MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 391-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2017
VISTO el Expediente N° 1.082.807/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203 del 26 de marzo de 2004, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 280 del 7 de marzo de 2012 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203/04 se creó el PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, el cual que tiene por objeto promover la generación de nuevas fuentes de trabajo y el mantenimiento de los puestos existentes a través del fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas por los trabajadores.
Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 280/2012, y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO.
Que el citado Reglamento Operativo establece las condiciones de accesibilidad y las líneas de asistencia técnica y económica que recibirán las unidades productivas autogestionadas que se incorporen al mencionado Programa.
Que en función de la experiencia colectada y a fin de fortalecer esta herramienta de la política pública de empleo, resulta pertinente reformular aspectos vinculados con las condiciones de acceso y permanencia en el PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO de los trabajadores que integran las unidades productivas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203/2004.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del Numeral 3.4. “Requisitos específicos y documentación requerida” del Capítulo 3 - “Circuito Operativo” del Reglamento Operativo del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 280/2012, por el siguiente:
“3.4. Requisitos específicos y documentación requerida.
Los requisitos y condiciones que deben cumplir los solicitantes y la documentación que deben adjuntar para requerir asistencia son:
Asimismo, las unidades productivas autogestionadas pueden adjuntar la siguiente documentación: información complementaria (estudios técnicos realizados, plan de negocios, habilitaciones, certificaciones, etcétera); avales otorgados por las instituciones públicas o privadas que apoyan la presentación de la propuesta; compromiso con especificación de los aportes de otras instituciones para la implementación de la propuesta; entre otros.
Toda la información contenida en la propuesta reviste carácter de declaración jurada y cada una de las hojas de la presentación debe encontrarse firmada por el representante legal.
La presentación debe realizarse ante la Unidad Técnica del Programa y/o ante las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GEyCL).”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel Angel Ponte.
SECRETARÍA DE EMPLEO
Resolución 391-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2017
VISTO el Expediente N° 1.082.807/2004 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203 del 26 de marzo de 2004, la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 280 del 7 de marzo de 2012 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203/04 se creó el PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, el cual que tiene por objeto promover la generación de nuevas fuentes de trabajo y el mantenimiento de los puestos existentes a través del fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas por los trabajadores.
Que por la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 280/2012, y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento Operativo del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO.
Que el citado Reglamento Operativo establece las condiciones de accesibilidad y las líneas de asistencia técnica y económica que recibirán las unidades productivas autogestionadas que se incorporen al mencionado Programa.
Que en función de la experiencia colectada y a fin de fortalecer esta herramienta de la política pública de empleo, resulta pertinente reformular aspectos vinculados con las condiciones de acceso y permanencia en el PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO de los trabajadores que integran las unidades productivas.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 203/2004.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el texto del Numeral 3.4. “Requisitos específicos y documentación requerida” del Capítulo 3 - “Circuito Operativo” del Reglamento Operativo del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, aprobado como ANEXO I de la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO N° 280/2012, por el siguiente:
“3.4. Requisitos específicos y documentación requerida.
Los requisitos y condiciones que deben cumplir los solicitantes y la documentación que deben adjuntar para requerir asistencia son:
LÍNEAS | REQUISITOS Y CONDICIONES | DOCUMENTACIÓN |
Ayuda económica individual (Línea I) | -Personería jurídica en trámite para las empresas recuperadas y otorgada para las empresas autogestionadas no recuperadas. -Este beneficio no se otorgará a trabajadores que se encuentren percibiendo: 1) ayudas económicas en el marco de otros programas de empleo, 2) prestaciones previsionales, 3) prestaciones contributivas por desempleo, 4) una remuneración originada en una actividad laboral ajena a la unidad productiva , o 5) un ingreso económico mensual en concepto de retorno de excedentes en su carácter de socios de la unidad productiva autogestionada que supere el monto equivalente a UN (1) Salario Mínimo, Vital y Móvil. | - Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. -Copia del acta de reunión que aprueba la presentación ante el Programa. En el caso de entidades que nuclean unidades productivas con personería jurídica o en trámite, deberán presentar la conformidad de cada una de ellas. -Listado de trabajadores en soporte magnético, en el que conste apellido, nombre y número de CUIL/ CUIT y fecha de nacimiento. -Copia de comprobantes de retiro de excedentes cuando corresponda. |
Ayuda económica individual – modalidad capitalización | Se aplicará a las unidades productivas que: -hayan alcanzado o superado el primer año de asistencia individual -hayan participado de la línea de apoyo técnico y económico para la mejora de la capacidad productiva (línea II). | - Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. - Balances -Estimación de valor (presupuesto) de cada una de las solicitudes de adquisición efectuadas al Programa. Para las solicitudes destinadas a mejora de infraestructura deberán adjuntar la memoria descriptiva, croquis/plano de obra y cómputo de materiales que especifique precio, tipo, cantidad y presupuesto. |
Apoyo técnico y económico para la mejora de la capacidad productiva (Línea II) | -Personería jurídica otorgada. -Disponibilidad legal para la explotación del inmueble, uso de los equipos e instalaciones. | -Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. - Copia del acta de reunión que aprueba la presentación ante el Programa. En el caso de entidades que nuclean unidades productivas con personería jurídica o en trámites, deberán presentar la conformidad de cada una de ellas. -Copia del título que acredite el legal uso de la sede productiva y uso de los equipos e instalaciones. -Para adquisición: presupuesto que consigne especificaciones de los bienes o insumos, cantidades requeridas y precios. -Para reparación y obras de infraestructura: adjuntar la memoria descriptiva, croquis/plano de obra y cómputo de materiales que especifique precio, tipo, cantidad y presupuesto. |
Apoyo técnico y económico para la mejora de la competitividad (Línea III) | -Personería jurídica otorgada. -Disponibilidad legal para la explotación del inmueble, uso de los equipos e instalaciones. -Funcionamiento productivo de un mínimo de seis (6) meses. -Diagnóstico e informe definitivo aprobado por el Programa (Línea IV) -Externalidades sociales demostrables | -Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. -Copia del acta de reunión que aprueba la presentación ante el Programa. En el caso de entidades que nuclean unidades productivas con personería jurídica o en trámite, deberán presentar la conformidad de cada una de ellas. -Copia del título que acredite el legal uso de la sede productiva y uso de los equipos e instalaciones. -Para adquisición: presupuesto que consigne especificaciones de los bienes o insumos, cantidades requeridas y precios. -Para reparación y obras de infraestructura: adjuntar la memoria descriptiva, croquis/plano de obra y cómputo de materiales que especifique precio, tipo, cantidad y presupuesto. |
Asistencia técnica y capacitación para la mejora de la capacidad de gestión de las unidades productivas (Línea IV) | -Personería jurídica otorgada. -Disponibilidad legal para la explotación del inmueble, uso de los equipos e instalaciones. -En funcionamiento | - Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. - Copia del acta de reunión que aprueba la presentación ante el Programa. En el caso de entidades que nuclean unidades productivas con personería jurídica o en trámite, deberán presentar la conformidad de cada una de ellas. -Copia del título que acredite el legal uso de la sede productiva y uso de los equipos e instalaciones. -Balance aprobado o bien balance de corte para las unidades productivas que se encuentren en funcionamiento. |
Asistencia para la higiene y seguridad en el trabajo (Línea V) | - Personería jurídica otorgada. - Disponibilidad legal para la explotación del inmueble, uso de los equipos e instalaciones. - En funcionamiento. | - Formulario/s completo/s y suscripto/s por el Consejo de Administración y/o representante legal de la entidad. - Copia del acta de reunión que aprueba la presentación ante el Programa. En el caso de entidades que nuclean unidades productivas con personería jurídica o en trámite, deberán presentar la conformidad de cada una de ellas. - Copia del título que acredite el legal uso de la sede productiva y uso de los equipos e instalaciones. - Balance aprobado o bien balance de corte para las unidades productivas que se encuentren en funcionamiento. |
Asimismo, las unidades productivas autogestionadas pueden adjuntar la siguiente documentación: información complementaria (estudios técnicos realizados, plan de negocios, habilitaciones, certificaciones, etcétera); avales otorgados por las instituciones públicas o privadas que apoyan la presentación de la propuesta; compromiso con especificación de los aportes de otras instituciones para la implementación de la propuesta; entre otros.
Toda la información contenida en la propuesta reviste carácter de declaración jurada y cada una de las hojas de la presentación debe encontrarse firmada por el representante legal.
La presentación debe realizarse ante la Unidad Técnica del Programa y/o ante las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GEyCL).”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel Angel Ponte.
e. 17/04/2017 N° 23570/17 v. 17/04/2017