TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS
VEHICULOS DADOS DE ALTA A PARTIR DEL 1/6/2001
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
13-Mar-2001
Resumen:
NORMA QUE DEBERAN CUMPLIR LOS FABRICANTES E IMPORTADORES DE VEHICULOS DESTINADOS AL TRANSPORTE DE PASAJEROS DE JURISDICCION NACIONAL COMO PASO PREVIO E INELUDIBLE PARA LA HABILITACION DE TODA UNIDAD CERO KILOMETRO QUE TRAMITE EL ALTA A PARTIR DEL 1RO. DE JUNIO DE 2001.