que lleva adelante este Ministerio” (cfr. artículo 1).
Que la puesta en funcionamiento del Registro requirió una articulación y coordinación fluida entre distintas áreas del MINISTERIO, en particular, la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORAS Y ASESORES y la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
Que de la experiencia adquirida resulta necesario determinar las responsabilidades de cada una de las áreas intervinientes a fin de simplificar y agilizar el funcionamiento, así como también, establecer un procedimiento administrativo, explicitar los criterios que regirán la inscripción, el funcionamiento del Registro y el formulario de inscripción.
Que la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORAS Y ASESORES tiene entre sus funciones coordinar e instrumentar las herramientas de relevamiento y registro de la información estadística en materia de género, igualdad y diversidad; “[a]administrar las bases de datos y registros bajo la competencia del Ministerio, incluyendo la actualización, optimización y digitalización de los mismos” y “[p]programar metodologías de sistematización de información para las distintas áreas del Ministerio que lo requieran” (cfr. Anexo II, Decisión Administrativa N° 279/2020).
Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD de este MINISTERIO tiene entre sus competencias la articulación y transversalización de las políticas públicas de igualdad de géneros (cfr. Anexo II, Decisión Administrativa N° 279/2020).
Que, en este sentido, la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS tiene a cargo el diseño, desarrollo y administración del sistema de gestión de la información del Registro, conforme las responsabilidades detalladas en el Reglamento del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que se aprueba como Anexo I por la presente Resolución.
Que, por su parte, la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD es responsable de la implementación y cumplimiento de los objetivos del Registro Nacional; de las acciones y articulaciones para brindar herramientas de formación y capacitación de quienes se inscriban en el Registro, así como también, de la verificación del cumplimiento de los requisitos para la inscripción en el Registro, conforme el artículo 2 de la Resolución MMGYD N° 23/2020 y en los términos establecidos en el Anexo I que se aprueba mediante esta Resolución.
Que, por su parte, la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE MUJERES, GÉNERO Y DIVERSIDAD han tomado las intervenciones de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 23 ter, incisos 7) y 8) del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992).
Por ello,
LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD
RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Apruébese el Reglamento del Registro nacional de promotoras y promotores territoriales de género y diversidad a nivel comunitario, que fuera creado por Resolución 23/2020 MMGYD que, como Anexo I registrado bajo el número de IF-2022-91048966-APN-SPIYD#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°. - Apruébese el Formulario de inscripción al Registro de Promotoras y Promotores Territoriales y de Género y Diversidad a nivel comunitario que, como Anexo II registrado bajo el número IF-2022-91050872-APN-SPIYD#MMGYD, forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°. - La DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS tendrá a cargo el diseño, desarrollo y administración del sistema de gestión de la información del Registro.
ARTÍCULO 4°. – La SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD tendrá a su cargo la implementación y cumplimiento de los objetivos del Registro Nacional; las acciones y articulaciones para brindar herramientas de formación y capacitación de quienes se inscriban en el Registro, la verificación del cumplimiento de los requisitos para la inscripción en el Registro, conforme el artículo 2 de la Resolución MMGYD N° 23/2020 y en los términos establecidos en el Anexo I que se aprueba mediante esta Resolución.
ARTÍCULO 5°. -La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna.
ARTÍCULO 6°. - La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 7°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Elizabeth Gómez Alcorta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/09/2022 N° 73777/22 v. 16/09/2022
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)
Anexo I
Reglamento del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario.
I. OBJETIVO Y PRESENTACIÓN.
El presente documento tiene por objeto reglamentar la administración y funcionamiento del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario, que fuera creado por la Resolución N° 23 de fecha 18 de mayo de 2020 del Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad.
El Registro es de carácter federal y voluntario y tiene por finalidad promover la construcción de una Red en la que estén presentes la solidaridad intergeneracional y la participación activa de las personas en materia de políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y de las políticas de igualdad y diversidad, como así también su divulgación y su uso efectivo en las comunidades.
En este sentido, las áreas intervinientes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad tendrán a su cargo el diseño y ejecución de actividades en el marco del Registro. Asimismo, serán responsables de promover el crecimiento y el desenvolvimiento de la red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad a nivel comunitario.
A tales efectos, se crea el sitio web del Registro Nacional de Promotoras/es Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que tiene como objetivo primordial ser un espacio de acceso a las políticas que lleva a cabo este Ministerio, a los contenidos de las capacitaciones ofrecidas y un ámbito de intercambio y de consulta mutua.
Asimismo, en este documento se definen los requisitos y el procedimiento para la inscripción en el Registro de todas las personas interesadas en formar parte.
Finalmente, se incluye el siguiente anexo que forma parte integrante de este Reglamento:
Anexo I: Formulario de inscripción al Registro.
II. RESPONSABILIDADES.
La SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD, tiene a su cargo:
• Revisar las certificaciones que acreditan formación o capacitación en promoción comunitaria en materia de género y/o diversidad.
• Crear y actualizar los contenidos del Micrositio del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que se incluirán en el sitio de argentina.gob.ar;
• Desarrollar acciones de fortalecimiento de promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad en todo el país;
• Promover la articulación de la red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad con los organismos provinciales y locales con competencia en la materia y con las organizaciones de la sociedad civil;
• Brindar herramientas y recursos para la construcción continua de saberes;
• Dar a conocer a través de las personas inscriptas en el Registro, las políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y las políticas de igualdad y diversidad que lleva adelante este Ministerio;
• Enviar a la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS la comunicación por GDE con el listado de promotoras/es que fueron admitidas, rechazadas y aquellas que cuentan con una inscripción provisoria (en este último caso, indicando el plazo con el que cuentan para subsanar las observaciones en la documentación) para que la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS haga los cambios solicitados en la base de datos del registro;
• Solicitar por GDE a la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS los cambios en el padrón de promotores/as.
• Asignar recursos para la compaginación, análisis y guarda de toda la información (Excel y archivos adjuntos) recolectada a través del formulario de inscripción publicado en www.argentina.gob.ar, enviada semanalmente por la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
• Crear y actualizar los contenidos del Micrositio del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario que se incluirán en el sitio de argentina.gob.ar;
• Desarrollar acciones de fortalecimiento de promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad en todo el país;
• Promover la articulación de la red nacional de promotoras y promotores territoriales en materia de género y diversidad con los organismos provinciales y locales con competencia en la materia y con las organizaciones de la sociedad civil;
• Brindar herramientas y recursos para la construcción continua de saberes;
• Dar a conocer a través de las personas inscriptas en el Registro, las políticas de prevención y erradicación de las violencias por motivos de género y las políticas de igualdad y diversidad que lleva adelante este Ministerio;
• Enviar a la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS la comunicación por GDE con el listado de promotoras/es que fueron admitidas, rechazadas y aquellas que cuentan con una inscripción provisoria (en este último caso, indicando el plazo con el que cuentan para subsanar las observaciones en la documentación) para que la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS haga los cambios solicitados en la base de datos del registro;
• Solicitar por GDE a la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS los cambios en el padrón de promotores/as.
• Asignar recursos para la compaginación, análisis y guarda de toda la información (Excel y archivos adjuntos) recolectada a través del formulario de inscripción publicado en www.argentina.gob.ar, enviada semanalmente por la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
La DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS, que depende de la Unidad de Gabinete de Asesores, tiene a su cargo:
• Administrar la base de datos del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Elaborar el sistema de gestión de la información del Registro y documentarlo de acuerdo a los Estándares para Desarrollo de Sistemas elaborado por la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
• Supervisar el correcto funcionamiento de las funcionalidades técnicas del sistema.
• Recibir el export del formulario de argentina.gob.ar, que envía la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, por mail, con las cantidad de promotoras/es inscriptas/os;
• Recibir la comunicación por GDE que envía la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD con el listado de promotoras/es que fueron admitidas, rechazadas y aquellas que cuentan con una inscripción provisoria (en este último caso, indicando el plazo con el que cuentan para subsanar las observaciones en la documentación) para realizar los cambios solicitados en la base de datos del registro;
• Realizar cambios en el padrón de promotores/as, a partir de la solicitud vía GDE de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD;
• Enviar periódicamente el reporte estadístico a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
• Elaborar el sistema de gestión de la información del Registro y documentarlo de acuerdo a los Estándares para Desarrollo de Sistemas elaborado por la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones.
• Supervisar el correcto funcionamiento de las funcionalidades técnicas del sistema.
• Recibir el export del formulario de argentina.gob.ar, que envía la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, por mail, con las cantidad de promotoras/es inscriptas/os;
• Recibir la comunicación por GDE que envía la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD con el listado de promotoras/es que fueron admitidas, rechazadas y aquellas que cuentan con una inscripción provisoria (en este último caso, indicando el plazo con el que cuentan para subsanar las observaciones en la documentación) para realizar los cambios solicitados en la base de datos del registro;
• Realizar cambios en el padrón de promotores/as, a partir de la solicitud vía GDE de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD;
• Enviar periódicamente el reporte estadístico a la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
La DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES, que depende de la Subsecretaría de Gestión Administrativa, tiene a su cargo:
• Proveer los servicios para el almacenamiento de la base de datos del sistema de Registro Nacional de Promotoras Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Proveer los servicios de resguardo de la base de datos del sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Proveer los servicios de hosting y dominio para el sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Garantizar el almacenamiento y resguardo de las distintas versiones de sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Instalar las nuevas versiones de sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario enviadas por la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS;
• Determinar las políticas de seguridad para la publicación del sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Proveer los servicios de comunicaciones para el sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Programar y administrar las distintas versiones de formulario publicado en el Portal Oficial del Estado argentino www.argentina.gob.ar;
• Extraer con una frecuencia semanal, la información recolectada a través del formulario publicado en www.argentina.gob.ar y enviar en formato Excel a las personas designadas por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
• Proveer los servicios de resguardo de la base de datos del sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Proveer los servicios de hosting y dominio para el sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Garantizar el almacenamiento y resguardo de las distintas versiones de sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Instalar las nuevas versiones de sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario enviadas por la DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTROS Y BASES DE DATOS;
• Determinar las políticas de seguridad para la publicación del sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Proveer los servicios de comunicaciones para el sistema de Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario;
• Programar y administrar las distintas versiones de formulario publicado en el Portal Oficial del Estado argentino www.argentina.gob.ar;
• Extraer con una frecuencia semanal, la información recolectada a través del formulario publicado en www.argentina.gob.ar y enviar en formato Excel a las personas designadas por la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD.
III. DE LOS REQUISITOS Y EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL REGISTRO.
Las personas interesadas en formar parte del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario deberán:
a) Ingresar al formulario cerrado, Anexo I del presente, disponible en la página web del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a través de www.argentina.gob.ar/
b) Completar el formulario con los datos solicitados y anexar la documentación requerida en el mismo, que tendrán carácter de declaración jurada.
b) Completar el formulario con los datos solicitados y anexar la documentación requerida en el mismo, que tendrán carácter de declaración jurada.
En caso que una persona que se haya inscripto para ser promotor/a requiera la actualización de su información, o de alguno de los datos, la realice a través de un pedido expreso a vía correo electrónico a [email protected] Este correo será reenviado por GDE desde la Secretaría de Políticas de Igualdad y Diversidad a la Dirección Técnica de Registros y Base de Datos para la pertinente actualización.
IV. DE LA CERTIFICACIÓN SOLICITADA EN EL ARTÍCULO 2° DE LA RESOLUCIÓN MMGYD N° 23/2020.
Al momento de solicitar la inscripción en el Registro, la persona interesada, deberá acompañar la documentación que certifique formación o capacitación en promoción comunitaria en materia de género y/o diversidad, expedido por algún organismo nacional, provincial o municipal con competencia en la materia o por alguna organización de la sociedad civil con reconocida trayectoria en la promoción de derechos como lo indica el artículo 2° de la Resolución MMGyD N° 23/2020.
Toda certificación presentada en el marco de la inscripción al Registro Nacional de Promotoras Territoriales de Género y Diversidad a Nivel Comunitario, se presumirá válida hasta el momento en el que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD las revise y, en su caso, apruebe u observe falencias. Sólo en este último supuesto se pondrá en contacto con la persona interesada en inscribirse como promotor/a a la que se le solicitará que subsane la deficiencia de la documentación señalada precedentemente. Esta comunicación será efectuada por correo electrónico proporcionado. Asimismo, se le informará del catálogo de posibilidades de cursos de formación sobre la materia. Las personas que no cumplieran con la subsanación y/o no contaran con una certificación acorde a los requisitos establecidos en el artículo 2° de la Resolución MMGyD N° 23/2020, obtendrán una inscripción provisoria al Registro.
Esta inscripción provisoria será por el término de NOVENTA (90) DÍAS contados a partir del envío del correo electrónico mediante el que se informaron las observaciones a la documentación. En esa misma notificación se informará: un listado de capacitaciones o formaciones en la materia; el plazo para cumplimentar la formación y que, en caso de no hacerlo, se dará de baja la solicitud de inscripción.
V. DE LA PERMANENCIA.
La persona que deseare solicitar la baja del Registro tendrá a disposición la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. También podrán hacerlo de manera presencial presentando una nota firmada en la mesa de entradas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, quien deberá comunicar tal decisión a Dirección Técnica de Registros y Bases de Datos.
La nota deberá contener: el pedido de baja; indicando nombre, apellido y DNI; y un número de teléfono o correo electrónico.
Por su parte, cuando sea la SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD la que detecte la necesidad de dar de baja del Registro a una persona, lo deberá requerir vía GDE a la Dirección Técnica de Registros y Bases de Datos.
VI. DE LA HERRAMIENTA MICROSITIO DEL REGISTRO NACIONAL DE PROMOTORAS TERRITORIALES DE GÉNERO A NIVEL COMUNITARIO.
A- FUNDAMENTO.
Como lo expresa la Resolución N° 23/2020 del Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad, el Registro busca coordinar y articular acciones participativas a nivel nacional con las personas que llevan adelante tareas de promoción comunitaria y territorial en materia de género y diversidad.
A tal efecto, se desarrollará una herramienta denominada Micrositio, como así también materiales gráficos y audiovisuales y todo aquello atinente a lograr tal finalidad.
B - MICROSITIO.
El sitio web del Registro Nacional de Promotoras y Promotores Territoriales de Géneros y Diversidad a Nivel Comunitario, tiene por objeto ser un espacio de participación multisectorial al que accedan todas las personas interesadas.
El Micrositio contará con material específico en materia de derechos humanos (civiles, políticos, económicos, sociales, culturales, ambientales) derechos específicos de las mujeres y LGBTIQ+ reconocidos a nivel (nacional, regional e internacional); contenidos gráficos y audiovisuales, la agenda de actividades, Encuentros, Programas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad y todo aquello que se considere de utilidad para llevar adelante su objetivo.
Herramientas de Desarrollo:
El desarrollo del Sitio Web funcionará con HTML Y CSS para el frontend (con posibilidades de utilizar SasS) y con php y Laravel para el Backend. La información contenida en el propio del Sitio web.
IF-2022-91048966-APN-SPIYD#MMGYD
Nombres
Apellidos
Tipo de documento
Documento
Fecha nacimiento (dd/mm/yyyy)
Edad
País de nacimiento Nacionalidad
Género (desplegable)
Nivel educativo (desplegable)
Completó estudios (desplegable)
Tipo de teléfono (desplegable)
Código de área
Número de teléfono
Correo electrónico
Provincia (desplegable)
Localidad (desplegable)
Departamento (desplegable)
Municipio (desplegable)
Calle
Número Piso
Departamento
Código postal
Entre calles
Datos adicionales del domicilio
Ha tenido experiencia en promoción de derechos de mujeres, género y diversidad
En qué temáticas trabajó
Se certificó en alguna de las siguientes temáticas
Adjuntar Certificado
Tiene interés en capacitarse en alguna de las siguientes temáticas
Pertenece a alguna organización
Nombre de la organización
Tipo de organización (desplegable)
ANEXO II
Formulario de inscripción al Registro de Promotoras y Promotores Territoriales y de Género y Diversidad a nivel comunitario
Nombres
Apellidos
Tipo de documento
• DNI
• Libreta cívica
• Libreta de enrolamiento
• Pasaporte
• Cédula de identidad
• CUIT/CUIL
• Doc. Otro país
• Sin documentación
• Libreta cívica
• Libreta de enrolamiento
• Pasaporte
• Cédula de identidad
• CUIT/CUIL
• Doc. Otro país
• Sin documentación
Documento
Fecha nacimiento (dd/mm/yyyy)
Edad
País de nacimiento Nacionalidad
Género (desplegable)
• Mujer
• Varón
• Mujer trans
• Varón trans
• Travesti
• Transgénero
• Queer
• Intersexual
• No binarie
• Prefiero no decirla
• Sin datos
• Ninguno de los anteriores
• Varón
• Mujer trans
• Varón trans
• Travesti
• Transgénero
• Queer
• Intersexual
• No binarie
• Prefiero no decirla
• Sin datos
• Ninguno de los anteriores
Nivel educativo (desplegable)
• Sin estudios
• Primario
• Secundario
• Terciario
• Universitario
• Posgrado
• Primario
• Secundario
• Terciario
• Universitario
• Posgrado
Completó estudios (desplegable)
• Completo
• Incompleto
• En curso
• Sin datos
• Incompleto
• En curso
• Sin datos
Tipo de teléfono (desplegable)
• Fijo casa/particular
• Celular
• Trabajo
• Otro
• Celular
• Trabajo
• Otro
Código de área
Número de teléfono
Correo electrónico
Provincia (desplegable)
Localidad (desplegable)
Departamento (desplegable)
Municipio (desplegable)
Calle
Número Piso
Departamento
Código postal
Entre calles
Datos adicionales del domicilio
Ha tenido experiencia en promoción de derechos de mujeres, género y diversidad
• SI
• NO
• NO
En qué temáticas trabajó
• Violencias por razones de géneros: Distintos tipos y manifestaciones de violencia hacia las mujeres y LGBTIQ +.
• Igualdad de géneros: Desigualdad y discriminación hacia las mujeres y LGBTIQ+.
• Salud sexual y reproductiva: Salud integral de que y LGBTIQ+. Derechos sexuales y reproductivos.
• Otras, ¿cuáles?
• Igualdad de géneros: Desigualdad y discriminación hacia las mujeres y LGBTIQ+.
• Salud sexual y reproductiva: Salud integral de que y LGBTIQ+. Derechos sexuales y reproductivos.
• Otras, ¿cuáles?
Se certificó en alguna de las siguientes temáticas
• Violencias por razones de géneros
• Igualdad de géneros
• Salud sexual y reproductiva
• Diversidad
• Otras, ¿cuáles?
• Igualdad de géneros
• Salud sexual y reproductiva
• Diversidad
• Otras, ¿cuáles?
Adjuntar Certificado
Tiene interés en capacitarse en alguna de las siguientes temáticas
• Violencias por razones de géneros
• Salud sexual y reproductiva
• Otras, ¿cuáles?
• Salud sexual y reproductiva
• Otras, ¿cuáles?
Pertenece a alguna organización
• Sí
• No
• No
Nombre de la organización
Tipo de organización (desplegable)
• Gremial
• Organización social con base territorial
• Biblioteca popular
• Comedor comunitario
• Merendero comunitario
• Club de barrio
• Espacio comunitario de cuidados
• Espacio cultural
• Emprendimiento productivo/de economía social
• Organización no gubernamental
• Organización social con base territorial
• Biblioteca popular
• Comedor comunitario
• Merendero comunitario
• Club de barrio
• Espacio comunitario de cuidados
• Espacio cultural
• Emprendimiento productivo/de economía social
• Organización no gubernamental
• Otra
IF-2022-91050872-APN-SPIYD#MMGYD