MINISTERIO DE TRANSPORTE
LISTADO DE MERCANCIAS PELIGROSAS - INCORPORACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Sep-2016
Resumen:
INCORPORASE AL LISTADO DE MERCANCIAS PELIGROSAS QUE CONSTAN EN EL CAPITULO IV, APARTADO 4.3 LISTADO DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR ORDEN NUMERICO Y APARTADO 4.4 LISTADO DE MERCANCIAS PELIGROSAS POR ORDEN ALFABETICO, DEL ANEXO I - NORMAS TECNICAS PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE LA RESOLUCION N° 195 DE FECHA 25 DE JUNIO DE 1997 DE LA EX SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, LA DENOMINACION “MEZCLA DE ETANOL Y GASOLINA O MEZCLA DE ETANOL Y COMBUSTIBLE PARA MOTORES CON MAS DEL DIEZ POR CIENTO (10%) DE ETANOL”, IDENTIFICADA CON EL N° ONU 3475 Y CON RIESGO PRINCIPAL EN LA CLASE 3, CORRESPONDIENDO AL GRUPO DE EMBALAJE II.