Presidencia de la Nación

Resolución 42 / 2007

GRUPO DEL MERCADO COMUN


MERCOSUR

REQUISITOS ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE EMBRIONES EQUINOS DESTINADOS A LOS ESTADOS PARTE

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 15-Feb-2008
Resumen:

TODA IMPORTACION DE EMBRIONES EQUINOS DEBERA ESTAR ACOMPAÑADA DEL CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL, EMITIDO POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL DEL PAIS DE ORIGEN DE LOS EMBRIONES.

Observaciones:

LA MISMA NO SE VINCULA CON SU ANTECEDENTE - DECISION 06/96 - POR NO POSEERSE REGISTROS DE SU PUBLICACION.INCORPORADA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL POR ART. 14° DE LA RESOLUCION 574/2008 DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, B.O. 10/12/2008. SE PUBLICA NUEVAMENTE EN BOLETIN OFICIAL, CON SUS ANEXOS, COMO ANEXO XIII DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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