Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIM


SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

Resolución 538/2008

Créase el "Foro de la Cadena de la Floricultura y Plantas Ornamentales". Funciones.

Bs. As., 25/11/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0384556/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Resolución Nº 357 de fecha 18 de marzo de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 357 de fecha 18 de marzo de 2004 de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se crea en el ámbito de la citada Secretaria, la figura del Foro Productivo Sectorial.

Que la producción de flores y plantas ornamentales tiene un destacado desarrollo y crecimiento en la economía nacional y excelentes perspectivas para la exportación.

Que dicha producción se ha convertido en una actividad agropecuaria de suma importancia, tanto por la generación de diversos productos con alta demanda en los mercados internos y externos, como por la generación de empleo.

Que es necesario incentivar una modernización del sector debido a las exigentes de- mandas del mercado, en cuanto a la calidad de los productos involucrados.

Que existe un creciente interés por parte de los integrantes de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada Secretaria, del INSTITUTO DE FLORICULTURA, de la ESTACION EXPERIMENTAL AGROPECUARIA SAN PEDRO, de la AGENCIA DE EXTENSION LA PLATA, de la AGENCIA DE EXTENSION ESCOBAR, del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la citada Secretaria, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la citada Secretaria, del CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES, de la Dirección Provincial de Agricultura Periurbana de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS AGRARIOS del MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS Y PRODUCCION de la Provincia de BUENOS AIRES, del INSTITUTO MUNICIPAL DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL del Municipio de Moreno, de la Facultad de Agronomía de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES, de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOMAS DE ZAMORA, de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LUJAN, de la COOPERATIVA ARGENTINA DE FLORICULTORES, de MERCOFLOR, de MERCAFLOR, de la ASOCIACION ARGENTINA DE FLORICULTORES Y VIVERISTAS, de la ASOCIACION DE PRODUCTORES VIVERISTAS DE PLANTAS ORNAMENTALES Y FLORES DE CORTE del Partido de Moreno, de la SOCIEDAD CIVIL FIESTA DE LA FLOR, del CONSEJO DE AGRICULTORES NIKKEI, de la ASOCIACION DE FABRICANTES DE INSUMOS PARA JARDINER1A ARGENTINA, de la REVISTA VIVEROS, avalado por las reuniones que se vienen realizando desde el año 2006 bajo la figura del Foro de Floricultura y Plantas Ornamentales con los mismos objetivos del Foro Productivo Sectorial: consensuar criterios, prioridades y acciones, tendientes a aumentar la calidad y competitividad de toda la cadena de los productos involucrados.

Que para la implementación de planes para el sector a nivel nacional y regional es necesario contar con el consenso, las sugerencias, la evaluación y la participación de aquellas entidades oficiales y/o privadas representativas y de competencia en la cadena de la Floricultura en el país.

Que a tales efectos, resulta altamente ventajoso nuclear a estos sectores representativos en un FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Créase en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES, el cual estará integrado por UN (1) representante titular y UN (1) representante suplente por cada una de las entidades oficiales y privadas del sector. Los delegados de las Instituciones que intervienen en el foro tanto titulares como suplentes, deberán ser acreditados fehacientemente ante la Autoridad correspondiente.

Art. 2º — El FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES será coordinado por la persona que designe el señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, y los demás representantes ejercerán el cargo de vocales.

Art. 3º — El FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES tendrá las siguientes funciones:

a) Asesorar al señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos sobre los temas referidos al sector de flores y plantas ornamentales.

b) Articular en el ámbito público - privado donde se aborde y gestione la problemática del sector florícola.

c) Unificar criterios, prioridades y acciones, optimizando el uso de los respectivos recursos humanos y técnicos.

d) Proponer políticas, proyectos, leyes, resoluciones, disposiciones o modificaciones de la normativa vigente para el sector, tendientes a mejorar la competitividad de la producción y comercialización de las flores y plantas ornamentales, fomentando sus áreas y sistemas.

e) Colaborar en la implementación y/o ejecución de un "Plan Estratégico" para el sector.

f) Aumentar la competitividad del sector de flores y plantas ornamentales a partir de la eficiencia en cada uno de los eslabones de la cadena involucrado con el producto.

g) Avanzar progresivamente en forma conjunta para mejorar el posicionamiento de los productos involucrados en el mercado interno y externo.

h) Facilitar el acceso a la información técnica, económica y comercial a todos los agentes de la cadena de producción y comercialización de los diferentes productos comprendidos.

i) Elaborar, adoptar y desarrollar sistemas que permitan asegurar la calidad y la diferenciación de las flores y plantas ornamentales, en las distintas etapas de producción, poscosecha, tipificación, transporte y comercialización de los productos comprendidos.

Art. 4º — El FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES podrá crear las Comisiones y/ó Grupos Técnicos de trabajo que considere necesarios para el desarrollo de sus actividades. Los coordinadores de las Comisiones y/o Grupos Técnicos serán designados por los representantes de las Entidades reunidos en el Foro creado por el Artículo 1º de la presente medida.

Art. 5º — El funcionamiento del Foro creado por el presente acto, se regirá de acuerdo al Reglamento para el Funcionamiento del FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA Y PLANTAS ORNAMENTALES que será elaborado por el mencionado Foro.

Art. 6º — Todos los miembros del FORO DE LA CADENA DE LA FLORICULTURA: Y PLANTAS ORNAMENTALES desempeñarán sus cargos con carácter "ad honorem".

Art. 7º — La medida dispuesta por la presente resolución no implicará costo fiscal alguno.

Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Cheppi.

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