ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 397/2016
ACTA N° 1426
Expediente ENRE N° 43.423/2015
Bs. As., 23/06/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para Ampliación de la Capacidad de Transporte, solicitada por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FINANZAS de la Provincia de FORMOSA, consistente en la incorporación de UN (1) segundo transformador trifásico 500/132 kV - 300 MVA, y obras asociadas en los niveles de 500 kV y 132 kV, en la ET GRAN FORMOSA ubicada en la provincia homónima. 2.- Disponer que el solicitante deberá proyectar e instalar un automatismo de alivio de carga de tal manera que el eventual desenganche de uno de los transformadores no provoque una sobrecarga tal en el otro transformador, que lo lleve a éste a un desenganche. 3.- Disponer que la segunda etapa de obra, que completará el Campo 04 de 500 kV de acuerdo a las Guías de Diseño, deberá habilitarse en un plazo no mayor a los DOCE (12) meses contados a partir de la fecha en que se suscriba el Acta de Recepción Provisoria de las obras correspondientes a la primera etapa. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Segundo Cdor. Juan Garade - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone. — Dra. NATALIA PAVESI, Secretaria Alterna de Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
Resolución 397/2016
ACTA N° 1426
Expediente ENRE N° 43.423/2015
Bs. As., 23/06/2016
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para Ampliación de la Capacidad de Transporte, solicitada por el MINISTERIO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FINANZAS de la Provincia de FORMOSA, consistente en la incorporación de UN (1) segundo transformador trifásico 500/132 kV - 300 MVA, y obras asociadas en los niveles de 500 kV y 132 kV, en la ET GRAN FORMOSA ubicada en la provincia homónima. 2.- Disponer que el solicitante deberá proyectar e instalar un automatismo de alivio de carga de tal manera que el eventual desenganche de uno de los transformadores no provoque una sobrecarga tal en el otro transformador, que lo lleve a éste a un desenganche. 3.- Disponer que la segunda etapa de obra, que completará el Campo 04 de 500 kV de acuerdo a las Guías de Diseño, deberá habilitarse en un plazo no mayor a los DOCE (12) meses contados a partir de la fecha en que se suscriba el Acta de Recepción Provisoria de las obras correspondientes a la primera etapa. Firmado: Vocal Tercero Ing. Ricardo Sericano - Vocal Segundo Cdor. Juan Garade - Vocal Primero Ing. Carlos Manuel Bastos - Vicepresidente Dra. Marta Roscardi - Presidente Ing. Ricardo Martínez Leone. — Dra. NATALIA PAVESI, Secretaria Alterna de Directorio, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
e. 27/06/2016 N° 44705/16 v. 27/06/2016