Presidencia de la Nación

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 44/12


MODIFICACION DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMUN

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, las Decisiones Nº 07/94, 22/94 y 31/04 del Consejo del Mercado Común y la Resolución Nº 05/11 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario ajustar la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumentos esenciales de la Unión Aduanera.

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:


Art. 1 - Aprobar las modificaciones a la versión en portugués del Arancel Externo Común, que figuran como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - Las modificaciones aprobadas por la presente Resolución entrarán en vigor a partir del 01/I/2013.

Art. 3 - Esta Resolución necesita ser incorporada solamente al ordenamiento jurídico de la República Federativa del Brasil.

XC GMC - Brasilia, 22/XI/12
Scroll hacia arriba