Resolución 493 / 2013
DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 346
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación |
Descripción
REGIMENESTABLECE EL REGIMEN DE CIUDADANIA.
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Normativa / Número
Ley 26743
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 24-Mayo-2012 |
Descripción
DERECHO DE LAS PERSONAS - ESTABLECESEESTABLECESE EL DERECHO A LA IDENTIDAD DE GENERO DE LAS PERSONAS. DEROGASE EL INCISO 4° DEL ARTICULO 19 DE LA LEY 17.132.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 1007 / 2012
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 03-Jul-2012 |
Descripción
RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA E IMAGEN.RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA E IMAGEN. LAS DIRECCIONES GENERALES, PROVINCIALES O DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS APROBARAN EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS: A) EL FORMULARIO A UTILIZAR PARA LA SOLICITUD DE RECTIFICACION REGISTRAL DE SEXO Y EL CAMBIO DE NOMBRE/S DE PILA E IMAGEN CONTEMPLADO EN EL ARTICULO 3° DE LA LEY Nº 26.743, B) LAS OFICINAS SECCIONALES, DELEGACIONES Y/O LUGARES HABILITADOS PARA LA RECEPCION DE LAS MISMAS Y/O C) EL RECONOCIMIENTO DE SOLICITUDES PRESENTADAS ANTE OFICINAS DE OTRAS JURISDICCIONES PROVINCIALES. EN TODOS LOS CASOS, Y HASTA LA EFECTIVA RECTIFICACION DEL SEXO, DEBE CONTEMPLARSE BRINDAR A LA PERSONA SOLICITANTE EL TRATO DIGNO Y EL DEBIDO RESPETO A SU IDENTIDAD DE GENERO SEGUN LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 12 DE LA LEY Nº 26.743.
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