AGENCIA DE PLANIFICACION
Resolución Nº 53/2010
Bs. As., 17/11/2010
VISTO el Expediente Nº 1057/10, del Registro de la AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA), y
CONSIDERANDO:
Que la Comisión Asesora de la AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA) oportunamente resolvió consensuar con AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA) los requerimientos técnicos que deben reunir las obras de agua y cloacas a ejecutarse por terceros en sus respectivas jurisdicciones a fin de que una vez transferidas a la Concesionaria para su operación, las instalaciones se encuentren en condiciones de ser integradas satisfactoriamente al sistema a su cargo, permitiéndole prestar los servicios con la eficiencia, calidad y continuidad exigidas en los artículos 7º y 10 del Marco Regulatorio de los servicios aprobado por Ley Nº 26.221.
Que a tal efecto en sus reuniones de fecha 27 de agosto de 2009 y 24 de septiembre de 2009 resolvió conformar una Subcomisión con el objeto de formular los lineamientos tendientes a elaborar un texto ordenado que incluya "Guías y Criterios para el Diseño y Construcción de Instalaciones Externas de Agua Potable y Desagües Coloacales en el área metropolitana de Buenos Aires".
Que también se dispuso que la mencionada Subcomisión fuera integrada por el ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENHOSA), AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA), la Provincia de BUENOS AIRES y representantes de la Comisión Asesora de esta AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA).
Que, como consecuencia de las reuniones realizadas y mediante el Acta de Reunión Nº 8 de fecha 16 de abril de 2010, la mencionada Comisión aprobó un documento titulado "Guías y Criterios técnicos para el diseño y ejecución de redes externas de agua potable" y "Guías y Criterios técnicos para el diseño y ejecución de redes externas de cloacas", que fue remitido a la Comisión Asesora de esta AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA) para su consideración.
Que con fecha 16 de junio de 2010, el Señor Coordinador de la Comisión Asesora, Ing. Sergio AGOSTINELLI, remitió una Nota de fecha 16 de junio de 2010, a la Gerencia General de la AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA) en la cual se informó que en la reunión celebrada el día 10 de junio de 2010 se había aprobado el documento titulado "Guías y criterios técnicos para el diseño y ejecución de redes externas de agua potable y cloacas" remitiéndolo a conocimiento y consideración del Directorio de la Agencia de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 37 Inciso 6) del Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221.
Que el mencionado documento, basado en las reglamentaciones utilizadas por la Concesionaria para la ejecución de las obras a su cargo (lista de materiales/proveedores aprobados por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA (AYSA), Especificaciones técnicas de materiales, Pliego de Especificaciones técnicas generales para provisión de agua y cloacas y Pliego de Especificaciones técnicas particulares para obras de desagües cloacales) resulta un instrumento útil para facilitar el traspaso de las instalaciones y posterior operación de los servicios a cargo de aquélla.
Que de acuerdo a lo requerido por la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS en su Nota SSRH FL Nº 3435 de fecha 13 de octubre de 2010, corresponde el dictado de la presente conforme a lo establecido por el Artículo 37 Inciso 6) del Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221, disponiéndose asimismo su comunicación a los Organismos involucrados.
Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en el marco de las competencias asignadas por el Artículo 37 Inciso 6) del Marco Regulatorio aprobado por Ley Nº 26.221.
Por ello,
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE PLANIFICACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Préstase conformidad a las "Guías y criterios técnicos para el diseño y ejecución de redes externas de agua potable y cloacas en el Area Metropolitana de Buenos Aires" aprobadas por la Comisión Asesora de la AGENCIA DE PLANIFICACION (A.PLA), que como ANEXO, en copia autenticada forman parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º — Dése amplia difusión y comuníquese, por intermedio de los miembros de la Comisión Asesora, a las autoridades del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de las Municipalidades de ALMIRANTE BROWN, AVELLANEDA, ESTEBAN ECHEVERRIA, EZEIZA, HURLINGHAM, ITUZAINGO, LA MATANZA, LOMAS DE ZAMORA, LANUS, MORON, QUILMES, SAN FERNANDO, SAN ISIDRO, SAN MARTIN, VICENTE LOPEZ, TIGRE y TRES DE FEBRERO de la Concesión para que arbitren los medios para su difusión y aplicación en sus respectivas jurisdicciones.
ARTICULO 3º — Comuníquese a las autoridades de la Provincia de BUENOS AIRES, de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, del INSTITUTO DE LA VIVIENDA dependiente de la Provincia de BUENOS AIRES, del INSTITUTO DE LA VIVIENDA dependiente del Gobierno de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y del ENTE NACIONAL DE OBRAS HIDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA), para que evalúen la posibilidad de incluir las disposiciones de las Guías y Criterios contenidas en el ANEXO, en los Pliegos de Licitación de las obras a su cargo.
ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a Ia Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese — Ing. FABIAN LOPEZ, Presidente, Agencia de Planificación (APLA) — Ing. CARLOS A. TALARICO, Vicepresidente.
Aprobada por Acta de Directorio N° 12/10. Dr. Manuel Abajas Rodríguez, Secretario General.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar
e. 18/04/2011 Nº 34847/11 v. 18/04/2011