Presidencia de la Nación

MINISTERIO DE CULTURA


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 443/2021

RESOL-2021-443-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-15192213- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 1428 del 7 de agosto del 2020, y

CONSIDERANDO:

Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios) se encuentra el de “(…) Ejecutar políticas públicas tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso igualitario a bienes y medios de producción cultural.(…)” y “(…) Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil. (…)”.

Que, en igual dirección, la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus objetivos por Decreto Nº 50/19 los de “Entender en la propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y favorecer el desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA “(...) Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura (...)”.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus acciones “(...) Diseñar e implementar políticas y programas que promuevan el desarrollo de las industrias vinculadas con la cultura y creatividad con sentido inclusivo y federal. (...) y (...) Promocionar y fortalecer el circuito de eventos culturales a través de redes de intercambio y trabajo asociativo (...), conforme a la Decisión Administrativa N° 1428/20.

Que a través de la citada Dirección, desarrollará el PRIMER CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA “MISIÓN HIP HOP”, el que tiene como objeto promover y visibilizar el desarrollo cultural generado por el Hip Hop a lo largo y ancho del País.

Que el Hip Hop proviene de una subcultura marginal de la que se desprenden diferentes formas artísticas entre un grupo de jóvenes afroamericanos e hispanos en la década de los ‘70 en los Estados Unidos. Este nuevo género fue una herramienta que les permitió rebelarse en contra de las desigualdades que sufrían en las áreas urbanas de bajos recursos.

Que surge así una nueva forma de expresión musical que plantea reflexionar sobre la realidad, siempre desafiando y reclamando mejoras para la sociedad en la que vivimos.

Que en el año 1990, un grupo de músicos crea el “Sindicato Argentino de Hip Hop”, con la idea de que se conozca y difunda la cultura hiphopera también en nuestro territorio. El primer compilado sale en 1997 con el nombre “Nación Hip Hop” y, al año siguiente, comienzan a hacer giras por el interior del país, siguiendo luego por América Latina.

Que en la actualidad existe variedad de expresiones artísticas urbanas de gran interés y valor para la sociedad, en este caso el objetivo es estimular aquellas relacionadas con el Hip Hop, y sus dos géneros principales, Rap Trap y sus derivados, resultando oportuno brindar la posibilidad a los diferentes músicos para propagar su arte a través del presente concurso.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), y los Decretos Nº 392/86, art. 1, inc. h)., Nº 1344/07 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Crear el CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA “MISIÓN HIP HOP”, el cual se instrumentará a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Reglamento de Bases y Condiciones.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones que como ANEXO I (IF-2021-33290453-DNICUL#MC) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTI´CULO 3°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones, aprobado en el artículo precedente, y se encuentra facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTI´CULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCION 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/04/2021 N° 24970/21 v. 21/04/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)




ANEXO I

REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA 'MISIÓN HIP HOP'

Introducción

El Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Industrias Culturales, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Cultural promueve la convocatoria al Primer CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA 'MISIÓN HIP HOP' con el objetivo de promover y visibilizar el desarrollo cultural del hip hop en todo el país.

En la actualidad existe variedad de expresiones artísticas urbanas de gran interés y valor para la sociedad, en este caso el objetivo es estimular aquellas relacionadas con el Hip Hop, y sus dos géneros principales, Rap, Trap y sus derivados. El contenido digital es fácilmente accesible y por ello se busca promover la generación de nuevas dinámicas para que los artistas desarrollen una producción de calidad sobre temas propios.

1. OBJETIVOS

El concurso está dirigido a personas físicas, y se instrumentara mediante el cumplimiento de las etapas de: inscripción online, revisión técnica y formal de las inscripciones, selección de finalistas, casting regional y selección de ganadores.

Las presentes Bases y Condiciones regulan el funcionamiento del Concurso.

2. SOBRE EL CONCURSO

El concurso buscará elegir DIEZ (10) artistas ganadores, integrados por DOS (2) ganadores por cada región del país, quienes serán premiados con la producción y grabación en estudio de un de un tema de su autoría.

Para ello se seleccionarán CINCUENTA (50) artistas finalistas, DIEZ (10) finalistas por cada región del país, quienes participarán en un casting regional para definir a los ganadores.

El concurso se divide en las siguientes etapas:

• Inscripción online: Deberán completar un formulario con los datos personales, presentar un video alojado en un enlace subido en alguna plataforma de reproducción (por ejemplo Youtube), y presentar la documentación del postulante.

Los temas musicales deberán ser originales de su propia autoría en idioma español, con un máximo de duración de 3 minutos. El video deberá ser con el audio limpio de ruido para no afectar negativamente a la interpretación. No se admitirá contenido machista, xenofobo, violento, racista, discriminatorio, o cualquier contenido que sea moral o éticamente incorrecto.

• Revisión técnica y formal de las inscripciones: la revisión de las inscripciones se llevará a cabo por personal idóneo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIASCULTURALES de este Ministerio, con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos formales de admisibilidad del concurso.

• Selección de finalistas: De las personas y/o bandas que se presenten se seleccionarán CINCUENTA (50) finalistas cuya composición se efectuará de la siguiente manera: DIEZ(10) finalistas por cada una de las CINCO (5) regiones del país.

• Casting regional y selección de ganadores: Los CINCUENTA (50) finalistas grabarán una entrevista, la cual se transmitirá junto a los videos enviados durante la postulación, a través de un programa a transmitirse en vivo por las redes del Ministerio de Cultura de la Nación y canales asociados; un jurado compuesto por CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes, dará una devolución a cada uno de los finalistas, y seleccionará a DIEZ (10) ganadores.

Las preguntas de la entrevista serán:

¿Cuántos años tenés y de dónde sos?

¿A qué te dedicas actualmente?

¿Por qué decidiste hacer música?

¿Cuales son tus influencias musicales?

¿Cuál crees que es tu punto fuerte como artista?

¿Cuál es tu meta?

Anuncio de ganadores: Los resultados serán publicados en los medios de difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.

3. PARTICIPANTES

Podrán participar artistas solistas y/o bandas de todas las provincias y de CABA, mayores de 18 años, y que sean ciudadanos/as nativos/as, naturalizados/as o residentes permanentes.

En caso de tratarse de una banda, la presentación deberá realizarse a través de uno de sus miembros, quien estará a cargo de la coordinación y comunicación con el Organizador.

Quedará excluido del certamen toda persona que se encuentre en relación contractual en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA de la NACIÓN, así como las personas vinculadas a cualquier integrante del Jurado por relación de consanguinidad o afinidad (en línea ascendente, descendente o colateral) hasta el segundo grado inclusive.

4. INSCRIPCIÓN

Las inscripciones se realizarán a través de la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar), donde cada participante deberá completar el Formulario de Inscripción y aceptar las presentes bases y condiciones en forma online.

En el formulario online deberán completar los siguientes campos: nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de documento, nacionalidad, género, región, provincia y municipio, teléfono, correo electrónico, solista o banda, alias artístico, redes sociales, video alojado en un enlace subido en alguna plataforma de reproducción. Asimismo, en el caso de que la presentación se tratase de una banda, la persona da fe respecto de la veracidad y precisión de la información brindada, y declara tener la conformidad del resto de los miembros del grupo para la presentación y representación en el presente concurso. La información brindada tendrá carácter de declaración jurada.

Una misma persona física podra realizar sólo una (1) inscripción al concurso.

No se aceptarán presentaciones incompletas, presentadas fuera de los plazos del concurso, ni remitidas por otras vías y/o en otros soportes.

No se admiten nombres artísticos machistas, racistas, discriminatorios, moral o éticamente incorrectos lo cual quedará a criterio y discreción del área técnica en la preselección, y del jurado en las instancias posteriores.

El correo electrónico que se indique en el formulario será tomado como domicilio electrónico, siendo válidas todas las notificaciones que allí se cursen, en relación al presente Concurso.

El Ministerio de Cultura de la Nación se reserva el derecho a excluir aquellas inscripciones cuyos videos puedan resultar ofensivas y/o que atenten contra la protección de la infancia, la intimidad y el honor de terceros, o induzcan, inciten o promuevan cualquier tipo de actuaciones delictivas, denigratorias y/o violentas en cualquiera de sus formas.

5. PLAZOS

La inscripción dará comienzo el 20 de ABRIL del 2021 y se extenderá durante un periodo de VEINTICINCO (25) días corridos, quedando facultada la SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL para ampliar dicho lapso de considerar ser necesario.

Se considerarán las regiones del siguiente modo:

•Centro: CABA, Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba.

•Cuyo: Mendoza, San Juan y San Luis.

•NEA: Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones.

•NOA: Salta, Jujuy, Tucumán, Catamarca, La Rioja y Santiago del Estero.

•Patagonia: Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, La Pampa, Río Negro y Neuquén.

6. PREMIOS

Los DIEZ (10) artistas ganadores serán beneficiados con la producción y grabación del audio del tema de su autoría. Serán dos jornadas en estudio de grabación profesional. En función de la jurisdicción en la que se encuentren los ganadores, oportunamente, se determinará dónde se realizará la grabación correspondiente, incluyendo el proceso de mezcla y masterizado.

Debido al contexto de crisis sanitaria ocasionado por la pandemia del COVID 19, el procedimiento a seguir específico se articulará mediante Acta Complementaria, en referencia a la logística general empleada, y posible, para el correcto cumplimeinto del proceso una vez finalizado el proceso de selección.

7. JURADOS

El Jurado de selección de los ganadores estará integrado por representantes destacados del ámbito cultural e institucional y se compondrá de CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes, conformado por una autoridad competente del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN con rango no menor a Director Nacional, y personas idóneas a la temática.

Los jurados de selección de ganadores valorarán los siguientes criterios:

Musicalidad y técnica vocal Melódicos, rítmicos y manejo del tempo

• Referencias al hip hop

• Interpretación

• Identidad musical

• Flexibilidad Artística

La composición del jurado se anunciará oportunamente en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar), así como también del suplente correspondiente. Las decisiones del Jurado serán de carácter inapelable.

8. RESULTADOS

Los resultados serán publicados en los medios de difusión del Ministerio de Cultura de la Nación (páginas web, Facebook, Instagram y otras redes sociales) y se notificará a los/as ganadores/as y menciones vía el correo electrónico denunciado al momento de la inscripción, y en el cual serán válidas todas las notificaciones.

Los/as artistas seleccionados/as deberán manifestar por escrito su aceptación al premio dentro de los DIEZ (10) días de recibida la notificación correspondiente a través de una declaración jurada, vencido el plazo, se podrá dar lugar a una nueva selección de finalistas correspondiéndole los mismos derechos y obligaciones.

9. DIFUSIÓN

Por el hecho de inscribirse en el concurso, los/as participantes dan su conformidad, en caso de resultar preseleccionados y seleccionados, para que se difunda su nombre y los videos que se generen para y por el concurso junto a la entrevista correspondiente, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el Ministerio de Cultura de la Nación, por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éstos, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.

El Ministerio de Cultura de la Nación se compromete a utilizar los videos solo con fines institucionales, culturales, educativos o de difusión, indicando en todos los casos la autoría, sin que esto genere derecho a retribución o compensación económica alguna.

10. DERECHOS DE AUTOR

La simple inscripción al presente concurso equivale a una declaración jurada de los/as participantes afirmándose como autor/a legítimo/a del video.

Todos los videos inscriptos para el Concurso pasarán a integrar el Repertorio musical de la Dirección Nacional de Industrias Culturales, del Ministerio de Cultura de la Nación, que harán en todos los usos referencia a su título original y nombre del artista y tendrá el derecho de exhibición y difusión de las mismas. No obstante, los/as artistas conservan sus Derechos de Propiedad Intelectual de acuerdo con la Ley 11.723 y sus modificatorias, por lo que se responsabilizan del cumplimiento de las disposiciones legales en materia de dicha Ley y del derecho a la propia imagen, siendo garantes de que la difusión, reproducción o edición de la obra en el marco del presente Concurso no lesione derecho alguno de terceros.

11. DERECHOS DE IMAGEN

Los/as postulantes autorizan al Ministerio de Cultura de la Nación a utilizar todo el material e información que provean al presente concurso —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones—y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

Dicha autorización comprende, pero no se limita, al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria, no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual. En todos los casos será mencionado el nombre del/los artista/s.

12. ACEPTACIÓN

La participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación de las presentes Bases y Condiciones, por lo cual, los/as participantes renuncian a deducir todo reclamo o acción de cualquier naturaleza contra el Ministerio de Cultura de la Nación, con fundamento en el eventual desconocimiento de este instrumento.

13. IMPREVISTOS

Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Ministerio de Cultura de la Nación, y no dará lugar a reclamo alguno por parte de los/as participantes.


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