COMISION NACIONAL DE VALORES
REGISTROS CONTRATOS EN MERCADOS
Resumen:
REGISTROS CONTRATOS EN MERCADOS. TODAS LAS OPERACIONES DE COMPRAVENTA, SEAN DEL TIPO “DISPONIBLE”, “CONTADO”, “A TERMINO”, “FORWARDS”, “A FIJAR PRECIO” O DE OTRAS MODALIDADES, INCLUYENDO LAS DENOMINADAS “DIRECTAS”, SOBRE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS QUE SEAN SUBYACENTES DE CONTRATOS DE FUTUROS AUTORIZADOS POR LA COMISION NACIONAL DE VALORES, ORGANISMO AUTARQUICO EN LA ORBITA DE LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Y LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA (CONFORME LISTADO DEL ANEXO I), PARA SU NEGOCIACION EN MERCADOS BAJO COMPETENCIA DE LA COMISION NACIONAL DE VALORES (EN ADELANTE LOS “MERCADOS”), DEBERAN SER REGISTRADAS EN DICHOS MERCADOS Y EN BOLSAS (EN ADELANTE “BOLSAS”), POR INTERMEDIO DE AGENTES INSCRIPTOS EN EL REGISTRO UNICO DE LA CADENA AGROALIMENTARIA (RUCA) QUE LLEVA LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, EN LOS TERMINOS DE LA PRESENTE RESOLUCION.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA FUE PUBLICADA COMO "RESOLUCION CONJUNTA 208/2014 Y RESOLUCION GENERAL 628/2014".