H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
PRESIDENCIA
Resolución Nº 386/2009
Bs. As., 14/5/2009
VISTO el Expediente Nº 72.996/05, referido al Proyecto de reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y;
CONSIDERANDO:
Que dicho Reglamento resulta imprescindible para esta Honorable Cámara, a efectos de contar con normas propias tendientes a dotar de mayor eficiencia y agilidad a sus contrataciones.
Que corresponde el dictado de un régimen específico, para lo cual se han tenido en cuenta antecedentes normativos del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto-Ley Nº 5720/72, Decreto Nº 436/00, Decreto Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios), Reglamentos de Contrataciones de otros Organismos Públicos, antecedentes doctrinarios, opiniones de especialistas en la materia y la experiencia de este Organismo.
Que en la elaboración del Proyecto se han considerado asimismo los comentarios y observaciones aportados por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la Dirección General Administrativo Contable, la Dirección de Auditoría Interna y la Comisión de Preadjudicaciones.
Que la redacción final fue aprobada conjuntamente por el Director General Administrativo Contable, el Director General de Asuntos Jurídicos, el Director de Auditoría Interna y el Subdirector de Compras y Suministros, quienes firmaron el proyecto y suscribieron un acta al respecto.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Aprobar el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación que obra en el ANEXO de la presente, el que comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. (Expresión '… que obra en el ANEXO I de la presente…' sustituida por la expresión '… que obra en el ANEXO de la presente…', por art. 1° de la Resolución N° 466/2009 de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación B.O. 25/6/2009)
ARTICULO 2º — Derogar la Resolución Presidencial Nº 216/02 así como toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. — EDUARDO ALFREDO FELLNER, Presidente, H. Cámara de Diputados de la Nación. — RICARDO JOSE VAZQUEZ, Secretario Administrativo, H. Cámara de Diputados de la Nación.
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NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www. boletinoficial.gov.ar
e. 25/06/2009 Nº 52488/09 v. 25/06/2009
(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace 'Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).')