MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución 52/2024
RESOL-2024-52-APN-MI
Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-12236694- -APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.250 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto N° 1035/18 establece que los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados podrán solicitar al Presidente de la Nación o al Jefe de Gabinete de Ministros, según corresponda, la cobertura transitoria de cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que el artículo 3° del referido decreto, faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas, debiendo notificarse la prórroga a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el artículo 4°, inciso b, punto 9, de la Ley de Ministerios N° 22.250 (T.O. Decreto N° 438/92) establece que son funciones de los Ministros, entre otras, resolver por sí todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus respectivos Ministerios ateniéndose a los criterios de gestión que se dicten y, adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia.
Que por su parte, el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.
Que considerando los cambios en el Organigrama de la Administración Nacional y teniendo en cuenta la necesidad de racionalizar la organización y sus trámites y, al mismo tiempo, garantizar los principios del procedimiento administrativo de eficacia, economía y sencillez, resulta conveniente delegar en el Titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Cartera de Estado la facultad de prorrogar las designaciones transitorias oportunamente dispuestas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 4° -inciso b) punto 9-, 14° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017).
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Delégase en el Titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA la facultad de prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos
Resolución 52/2024
RESOL-2024-52-APN-MI
Ciudad de Buenos Aires, 19/03/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-12236694- -APN-DGDYL#MI, la Ley de Ministerios N° 22.250 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° del Decreto N° 1035/18 establece que los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados podrán solicitar al Presidente de la Nación o al Jefe de Gabinete de Ministros, según corresponda, la cobertura transitoria de cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Que el artículo 3° del referido decreto, faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas, debiendo notificarse la prórroga a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el artículo 4°, inciso b, punto 9, de la Ley de Ministerios N° 22.250 (T.O. Decreto N° 438/92) establece que son funciones de los Ministros, entre otras, resolver por sí todo asunto concerniente al régimen administrativo de sus respectivos Ministerios ateniéndose a los criterios de gestión que se dicten y, adoptar las medidas de coordinación, supervisión y contralor necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia.
Que por su parte, el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017), prevé que el Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la Presidencia de la Nación y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior.
Que considerando los cambios en el Organigrama de la Administración Nacional y teniendo en cuenta la necesidad de racionalizar la organización y sus trámites y, al mismo tiempo, garantizar los principios del procedimiento administrativo de eficacia, economía y sencillez, resulta conveniente delegar en el Titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta Cartera de Estado la facultad de prorrogar las designaciones transitorias oportunamente dispuestas.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 4° -inciso b) punto 9-, 14° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017).
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Delégase en el Titular de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA la facultad de prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos
e. 21/03/2024 N° 15085/24 v. 21/03/2024