MINISTERIO DE DEFENSA
SOLICITUDES DE INCORPORACION DE PERSONAL MILITAR O CIVIL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
17-Ago-2016
Resumen:
LOS JEFES DEL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LOS ESTADOS MAYORES GENERALES DE LAS FUERZAS ARMADAS, DARAN TRAMITE EXCLUSIVAMENTE A LAS SOLICITUDES DE INCORPORACION DE PERSONAL MILITAR O CIVIL BAJO EL REGIMEN DEL ESTATUTO PARA EL PERSONAL DOCENTE CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS CUANDO SE FUNDAMENTEN FEHACIENTEMENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES QUE DICHO ESTATUTO CONTEMPLA EN LA DEFINICION DE DOCENTE (ARTICULO 2°).