MERCOSUR/GMC/RES. 53/06
SUBESTANDAR - 3.7.33. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA MUSA SPP. (ESPECIES PRODUCTORAS DE BANANA), SEGUN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N° 06/96 y 20/02 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones N° 57/01 y 52/02 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La necesidad de establecer los requisitos fitosanitarios para Musa spp. (especies productoras de banana), a ser aplicados en el intercambio comercial entre los Estados Partes del MERCOSUR.
El GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar el "Subestándar - 3.7.33. Requisitos Fitosanitarios para Musa spp. (especies productoras de banana), según País de Destino y Origen, para los Estados Partes del MERCOSUR", que figura como Anexo y forma parte de la presente Resolución.
Art. 2 - Los Organismos Nacionales competentes para la implementación de la presente Resolución son:
Argentina: | Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos - SAGPyA |
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA | |
Brasil: | Ministério da Agricultura, Pecuária e Abastecimento - MAPA |
Secretaria de Defesa Agropecuária - SDA | |
Paraguay: | Ministerio de Agricultura y Ganadería - MAG |
Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas - SENAVE | |
Uruguay: | Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - MGAP |
Dirección General de Servicios Agrícolas DGSA |
Art. 3 - Los Estados Partes deberán incorporar la presente Resolución a sus ordenamientos jurídicos nacionales antes del 23/V/2007.
LXV GMC - Brasilia, 24/XI/06
SUBESTANDAR FITOSANITARIO MERCOSUR
SECCION III – MEDIDAS FITOSANITARIAS
3.7.33. Requisitos Fitosanitarios para Musa spp. (especies productoras de banana) según País de Destino y Origen para los Estados Partes del MERCOSUR.
CONTENIDO
I. Introducción:
Ambito
Referencias
Definiciones y Abreviaturas
Descripción
II. Requisitos Fitosanitarios para Musa spp. (especies productoras de banana), según País de Destino y de Origen, para los Estados Partes del MERCOSUR.
I- INTRODUCCION
1. AMBITO
Este Subestándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados, aplicados por las ONPFs de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Musa spp. (especies productoras de bananas).
2. REFERENCIAS
- Estándar 3.7. Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de Productos Vegetales, 2da rev. Octubre 2002, aprobado por Resolución GMC N° 52/02.
3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS
Las establecidas en el Estándar 3.7.
4. DESCRIPCION
Este Subestándar presenta los requisitos fitosanitarios armonizados y utilizados por las ONPFs de los Estados Partes del MERCOSUR en el intercambio regional para Musa spp. (especies productoras de banana), en sus diferentes presentaciones y organizados por país de destino y origen.
II. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA Musa spp. (especies productoras de banana) SEGÚN PAIS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR.
II.33.A. PAIS DE DESTINO: | ARGENTINA |
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA
Musa spp.
EXIGENCIAS CUARENTENARIAS:
REQUISITOS SEGUN ORIGEN:
II.33.C. PAIS DE DESTINO: | PARAGUAY |
REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA
Musa spp.
EXIGENCIAS CUARENTENARIAS: