MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 461/2019
RESOL-2019-461-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019
VISTO el expediente N° EX-2018-56186140-APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que la enfermedad de Chagas, constituye un grave problema de salud pública en el país, debido a las complicaciones en la salud de un alto porcentaje de las personas que la padecen, por las consecuencias sociales y laborales para los afectados y por el alto costo que representa para los servicios de salud el manejo de sus complicaciones.
Que desde 1993 el Programa Nacional de Chagas ha implementado una nueva estrategia para el control de la enfermedad con base en la participación comunitaria, así como la identificación de dos grandes líneas de acción: las vectoriales: rociado de la unidad domiciliaria y vigilancia entomológica y las no vectoriales
Que dicha estrategia ha sido consolidada en el año 2010 con la aprobación por Resolución N° 867 de 2012 del entonces Ministerio de Salud del “Plan 2011-2016 para el control de la Enfermedad de Chagas en Argentina.
Que por Resolución N° 1870 de 2006 del ex Ministerio de Salud, se aprobó la “Guía para la Atención del Paciente Infectado por Trypanosoma Cruzi”.
Que habida cuenta de las políticas sustantivas de esta Secretaria de Gobierno, orientadas a la prevención y control de enfermedades transmisibles, deviene preciso la elaboración de una nueva GUIA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE INFECTADO POR TRYPANOSOMA CRUZI.
Que a los fines expuestos, fueron convocados profesionales de distintos organismos del ámbito oficial, autoridades científicas y expertos.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD (ANLIS) ‘DR. CARLOS G. MALBRAN’, el CENTRO NACIONAL DE DIAGNOSTICO E INVESTIGACION DE ENDEMOEPIDEMIAS CENDIE, el INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA ‘DR. MARIO FATALA CHABÉN’ han coordinado el proceso de elaboración de la GUIA PARA LA ATENCION AL PACIENTE INFECTADO CON TRYPANOSOMA CRUZI (ENFERMEDAD DE CHAGAS), de acuerdo con la normativa vigente” debe decir “Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD, la COORDINACIÓN DE VECTORES, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD (ANLIS) ‘DR. CARLOS G. MALBRAN’, el CENTRO NACIONAL DE DIAGNÓSTICO E INVESTIGACIÓN DE ENDEMOEPIDEMIAS CENDIE, el INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGÍA ‘DR. MARIO FATALA CHABÉN’ han coordinado el proceso de elaboración de la GUIA PARA LA ATENCION AL PACIENTE INFECTADO CON TRYPANOSOMA CRUZI (ENFERMEDAD DE CHAGAS), de acuerdo con la normativa vigente. (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 569/2019 de la Secretaría de Gobierno de Salud B.O. 25/03/2019)
Que del estudio realizado con los profesionales convocados, se han tomado en consideración resultados de investigaciones clínicas recientes y recomendaciones de expertos y se ha reemplazado la denominación de la “forma indeterminada” de la fase crónica por el término “sin patología demostrada”.
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES ha prestado su conformidad.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –T.O. 1992, modificada por la Ley 26.338 y lo establecido en el artículo 20 del Decreto Nº 802 de 2018
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º. Apruébase la “GUÍA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE INFECTADO POR TRYPANOSOMA CRUZI.”, que se incorpora como ANEXO (IF-2018-57689438-APN-DNEAS#MSYDS) de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 461/2019
RESOL-2019-461-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 27/02/2019
VISTO el expediente N° EX-2018-56186140-APN-DD#MSYDS, y
CONSIDERANDO:
Que la enfermedad de Chagas, constituye un grave problema de salud pública en el país, debido a las complicaciones en la salud de un alto porcentaje de las personas que la padecen, por las consecuencias sociales y laborales para los afectados y por el alto costo que representa para los servicios de salud el manejo de sus complicaciones.
Que desde 1993 el Programa Nacional de Chagas ha implementado una nueva estrategia para el control de la enfermedad con base en la participación comunitaria, así como la identificación de dos grandes líneas de acción: las vectoriales: rociado de la unidad domiciliaria y vigilancia entomológica y las no vectoriales
Que dicha estrategia ha sido consolidada en el año 2010 con la aprobación por Resolución N° 867 de 2012 del entonces Ministerio de Salud del “Plan 2011-2016 para el control de la Enfermedad de Chagas en Argentina.
Que por Resolución N° 1870 de 2006 del ex Ministerio de Salud, se aprobó la “Guía para la Atención del Paciente Infectado por Trypanosoma Cruzi”.
Que habida cuenta de las políticas sustantivas de esta Secretaria de Gobierno, orientadas a la prevención y control de enfermedades transmisibles, deviene preciso la elaboración de una nueva GUIA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE INFECTADO POR TRYPANOSOMA CRUZI.
Que a los fines expuestos, fueron convocados profesionales de distintos organismos del ámbito oficial, autoridades científicas y expertos.
Que la ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD (ANLIS) ‘DR. CARLOS G. MALBRAN’, el CENTRO NACIONAL DE DIAGNOSTICO E INVESTIGACION DE ENDEMOEPIDEMIAS CENDIE, el INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGIA ‘DR. MARIO FATALA CHABÉN’ han coordinado el proceso de elaboración de la GUIA PARA LA ATENCION AL PACIENTE INFECTADO CON TRYPANOSOMA CRUZI (ENFERMEDAD DE CHAGAS), de acuerdo con la normativa vigente” debe decir “Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE EPIDEMIOLOGÍA Y ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE SALUD, la COORDINACIÓN DE VECTORES, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD (ANLIS) ‘DR. CARLOS G. MALBRAN’, el CENTRO NACIONAL DE DIAGNÓSTICO E INVESTIGACIÓN DE ENDEMOEPIDEMIAS CENDIE, el INSTITUTO NACIONAL DE PARASITOLOGÍA ‘DR. MARIO FATALA CHABÉN’ han coordinado el proceso de elaboración de la GUIA PARA LA ATENCION AL PACIENTE INFECTADO CON TRYPANOSOMA CRUZI (ENFERMEDAD DE CHAGAS), de acuerdo con la normativa vigente. (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 569/2019 de la Secretaría de Gobierno de Salud B.O. 25/03/2019)
Que del estudio realizado con los profesionales convocados, se han tomado en consideración resultados de investigaciones clínicas recientes y recomendaciones de expertos y se ha reemplazado la denominación de la “forma indeterminada” de la fase crónica por el término “sin patología demostrada”.
Que la SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES COMUNICABLES E INMUNOPREVENIBLES ha prestado su conformidad.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios –T.O. 1992, modificada por la Ley 26.338 y lo establecido en el artículo 20 del Decreto Nº 802 de 2018
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1º. Apruébase la “GUÍA PARA LA ATENCION DEL PACIENTE INFECTADO POR TRYPANOSOMA CRUZI.”, que se incorpora como ANEXO (IF-2018-57689438-APN-DNEAS#MSYDS) de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/03/2019 N° 12753/19 v. 01/03/2019
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)