Presidencia de la Nación

Resolución 360 / 2001

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENT


FIEBRE AFTOSA

PROHIBICION DE MOVIMIENTO - 21 DIAS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 19-Mar-2001
Resumen:

PROHIBENSE LOS MOVIMIENTOS DE LOS ANIMALES SUCEPTIBLES A LA FIEBRE AFTOSA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL POR EL TERMINO DE 21 DIAS, CONB EXCEPCION DE AQUELLOS CON DESTINO A FAENA INMEDIATA Y A MERCADOS TERMINALES DE HACIENDA, LOS QUE DEBERAN SER FEHACIENTEMENTE COMPROBADOS, CON ANTERIORIDAD A CUALQUIER TIPO DE CERTIFICACION.

Observaciones:

ABROGADA POR ART. 2º DE LA RESOLUCION Nº 738/2011 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - B.O. 20/10/2011 - PAG. 34

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