ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
Resolución 43/2016
16/09/2016
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 128-07 la Resolución ERAS N° 43 de fecha 16/09/2016, por la cual se otorga apoyo institucional a las asociaciones que integran la Sindicatura de Usuarios; transcribiéndose a continuación los artículos:
“ARTÍCULO 1°.- Otórgase a las asociaciones que integran la SINDICATURA DE USUARIOS del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) en los términos del artículo 54 del Marco Regulatorio aprobado por la Ley N° 26221, la suma mensual de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 155.000.-), a partir del 1° de setiembre de 2016, en concepto de apoyo institucional para el funcionamiento operativo de la mismas, monto el cual será prorrateado a partes iguales entre las mismas.
ARTÍCULO 2°.- La certificación mensual de la integración de cada Asociación a la SINDICATURA DE USUARIOS a los efectos de percibir el monto correspondiente será efectuada por la Gerencia General.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, tomen conocimiento las GERENCIAS y DEPARTAMENTOS del Organismo, notifíquese a la SINDICATURA DE USUARIOS y la COMISIÓN ASESORA, comuníquese a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS DE LA NACIÓN, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”. — Ing. ALBERTO L. MONFRINI, Presidente.
Resolución 43/2016
16/09/2016
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el Expediente N° 128-07 la Resolución ERAS N° 43 de fecha 16/09/2016, por la cual se otorga apoyo institucional a las asociaciones que integran la Sindicatura de Usuarios; transcribiéndose a continuación los artículos:
“ARTÍCULO 1°.- Otórgase a las asociaciones que integran la SINDICATURA DE USUARIOS del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) en los términos del artículo 54 del Marco Regulatorio aprobado por la Ley N° 26221, la suma mensual de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 155.000.-), a partir del 1° de setiembre de 2016, en concepto de apoyo institucional para el funcionamiento operativo de la mismas, monto el cual será prorrateado a partes iguales entre las mismas.
ARTÍCULO 2°.- La certificación mensual de la integración de cada Asociación a la SINDICATURA DE USUARIOS a los efectos de percibir el monto correspondiente será efectuada por la Gerencia General.
ARTÍCULO 3°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directorio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, tomen conocimiento las GERENCIAS y DEPARTAMENTOS del Organismo, notifíquese a la SINDICATURA DE USUARIOS y la COMISIÓN ASESORA, comuníquese a la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HÍDRICOS DE LA NACIÓN, a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, a la AUDITORIA GENERAL DE LA NACIÓN, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”. — Ing. ALBERTO L. MONFRINI, Presidente.
e. 22/09/2016 N° 69312/16 v. 22/09/2016