Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE POLITICAS REGULACION E INSTITUTOS


MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS


Resolución Nº 59/2014


Bs. As., 18/2/2014

VISTO el expediente Nº 2002-27261/13-4 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que el ordenamiento racional así como la planificación y distribución de los Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política sanitaria del MINISTERIO DE SALUD.

Que la integración de cargos de residencias de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD en el Examen Unico de Residencias Médicas (EU) favorece a la democratización y la equidad en el acceso a los diferentes cargos de residencias médicas.

Que en consecuencia, dicho Examen conlleva un proceso de implementación de un cronograma y un reglamento común que abarca desde la publicación de los cargos de residencias médicas hasta el momento de su readjudicación, así como la unificación del instrumento de examen escrito para el ingreso a las residencias médicas.

Que el Examen Unico de Residencias Médicas (EU) es un instrumento que brinda mayor transparencia y previsibilidad sobre la cobertura de los cargos de residencias médicas, así como aporta información sobre las preferencias y formaciones de los postulantes.

Que en tal sentido, la gestión mencionada surge como una herramienta que permite armonizar los procesos de adjudicación de los cargos de las residencias médicas de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones asistenciales dependientes del MINISTERIO DE SALUD, así como también de aquellas jurisdicciones que adhieran al mismo.

Que a través de la gestión de la DIRECCION DE SUPERVISION Y MONITOREO dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES del MINISTERIO DE SALUD se ha coordinado con las instituciones nacionales dependientes del mismo, y con el HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN y el HOSPITAL DR. NESTOR C. KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE - S.A.M.I.C., la redacción de un reglamento para la adjudicación de cargos en residencias médicas básicas y articuladas, y un cronograma común.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el apartado XXI del artículo 2º del Decreto 1343/07.

Por ello,

EL SECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

RESUELVE:

ARTICULO 1° — Establézcase al EXAMEN UNICO DE RESIDENCIAS MEDICAS (EU) como la herramienta de adjudicación de los cargos de residencias de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones asistenciales dependientes de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS.

ARTICULO 2° — Apruébese el reglamento de concurso para el examen único que como ANEXO I forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Apruébese el cronograma de concurso para las residencias que inicien en el año 2014, que como ANEXO II forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Invítese al HOSPITAL DE PEDIATRIA S.A.M.I.C. PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN y al HOSPITAL DR. NESTOR C. KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE - S.A.M.I.C. a adherir al EXAMEN UNICO DE RESIDENCIAS MEDICAS (EU) y al reglamento y el cronograma aprobados por artículos 2º y 3º de la presente.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. GABRIEL YEDLIN, Secretario de Políticas, Regulación e Institutos, Ministerio de Salud de la Nación.

ANEXO I

REGLAMENTO de CONCURSO para EXAMEN UNICO de RESIDENCIAS MEDICAS BASICAS en INSTITUCIONES NACIONALES, HOSPITAL DE PEDIATRIA SAMIC PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN y HOSPITAL DR. NESTOR C. KIRCHNER - ALTA COMPLEJIDAD EN RED EL CRUCE - SAMIC

Artículo 1º: OBJETO: El presente reglamento tiene por objeto regular el concurso de los cargos de residencias de especialidades médicas básicas y articuladas que se desarrollen en las instituciones dependientes del Ministerio de Salud de la Nación: Hospital Nacional Prof. Alejandro Posadas, Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (INAREPS), Colonia Nacional Montes de Oca, CENARESO, Hospital Nacional “Dr. Baldomero Sommer”, Administración Nacional de Laboratorios e Institutos de Salud Dr. Carlos Malbrán (ANLIS): Centro Nacional de Genética Médica; y el Hospital El Cruce - Dr. Néstor Carlos Kirchner - Alta Complejidad en Red - SAMIC y el Hospital de Pediatría SAMIC Prof. Dr. Juan P. Garrahan, en el marco del Examen Unico de Ingreso a las Residencias Médicas (EU).

Artículo 2º: CRONOGRAMA: La preinscripción, inscripción, toma de examen y adjudicación de cargos se realizará acorde un cronograma que oportunamente determinará y publicará la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos, en la web del Ministerio de Salud de la Nación (www.msal.gov.ar) y en los demás medios informativos que estime corresponder.

Artículo 3º: PREINSCRIPCION: La preinscripción online es obligatoria, debiendo ingresar a tales efectos al Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) en https://sisa.msal.gov.ar/sisa/. Se deberá realizar la preinscripción con todos los datos requeridos, e imprimir la solicitud de preinscripción que será solicitada en forma obligatoria al momento de la inscripción, siendo responsabilidad del postulante la correcta carga de todos los datos que el sistema requiera.

Artículo 4º: INSCRIPCION: La Inscripción deberá realizarse de forma personal o mediante apoderado, en el lugar y horario que determine la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos. Aquellos postulantes que residan a más de 75 km de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán completar su inscripción mediante el envío postal de la documentación, que deberá realizarse hasta 3 días hábiles antes del final de la fecha de inscripción, quedando bajo su exclusiva responsabilidad la verificación de la correcta recepción de la documentación. La presentación de la solicitud implica la aceptación y conformidad con las presentes normas. No se aceptaran inscripciones fuera de fecha, ni comprobantes o certificaciones presentadas después de cerrada la inscripción, excepto las que determine este reglamento.

a) Inscripción presencial o mediante apoderado: Los postulantes deberán presentar:

I. Impresión del formulario de solicitud de inscripción (SISA)

II. Original y fotocopia de Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.

III. Original y fotocopia de Título Universitario de Médico. De encontrarse tramitando el Título respectivo, deberá presentar original y fotocopia del certificado de título en trámite. En caso de títulos emitidos por Universidades Extranjeras, deberá haberse finalizado los trámites de reválida y convalidación del título profesional en los Ministerios de Educación y de Salud de la Nación Argentina. En estos casos no se aceptará documentación en trámite.

IV. Promedio general de la carrera: para argentinos, naturalizados y extranjeros se deberá presentar constancia original o fotocopia autenticada. Los promedios deben incluir aplazos, lo cual deberá constar expresamente en la constancia. En caso de no contar con el promedio al momento de la inscripción, deberá entregarse dicha documentación al momento previo de realizar el examen, requisito sin el cual el postulante no podrá rendir el mismo.

Además deberá:

Cumplimentar los requisitos establecidos en la Resolución del Ministerio de Salud Nº 303/08 en los artículos 5º y 8º del Anexo I. - ARTICULO 5º - Podrán ingresar al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud los profesionales de grado universitario, para “Residencias Básicas” con no más de CINCO (5) años de obtenido el título habilitante, considerando para dicho cálculo la fecha en que se efectuará la selección para acceder a los programas respectivos. (...). ARTICULO 8º - Los aspirantes a los respectivos cupos deberán, indefectiblemente, cumplir con los siguientes requisitos al momento de su inscripción al mecanismo de selección: a) Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer Documento Nacional de Identidad emitido por Autoridad Argentina, y cumplir con las condiciones migratorias previstas en la Ley Nº 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias. b) Ser poseedor de condiciones de conducta e idoneidad para el cargo, los que se acreditarán mediante los regímenes de selección que se establezcan, asegurando el principio de igualdad en el acceso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud. c) Tener la aptitud psicofísica requerida para el cargo. d) Ser graduado de cualquier Universidad de la República Argentina, del ámbito Público o Privado, reconocida oficialmente, en las profesiones de las que se trate. Aquellos graduados de Universidad Extranjera, sea ésta del ámbito público o privado, deberán detentar titulación de grado universitaria reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación (autoridad competente en la materia), habiendo completado el trámite de re-válida, homologación, o aquel que correspondiere. e) Podrán inscribirse para acceder a los mecanismos de selección aquellos egresados que cuenten con Diploma extendido por la Universidad respectiva, aceptándose excepcionalmente la inscripción con la posesión del certificado de título en trámite expedido por la misma. Ello siempre que, cumplido el concurso respectivo y de acceder al cargo, posea el Título habilitante).

En caso de considerarlo necesario, la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos, se reserva la facultad de solicitar información a las diferentes universidades sobre los promedios de los concursantes para la elaboración del orden de mérito con el fin de garantizar la igualdad de los mismos en el procedimiento de selección.-

b) Inscripción por vía postal: Los postulantes deberán remitir original o fotocopias certificadas por autoridad competentes (Escribano, Juez de Paz, Tribunales, Universidad) de:

I. Impresión del formulario de solicitud de inscripción (SISA)

II. Fotocopia certificada de Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento.

III. Fotocopia certificada de Título Universitario de Médico. De encontrarse tramitando el Título respectivo, deberá presentar original o fotocopia certificada del certificado de título en trámite. En caso de títulos emitidos por Universidades Extranjeras, deberá haberse finalizado los trámites de reválida y convalidación del título profesional en el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud de la Nación Argentina. En estos casos no se aceptará documentación en trámite.

IV. Promedio general de la carrera: Para argentinos, naturalizados y extranjeros: constancia original o fotocopia certificada. Los promedios deben incluir los aplazos, lo cual deberá constar expresamente en la constancia.

Además deberá:

Cumplimentar los requisitos establecidos en la Resolución del Ministerio de Salud Nº 303/08 en los artículos 5º y 8º del Anexo I (ARTICULO 5º - Podrán ingresar al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud los profesionales de grado universitario, para “Residencias Básicas” con no más de CINCO (5) años de obtenido el título habilitante, considerando para dicho cálculo la fecha en que se efectuará la selección para acceder a los programas respectivos. (…) ARTICULO 8º - Los aspirantes a los respectivos cupos deberán, indefectiblemente, cumplir con los siguientes requisitos al momento de su inscripción al mecanismo de selección: a) Ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado. Los extranjeros deberán poseer Documento Nacional de Identidad emitido por Autoridad Argentina, y cumplir con las condiciones migratorias previstas en la Ley Nº 25.871 y sus normas reglamentarias y complementarias. b) Ser poseedor de condiciones de conducta e idoneidad para el cargo, los que se acreditarán mediante los regímenes de selección que se establezcan, asegurando el principio de igualdad en el acceso al Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud. c) Tener la aptitud psicofísica requerida para el cargo. d) Ser graduado de cualquier Universidad de la República Argentina, del ámbito Público o Privado, reconocida oficialmente, en las profesiones de las que se trate. Aquellos graduados de Universidad Extranjera, sea ésta del ámbito público o privado, deberán detentar titulación de grado universitaria reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación (autoridad competente en la materia), habiendo completado el trámite de re-válida, homologación, o aquel que correspondiere. e) Podrán inscribirse para acceder a los mecanismos de selección aquellos egresados que cuenten con Diploma extendido por la Universidad respectiva, aceptándose excepcionalmente la inscripción con la posesión del certificado de título en trámite expedido por la misma. Ello siempre que, cumplido el concurso respectivo y de acceder al cargo, posea el Título habilitante.

En caso de considerarlo necesario, la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos, se reserva la facultad de solicitar información a las diferentes universidades sobre los promedios de los concursantes para la elaboración del orden de mérito con el fin de garantizar la igualdad de los mismos en el procedimiento de selección.

Artículo 5º: ORDEN DE MERITO: A los efectos del Concurso para las Residencias, se tendrá en cuenta:

a) Una prueba escrita que constará de 100 preguntas de tipo selección múltiple, con un nivel mínimo de aprobación de 50 puntos.

b) El promedio general de la carrera de grado, incluyendo aplazos, en escala de cero a diez, el cuál representará un máximo de 10 puntos.

c) El puntaje para construir el orden de mérito del concurso será igual al valor del examen único (EU) —multiplicado por 0,5— más el valor del promedio (P) con aplazos y sin adicionales por internado anual u otros conceptos. Por lo tanto:

(EU x 0,5) + P = puntaje orden de mérito

En caso de generarse un empate en el puntaje total, el orden de mérito se determinará a través de la nota del examen. De persistir el empate al momento de la adjudicación y ante escribano público se procederá a sortear el orden de mérito de los puntajes empatados.

Artículo 6º: EXAMEN: A los efectos de poder rendir el examen correspondiente al Concurso, los aspirantes deberán presentarse en el lugar, fecha y hora fijada por la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos con DNI/LE/LC a fin de acreditar su identidad fehacientemente. Sin la presentación de este requisito los postulantes no podrán rendir el examen de selección.

Artículo 7º: PUBLICACION DE RESULTADOS: Los resultados de los exámenes y el orden de mérito serán publicados en el sitio web del SISA https://sisa.msal.gov.ar/sisa/, en las fechas determinadas en el cronograma. Cualquier reclamo sobre eventuales errores en la confección del orden de mérito deberá hacerse hasta 48 horas después de su publicación, por escrito, en el lugar donde se presentó la documentación. No se aceptará impugnación alguna referente al examen ni al contenido del mismo. El orden de mérito no generará asignación automática de la vacante, y sólo dará derecho a ejercer la opción de elegir, según dicho orden de mérito, en función de los cargos concursados.

Artículo 8º: Podrán aplicar a los cargos todos aquellos postulantes que hayan aprobado el examen único con 50 puntos o más. Las vacantes concursadas se adjudicarán en su totalidad de conformidad con el orden de mérito de los postulantes.

a) ADJUDICACION: Los postulantes deberán formalizar su aplicación al cargo mediante nota presentada de manera personal en el lugar de inscripción, dentro del período establecido en el cronograma del concurso. En la misma deberá consignar el orden de preferencia de la/s instituciones, en su primera y segunda opción. En caso de encontrarse a más de 75 km, deberán formalizar la aplicación al cargo mediante telegrama u otro medio fehaciente. En caso de renunciar a esta aplicación al cargo, la misma se deberá realizar mediante nota presentada de manera personal en el lugar de inscripción, telegrama u otro medio fehaciente, dentro de los tiempos establecidos en el cronograma de concurso.
La omisión y/o renuncia de la aplicación al cargo al final del periodo establecido implica negativa, por lo que el cargo se considerará vacante y se procederá a la adjudicación posterior en base al orden de mérito, respetando, en caso que corresponda, el orden de preferencia de las instituciones, consignado en la aceptación del cargo.

b) READJUDICACION: Para la readjudicación los postulantes deberán inscribirse a través del SISA acorde el cronograma que publique la Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos. Los postulantes provenientes de otros concursos deberán completar la documentación requerida en el artículo 4. La readjudicación será realizada con el mismo procedimiento de la adjudicación, a partir del nuevo orden de mérito que se publique, y sobre aquellas vacantes que se concursen en la readjudicación.

No se permitirán una vez realizada la aplicación al cargo cambios de especialidad ni de jurisdicción.

c) REQUISITOS: Para la adjudicación, así como para la readjudicación, es indispensable al momento de presentarse personalmente a aplicar al cargo presentar el DNI/LE/LC. Para el acto de readjudicación, el postulante adicionalmente deberá presentar, el Título Universitario de Médico o la matrícula habilitante otorgada por el Ministerio de Salud de la Nación.

Los postulantes que adjudiquen vacantes no estarán habilitados para comenzar a desarrollar sus tareas hasta tanto no hayan realizado los trámites correspondientes ante el Ministerio de Salud de la Nación.

d) Las instituciones que forman parte del concurso se reservan la posibilidad de realizar un nuevo llamado con aquellos postulantes que aplicaron al examen único de residencias médicas, siguiendo los lineamientos del presente reglamento.

Artículo 9º: INICIO: Los candidatos que hayan adjudicado cargos y cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial 303/08 y sus modificatorias iniciarán su residencia en la fecha determinada por el cronograma publicado por la Secretaría de Regulación, Políticas e Institutos.

Artículo 10º: DIFUSION: La información acerca del cronograma de inscripción, publicación de resultados del examen y/u orden de mérito, desempates, adjudicación y readjudicación de cargos, y toda otra información que se juzgue pertinente, será publicada en la página del Ministerio de Salud de la Nación, en el SISA y en las webs de las Instituciones que participan del concurso. La sola exposición de dicha información será considerada comunicación suficiente, y no se aceptará reclamo alguno que alegue desconocimiento de la información publicada.

ANEXO II

Cronograma 2014

ACTIVIDADFECHA
Pre Inscripción On Line17/02/2014 al 20/03/2014
Aceptación de postulantes de examenRecepción de Documentación desde 17/02/2014 hasta 31/03/2014
Toma de examen y carga de resultadosExamen: 29/04/2014
Carga puntaje Examen30/04/2014
Carga puntaje final08/05/2014
Orden de merito08/05/2014
Adjudicación vacantesDesde 08/05/2014 hasta 28/05/2014
Publicación vacantes para readjudicación30/05/2014
Inscripción para readjudicaciónDesde 5/06/14 hasta 17/06/14
Envío de documentación y entrevistas para readjudicaciónDesde 5/06/14 hasta 24/06/14
Vacantes readjudicadas cargadas a Sissa27 de junio 2014

e. 06/03/2014 Nº 12540/14 v. 06/03/2014
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