Presidencia de la Nación

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES


ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

Resolución 6-E/2018

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2018

VISTO el Expediente EX-2017-05658616-APN-DGA#APNAC del registro de ésta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES, las Leyes Nros. 22.351, 27.341 y 27.431, los Decretos Nros. 1.455 de fecha 3 de septiembre de 1987 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 12 de fecha 12 de enero de 2017, 284 de fecha 05 de mayo de 2017, 953 de fecha 27 de octubre de 2017 y 6 de fecha 12 de enero de 2018, la RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, la RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017, la RESFC-2017-564-APN-D#APNAC y la RESOL-2017-21-APN-D#APNAC, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley No 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2017.

Que conforme la Decisión Administrativa Nº 284 de fecha 05 de mayo de 2017, se distribuyeron los cargos ocupados y horas cátedra entre las Jurisdicciones y Entidades pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 953 de fecha 27 de octubre de 2017, se actualizaron al 30 de abril de 2017, los Anexos I (IF-2017-22541350-APN-SECEP#MM), Anexo II (IF-2017-22541395-APN- SECEP#MM), Anexo III (IF-2017-16170109-APN-SECEP#MM), Anexo IV, (IF-2017-16170713-APN- SECEP#MM) a Anexo V (IF-2017-22541427-APN-SECEP#MM) de la Decisión Administrativa No 284 de fecha 5 de mayo de 2017.

Que conforme el IF-2017-27711088-APN-SECEP#MM de fecha 9 de noviembre de 2017 se informa que la Decisión Administrativa citada en el Considerando precedente, optimizó los criterios de la Decisión Administrativa No 284 de fecha 05 de mayo de 2017, por lo que se exceptúa a ésta ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES del dictado de una Decisión Administrativa para el descongelamiento de vacantes (Anexo I, página 39).

Que de acuerdo con lo indicado en el Artículo 44 del Anexo IV al Decreto No 1.455/1987, mediante la RESFC-2016-382-E-APN-D-APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, se aprobó el nuevo “REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES”.

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 30 del REGLAMENTO DE SELECCIÓN PARA EL INGRESO AL AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, mediante la RESFC-2017-16-APN-D#APNAC de fecha 16 de enero de 2017 se aprobó la Currícula Teórico-Práctica (Plan de Estudios) correspondiente a la ETAPA 6 del referido Reglamento de Selección, denominada CURSO DE HABILITACIÓN PARA GUARDAPARQUE ASISTENTE DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, cuyas actuaciones recayeran en el Expediente No 4853/2016.

Que mediante los artículos 1º y 2º de la Resolución RESFC-2017-564-APN-D#APNAC se convocó al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes y financiados de la categoría GUARDAPARQUE ASISTENTE del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, y se aprobaron los requisitos exigidos (excluyentes y deseables) para ser admitidos conforme el Perfil Funcional General y Perfil Técnico Profesional del Guardaparque Asistente (G-2) y los formularios de inscripción, de aptitudes psicofísicas y de declaraciones juradas, el cronograma del proceso de selección con la descripción de las etapas y las evaluaciones teóricas y prácticas de conformidad con el Artículo 22 de la Resolución RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016 mediante los Anexos IF-2017-32947417- APN-DCYD#APNAC, IF-2017-32948049-APN-DCYD#APNAC, IF-2017-32948635-APN- DCYD#APNAC, IF-2017-32949322-APN-DCYD#APNAC y el IF-2017-34164303-APN-DCYD#APNAC de la presente.

Que por el artículo 6º de la Resolución mencionada precedentemente se designaron a los integrantes del Comité de Selección y al Secretario Técnico que figuran en el Anexo IF-2017-32950382-APN- DCYD#APNAC de acuerdo con lo previsto en los Artículos 8° y 10 del Reglamento aprobado por la RESFC-2016-382-E-APN-D#APNAC de fecha 14 de diciembre de 2016, cuyos antecedentes laborales y de formación se encontrarán disponibles en la página Web de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.

Que mediante el artículo 8º de la citada Resolución se aprobó el Reglamento interno del CURSO PARA GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES – PROMOCIÓN XXIX, el cual obra como ANEXO IF-2017-32951435-APN-DCYD#APNAC de la presente.

Que asimismo por RESOL-2017-21-APN-D#APNAC de fecha 29 de diciembre de 2017 se rectificaron los artículos 2º, 3º y 4º de la RESFC-2017-564-APN-D#APNAC.

Que asimismo por la Ley No 27.431 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2018.

Que de acuerdo con las Planillas Anexas (IF-2018-01834592-APN-SSP#MHA -pág. 3706-) de la Decisión Administrativa Nº 6 de fecha 12 de enero de 2018, distributiva del Presupuesto aprobado por la Ley citada ut-supra, se desprende que esta Administración cuenta con SETENTA (70) cargos vacantes y financiados, de la Categoría G-2, del Agrupamiento de Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, pertenecientes al Programa 19 de dicho Presupuesto.

Que mediante la RESFC-2017-38-E-APN-D#APNAC de fecha 25 de enero de 2017, se convocó al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de TREINTA Y CINCO (35) cargos vacantes y financiados de la categoría GUARDAPARQUE ASISTENTE del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, los cuales VEINTINUEVE (29) serán ocupados durante el presente Ejercicio fiscal, debido a que se dará por finalizado el proceso concursal.

Que en consecuencia de lo expuesto quedan SEIS (6) cargos vacantes y financiados para su utilización en el presente Ejercicio fiscal.

Que en virtud de la gran cantidad de inscripciones que se han efectivizado hasta la fecha, resulta necesario ampliar las posibilidades de ingreso de aquellos postulantes que cumplan con los requisitos de admisión.

Que por otra parte, existen razones operativas y de organización de la Dirección General de Recursos Humanos que justifican la sustitución del Secretario Técnico designado en el ANEXO VI -IF-2017-32950382-APN-DCYD#APNAC- de la Resolución RESFC-2017-564-APN-D#APNAC, por lo que corresponde rectificar dicho Anexo y proceder a designar a uno nuevo.

Que el agente de la planta permanente Marcelo PIETROBÓN (M.I. Nº 23.956.000), Categoría G-3, Guardaparque Ayudante del Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES, reúne los requisitos de idoneidad y experiencia para tal fin.

Que la Dirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 24, inciso f) de la Ley Nº 22.351.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el ARTÍCULO 1º de la RESFC-2017-564-APN-D#APNAC de fecha 22 de diciembre de 2017, y apruébase como nuevo texto el siguiente: “ARTÍCULO 1º.- Convócase al proceso de selección y llamado a inscripción de postulantes para la cobertura de CUARENTA Y UN (41) cargos vacantes y financiados de la categoría GUARDAPARQUE ASISTENTE del AGRUPAMIENTO GUARDAPARQUES DEL CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.”

ARTÍCULO 2º.- Rectifícase el Anexo VI -IF-2017-32950382-APN-DCYD#APNAC- de la Resolución RESFC-2017-564-APN-D#APNAC, a través del IF-2018-04591457-APN-DGRH#APNAC, designando como nuevo Secretario Técnico al agente de la planta permanente Marcelo PIETROBÓN (M.I. Nº 23.956.000), Categoría G-3, Guardaparque Ayudante del Agrupamiento Guardaparques del CUERPO DE GUARDAPARQUES NACIONALES.

ARTÍCULO 3º.- Tomen conocimiento todas las dependencias del Organismo. Por el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones notifíquese en legal forma a la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (UPCN), a la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (ATE), al CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES y al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y al agente Marcelo PIETROBÓN. Cumplido y con las debidas constancias, gírense los actuados a la Dirección General de Recursos Humanos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Eugenio Indalecio Breard.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 30/01/2018 N° 5008/18 v. 30/01/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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