SEGUROS
BIENES Y/O CREDITOS ORIGINADOS EN POLIZAS DE SEGURO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Oct-2016
Resumen:
QUEDAN COMPRENDIDOS EN EL INCISO D) DEL ARTICULO 37 DE LA LEY N° 27.260, LOS BIENES Y/O CREDITOS ORIGINADOS EN POLIZAS DE SEGURO CONTRATADAS EN EL EXTERIOR, EN LA MEDIDA EN QUE SE CANCELEN Y/O RESCATEN CON ANTERIORIDAD A LA DECLARACION VOLUNTARIA Y EXCEPCIONAL DE DICHO CREDITO EN LOS TERMINOS DEL TITULO I DEL LIBRO II DE LA MENCIONADA LEY.