Presidencia de la Nación

SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR


SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO EXTERIOR

IMPORTACIONES

RESOLUCION Nº 432

Exclúyense posiciones de la N.A.D.I. del Anexo I del Decreto Nº 1.554/86.

Bs. As., 4/12/87

VISTO el Expediente S.I.C.E. número 11.114/87, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución S.I.C.E. Nº 154 del 4 de marzo de 1987 se incluyó en el Anexo I del Decreto Nº 1.554 del 4 de setiembre de 1986 a un insecticida clorado, el hexaclorociclohexano principio activo y formulado.

Que por las características específicas del mencionado producto se encuentra prohibida su fabricación, importación, formulación, comercialización y uso.

Que el Servicio Jurídico permanente de esta Secretaría ha tomado la debida intervención, opinando que la medida propuesta es legalmente viable.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 27 del Decreto Nº 1.554 del 4 de setiembre de 1986.

Por ello,

El Secretario de Industria y Comercio Exterior

Resuelve:

Artículo 1º — Exclúyense del Anexo I del Decreto Nº 1.554 del 4 de setiembre de 1986 las posiciones de la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación que se detallan a continuación y que fueran incluidas con carácter de automáticas por la Resolución S. I. C. E. Nº 154 del 4 de marzo de 1987:

29.02.04.03.01

38.11.02.99.72

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de la fecha.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Ciminari

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