Presidencia de la Nación

Resolución GENERAL 3786 / 2015

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DONACIONES - REGLAMENTACION ARTICULO 17 LEY N° 23.871

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 06-Jul-2015
Resumen:

DONACIONES. ARTICULO 17 DE LA LEY N° 23.871 Y SU MODIFICACION. SU REGLAMENTACION. LAS IMPORTACIONES PARA CONSUMO DE MERCADERIAS EN CARACTER DE DONACION, EFECTUADAS EN EL MARCO DEL ARTICULO 17 DE LA LEY N° 23.871 Y SU MODIFICACION, QUEDARAN SUJETAS AL CUMPLIMIENTO DE TODAS LAS FORMALIDADES PREVISTAS POR LA PRESENTE.

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