Presidencia de la Nación

COMISION ARBITRAL


COMISION ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL 18.8.77

Resolución General 4/2006

Derógase el inciso c) del Artículo 35 de la Resolución Nº 1/2006.

Bs. As., 16/5/2006

VISTO: lo dispuesto por el inciso c) del artículo 35 de la Resolución General Nº 01/2006, y

CONSIDERANDO:

Que dados los diversos inconvenientes que ha traído aparejado el establecimiento del porcentaje determinado en la disposición antes mencionada, es conveniente dejar librado al criterio de las Jurisdicciones que deseen implementar un sistema de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos los parámetros a los cuales deberán adecuarse aquellos sujetos obligados al mismo.

Que se ha producido el correspondiente dictamen de Asesoría.

Por ello,

LA COMISION ARBITRAL

(Convenio Multilateral del 18-08-77)

RESUELVE:

Artículo 1º — Derogar el inciso c) del artículo 35 de la Resolución Nº 1/2006.

Art. 2º — Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a los Fiscos adheridos y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario A. Salinardi.

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