Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 60/2025

RESOL-2025-60-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2025

VISTO el expediente EX-2025-05794258- -APN-ANAC#MEC, la ley 17.285 (Código Aeronáutico), los decretos 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, la resolución de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) 225 del 4 de diciembre de 2009 y sus modificatorias, la Parte 153 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el visto, tramita la propuesta de la Dirección de Aeródromos (DA) dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), referente a la aprobación del Reglamento para la implementación de Equipos de Seguridad de Pista (por sus siglas en inglés “RST”) para su implementación en los aeródromos controlados del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA).

Que la función principal de un RST es de mejorar la seguridad operacional en la(s) pista(s) del aeródromo donde se implemente, mediante la participación de las diferentes partes interesadas (stakeholders) tales como explotadores de aeródromos, Jefaturas de aeródromos, proveedores de Servicios de Tránsito Aéreo, Operadores Aéreos, organizaciones que representan a la comunidad de la aviación general, los servicios de meteorología, entre otras.

Que la implementación de los RST tiene como objetivos entender e identificar las dificultades operacionales que cada una de las partes interesadas puedan tener con relación a la operación segura en la pista, y de compartir información de seguridad operacional de la pista.

Que el Reglamento que por este acto se propicia, constituye un documento cuyos textos contienen las especificaciones y los métodos aceptables de cumplimiento y sirve de guía a los explotadores de aeródromos para la implementación de los RST, conforme lo establecido en el Documento 9981 “Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea (PANS) – Aeródromos” de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos (DAJ) dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 2 bis de la ley 17.285 (Código Aeronáutico) y el decreto 1.770 del 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el “Reglamento para la implementación de Equipos de Seguridad de Pista (RST)”, que como Anexo IF-2025-06033617-APN-DGIYSA#ANAC, integra la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Notificar a la Dirección General de Infraestructura y Servicios Aeroportuarios (DGIYSA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

ARTÍCULO 3°.- Notificar al Organismo Regulador del Sistema Nacional De Aeropuertos (ORSNA), para su correspondiente comunicación a los explotadores de aeródromos del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA).

ARTÍCULO 4°.- Dar intervención a la Unidad De Planificación y Control de Gestión (UPYCG) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para su difusión interna, mediante las publicaciones de información aeronáutica y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional, y posterior pase al Departamento de Secretaria General (DSG) dependiente de la Dirección General, Legal, Técnica y Administrativa (DGLTYA) de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) para su inclusión en el Archivo Central Reglamentario (ACR).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese.

María Julia Cordero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa

e. 22/01/2025 N° 2884/25 v. 22/01/2025
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