SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESOLUCION 86/2019 - MODIFICACION
Resumen:
MODIFICASE EL MONTO MINIMO JUDICIALMENTE EXIGIBLE EN CONCEPTO DE CUOTA OMITIDA, QUEDANDO EN CONSECUENCIA EL TEXTO DEL PUNTO B, ARTICULO 8° DEL ANEXO I IF-2019-86153472-APN-GCP#SRT DE LA RESOLUCION DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 86 DE FECHA 25 DE OCTUBRE DE 2019 REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: “ARTICULO 8°.- A LOS EFECTOS DEL INICIO DE ACCIONES DE COBRO POR VIA JUDICIAL, SOLO SE EMITIRAN CERTIFICADOS DE DEUDA POR IMPORTES SUPERIORES A PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000). LA SUBGERENCIA DE CONTROL DE ENTIDADES SERA LA RESPONSABLE DE MONITOREAR PERIODICAMENTE LA PROCEDENCIA DEL IMPORTE ESTABLECIDO Y PROPONER MODIFICACIONES AL MISMO CUANDO ESTUVIERAN DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS.”.