Presidencia de la Nación

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO



LXXXIX GMC - Cuiabá, 18/X/12.

MERCOSUR/GMC/RES. Nº 42/12

ACUERDO ENTRE LA ORGANIZACION DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO) Y LOS ESTADOS PARTES
DEL MERCOSUR INTEGRANTES DEL FONDO DE LA AGRICULTURA FAMILIAR
(FAF MERCOSUR) PARA LA ADMINISTRACION FINANCIERA DEL FAF
MERCOSUR

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 45/08 y 06/09 del Consejo del Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que la Decisión CMC Nº 45/08 creó el Fondo de Agricultura Familiar del MERCOSUR (FAF MERCOSUR), para financiar programas y proyectos de estímulo a la agricultura familiar y permitir una amplia participación del actores sociales en actividades vinculadas al tema.

Que el Reglamento del Fondo de Agricultura Familiar del MERCOSUR aprobado por la Res. GMC Nº 06/09 que entró en vigor el 15 de junio de 2012.

Que es necesario definir un órgano responsable para la gestión financiera del FAF MERCOSUR.

EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar el “Acuerdo entre la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y los Estados Partes del MERCOSUR integrantes del Fondo de la Agricultura Familiar (FAF MERCOSUR) para la administración financiera del FAF MERCOSUR”, que consta como Anexo y forma parte de la presente Resolución.

Art. 2 - El Anexo de la presente Resolución se encuentra únicamente en idioma español.

Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.

LXXXIX GMC - Cuiabá, 18/X/2012.

PABLO GRINSPUN, Director Nacional de Mercosur.

“El Acta de la LXXXIX Reunión Ordinaria del Grupo Mercado Común (GMC), realizada entre los días 16 y 18 de octubre de 2012 en la ciudad de Cuiabá y los anexos mencionados en la misma se encuentran a disposición del público en el sitio web Oficial del MERCOSUR (www.mercosur.int.) de conformidad con lo que establece el Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley 24.560”.
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