ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SISTEMA DE INFORMACION SIMPLIFICADO AGRICOLA SISA
Resumen:
LOS “PRODUCTORES” DE LOS PRODUCTOS INDICADOS EN EL ARTICULO 1° -EXCEPTO “DERIVADOS GRANARIOS”- DE LA RESOLUCION GENERAL N° 4.310 Y SUS MODIFICATORIAS QUE, EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO POR EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 101 DE LA LEY N° 11.683, TEXTO ORDENADO EN 1998 Y SUS MODIFICACIONES, OPTEN POR COMPARTIR CON LA BOLSA DE COMERCIO DE ROSARIO ASOCIACION CIVIL (CUIT N° 30-52641408-6) -ENTIDAD ADMINISTRADORA DE LA PLATAFORMA VISION SECTORIAL DEL GRAN CHACO “VISEC”- LA INFORMACION PRODUCTIVA SUMINISTRADA ANTE ESTA ADMINISTRACION FEDERAL EN LOS TERMINOS PREVISTOS EN EL APARTADO “F - MODULO INFORMACION PRODUCTIVA”, DEL TITULO I DE LA MENCIONADA RESOLUCION GENERAL, DEBERAN SELECCIONAR LA OPCION “COMPARTIR DATOS IP” DEL SERVICIO “SISTEMA DE INFORMACION SIMPLIFICADO AGRICOLA - SISA”. UNA VEZ MANIFESTADA SU VOLUNTAD DE COMPARTIR LA INFORMACION, LA MISMA SERA PUESTA A DISPOSICION SIN MAS TRAMITE EN EL DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO DE LA ENTIDAD MENCIONADA EN EL PARRAFO ANTERIOR, CONFORME A LO PREVISTO EN LA RESOLUCION GENERAL N° 4.280, Y AL SOLO EFECTO DE SU UTILIZACION PARA DEMOSTRAR LA TRAZABILIDAD DE ORIGEN DE LOS GRANOS PRODUCIDOS Y TRAMITAR LOS “CERTIFICADOS DE PRODUCTO LIBRE DE DEFORESTACION (CLD)”.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 4º DE LA RESOLUCION GENERAL 5594/2024 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, B.O. 28/10/2024, PAGINA 43. VIGENCIA: VER ARTICULO 5º DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.