ALCOHOL ETILICO Y METILICO.
NORMAS REGULATORIAS DE LA ACTIVIDAD
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Ene-1996
Resumen:
NORMA A LA QUE DEBERAN AJUSTARSE TDO ESTABLECIMIENTO CUYA ACTIVIDAD SEA LA DES TILACION, FABRICACION, MANIPULACION FRACCIONAMIENTO O COMERCIALIZACION DE ALCO HOLES ETILICOS Y METILICOS.-
Observaciones:
ABROGADA POR ART. 5° DE LA RESOLUCION N° 11/1996 DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA - B.O. 17/12/1996 - PAG. 5