SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
MONTOS DE COMPENSACIONES ADICIONALES DE PAGO UNICO - ESTABLECESE
Resumen:
ESTABLECESE QUE PARA EL PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL DIA 1° DE SEPTIEMBRE DE 2022 Y EL DIA 28 DE FEBRERO DE 2023 INCLUSIVE, EN VIRTUD DE LA APLICACION DE LA VARIACION DEL INDICE REMUNERACION IMPONIBLE PROMEDIO DE LOS TRABAJADORES ESTABLES (RIPTE), EL CALCULO DE LOS MONTOS DE LAS COMPENSACIONES ADICIONALES DE PAGO UNICO, PREVISTAS EN EL ARTICULO 11, APARTADO 4, INCISOS A), B) Y C) DE LA LEY N° 24.557 Y SUS MODIFICATORIAS, ARROJA EL RESULTADO DE PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVENTA Y SIETE ($ 3.748.097), PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIDOS ($ 4.685.122) Y PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIDOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO ($ 5.622.145), RESPECTIVAMENTE.